Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2008 (27/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 93

El Peruano MORDAZA, jueves 27 de marzo de 2008

NORMAS LEGALES

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a) Con motivo de la juramentacion del cargo de MORDAZA y regidor. b) En conmemoracion a la fecha de declaracion del dia de la Independencia del Peru. c) En conmemoracion a la fecha de creacion del distrito de El Agustino. d) En las fechas que acuerde el Concejo Municipal o convoque el Alcalde; para condecorar, rendir homenaje o distinguir a personalidades u otros afines acorde a la naturaleza de la sesion. Articulo 33º.- AGENDA DE LAS SESIONES SOLEMNES Las sesiones solemnes se dedicaran exclusivamente a los actos establecidos para los cuales se convocan y en ellas no se requiere el quorum legal. CAPITULO V VOTACIONES Articulo 34º.- INICIO DE LAS VOTACIONES Terminado el debate de un MORDAZA o cuando hayan hecho uso de la palabra los Regidores que lo soliciten, o cuando asi lo establezca el reglamento, el MORDAZA anunciara que se procedera a votar. Articulo 35º.- CLASES DE VOTACIONES Segun la forma que se realicen, las votaciones pueden ser: a) Ordinarias: Cuando los miembros del Concejo Municipal votan levantando la mano. b) Nominales: Cuando el secretario general llama a cada uno de los miembros del Concejo Municipal por su nombre y estos responden SI o NO. c) Por Cedula: Cuando cada miembro del Concejo Municipal recibe una cedula de votacion y expresa en MORDAZA su MORDAZA y la deposite en el anfora. Las votaciones en forma nominal se efectuaran, cuando se trate de adoptar o comprobar acuerdos que requieran el MORDAZA a favor, de por lo menos los dos tercios del numero de Regidores. Articulo 36º.RECTIFICACION DE LAS VOTACIONES Cualquier miembro del Concejo Municipal puede solicitar que se rectifique la votacion solo cuando esta se MORDAZA realizado levantando la mano y exista duda sobre su resultado. Para tal efecto, el MORDAZA solicitara que los Regidores expresen su MORDAZA poniendose y permaneciendo de pie. TITULO IV ARTICULACIONES ESPECIALES Articulo 37º.- CUESTION DE ORDEN En cualquier momento del debate, con excepcion de aquel en el que se desarrolla las votaciones, los Regidores pueden plantear una cuestion de orden, a efecto de llamar la atencion sobre la correcta interpretacion y aplicacion del reglamento del concejo y la Ley Organica de Municipalidades. El MORDAZA concedera un MORDAZA de 2 (dos) minutos para plantearlo y de inmediato lo sometera sin debate a votacion. Articulo 38º.- CUESTIONES PREVIAS Las cuestiones previas se plantean en cualquier momento del debate y MORDAZA de las votaciones, a efecto de llamar la atencion sobre un requisito de procedibilidad del debate o de la votacion basado en hechos, o solicitar el regreso de un MORDAZA a comisiones por no encontrarse suficientemente estudiado. El MORDAZA concedera un MORDAZA de 2 (dos) minutos para plantearlo y de inmediato lo sometera sin debate a votacion. TITULO V REGLAS DE ORDEN Articulo 39º.- DISCIPLINA EN LAS SESIONES DE CONCEJO El MORDAZA tiene a su cargo la direccion de los debates y que estos se conduzcan con respeto y buenas maneras durante las sesiones. Esta facultado para:

a) Conceder el uso de la palabra en los terminos reglamentarios. b) Imponer el orden en las sesiones. Si cualquier Regidor impide con su conducta el normal desarrollo de la sesion y no acata el llamado de atencion y las decisiones en materia de orden, este lo reconviene. Si el Regidor persiste en su actitud, el MORDAZA ordenara su salida de la sala. Si no obedece, el MORDAZA suspende la sesion por 15 (quince) minutos. Reabierta esta, el MORDAZA reitera su pedido. Si el Regidor se allana, se da por concluido el incidente; de lo contrario, propone al Concejo Municipal segun la gravedad de la falta, la sancion de suspension a que se refiere el articulo 65º del presente Reglamento. c) Exigir a los oradores que no se desvien de la cuestion materia de debate. Puede suspender el uso de la palabra al Regidor que persista en su actitud, luego de llamarle dos veces la atencion. d) Exigir el retiro de frases ofensivas proferidas contra las autoridades, los miembros del Concejo Municipal y las personas; aplicando de ser necesario las sanciones reglamentarias. e) Ordenar el desalojo de la sala de sesiones de personas extranas, cuya presencia perturbe el normal desarrollo de la misma o produzcan desordenes. f) Suspender la sesion hasta que se restablezca el orden en la sala. TITULO VI LOS PROCEDIMIENTOS NORMATIVOS CAPITULO UNICO INSTRUMENTOS PROCESALES Y PROPOSICIONES SUBCAPITULO I DE LAS FORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE MORDAZA Articulo 40º.- DEFINICION Los procedimientos normativos del Concejo Municipal son el conjunto de actos sucesivos e integrados que se realizan para promover el debate destinados a producir ordenanzas, acuerdos y resoluciones de concejo. Articulo 41º.- NORMAS PROCESALES Son normas procesales del Concejo Municipal, las proposiciones, los dictamenes e informes de las comisiones. Articulo 42º.- PROPOSICIONES Las proposiciones de los miembros del Concejo Municipal son instrumentos destinados a promover el desarrollo de los procedimientos normativos. Pueden ser: a) b) c) d) e) Proyectos de ordenanzas. Proyectos de acuerdos. Proyectos de resoluciones de concejo. Mociones de orden del dia. Pedidos de informacion.

Articulo 43º.- PROPOSICION DE ORDENANZAS Y ACUERDOS Los proyectos de ordenanzas y de acuerdos son proposiciones mediante las cuales se ejerce el derecho de iniciativa normativa, con la finalidad de alcanzar la aprobacion de una ordenanza o acuerdo de concejo. SUBCAPITULO II DEL ORDENAMIENTO JURIDICO DE LAS ORDENANZAS Articulo 44º.- PROCEDIMIENTO NORMATIVO El procedimiento normativo para las ordenanzas se desarrolla en las siguientes etapas: a) b) c) d) Iniciativa normativa. Estudio en las comisiones. Debate en la sesion de concejo. Aprobacion y publicacion.

Articulo 45º.- SUSTENTO DEL PROYECTO Los proyectos de ordenanza deben contener los motivos y fundamentos que lo sustenten, el efecto de la vigencia de la MORDAZA que se propone y el analisis del beneficio del proyecto.

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