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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MARZO DEL AÑO 2008 (27/03/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 87

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 27 de marzo de 2008 369537 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, de conformidad con lo previsto en los artículos 197° y 198° de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley N° 27680, Ley de la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización; Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por Ley N° 27902 y Ley N° 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demás normas complementarias y; CONSIDERANDO:Que, el inciso h) del Artículo 9° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias establece que los Gobiernos Regionales son competentes para fomentar la competitividad, las inversiones y el fi nanciamiento para la ejecución de proyectos y obras de infraestructura de alcance e impacto Regional; Que, de acuerdo con la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, que irroguen gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en la Entidades Públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Público, modifi ca por la Ley Nº 28807 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, sobre autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM; Que, de conformidad con el Artículo 83º Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público, la Comisión de Servicios es el desplazamiento temporal del servidor fuera de la sede habitual de trabajo, dispuesta por la autoridad competente para realizar funciones según el nivel de carrera grupo ocupacional y especialidad alcanzados y que están directamente relacionadas con los objetivos Institucionales; Que, de conformidad con el artículo 23° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que el Vicepresidente Regional reemplaza al Presidente Regional en casos de licencia concedida por el Consejo Regional, que no puede superar los 45 días naturales al año, por ausencia o impedimento temporal, por suspensión o vacancia, con las prerrogativas y atribuciones propias del cargo. Cumple funciones de coordinación y aquellas que expresamente le delegue el Presidente. Percibe la remuneración correspondiente a su cargo, sin derecho a dietas. Que con Carta del Hospital de Torrevieja, Departamento de Salud 22, de fecha 2 de marzo del 2008, el Director Gerente Torrevieja Salud UTE, invita al Presidente Regional Cesar Villanueva Arévalo a las jornadas de trabajo sobre construcción, apertura y nuevas tecnologías hospitalarias la que se llevará a cabo los próximos días 12 y 13 de marzo en sus instalaciones, los gastos de mantención y hospedaje correrán por cuenta del Hospital de Torrevieja; Que, mediante Ofi cio N° 158-2008-GRSM/PGR, de fecha 5 de marzo del presente año, la Presidencia del Gobierno Regional de San Martín, hace de conocimiento al Consejo Regional que por invitación del Director Gerente del Hospital de Torrevieja (Alicante – España) estará fuera del país desde el día lunes 10 de marzo hasta el domingo 16 de marzo del presente año, manifi esta que la invitación responde al interés del Gobierno Regional en conocer las experiencias exitosas en la atención a la salud de la población; Que, de conformidad con lo establecido con el Artículo 39º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 modifi cada por las Leyes Nºs. 27902 y 28013, los acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos institucionales; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, en Sesión Ordinaria desarrollada en el Auditorio del Gobierno Regional de San Martín, llevado a cabo el día martes 11 de marzo del 2008, aprobó por unanimidad el siguiente: ACUERDO REGIONAL:Artículo Primero.- APROBAR, el viaje del Presidente del Gobierno Regional de San Martín, Sr. Cesar Villanueva Arévalo, al exterior del país ciudad de Alicante – España, a partir del 10 al 16 de marzo del presente año, para participar en las jornadas de trabajo sobre construcción, apertura y nuevas tecnologías hospitalarias. Artículo Segundo.- ENCARGAR todas las facultades inherentes al cargo de Presidente del Gobierno Regional de San Martín al Vicepresidente del Gobierno Regional de San Martín, Prof. Javier Ocampo Ruiz durante la ausencia de aquel, de acuerdo a lo establecido en el artículo 23° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Artículo Tercero.- La participación del señor Presidente del Gobierno Regional de San Martín no irrogará gastos al Gobierno Regional de San Martín ya que serán cubiertos con los recursos del Hospital de Torrevieja – Alicante – España. Artículo Cuarto.- AUTORIZAR, a la Secretaria del Consejo Regional, realizar los trámites respectivos para la publicación del presente acuerdo en el portal electrónico del Gobierno Regional de San Martín. POR TANTO:Regístrese, publíquese y cúmplase. WALTER LINCOLN ROJAS SALAZAR Consejero DelegadoConsejo Regional de San Martín 179311-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Aprueban precisiones y/o rectificaciones a las Ordenanzas de actualización de la zonificación de los usos del suelo de Lima Metropolitana ORDENANZA Nº 1127 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTOEL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA;Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 6 de marzo de 2008 el Dictamen Nº 54-2008-MML-CMDUVN, de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA PRECISIONES Y/O RECTIFICACIONES A LAS ORDENANZAS DE ACTUALIZACIÓN DE LA ZONIFICACION DE LOS USOS DEL SUELO DE LIMA METROPOLITANA ARTÍCULO PRIMERO.- Modifi car la Ordenanza Nº 1015- MML publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 14 de mayo del 2007 que aprobó el Reajuste Integral de la Zonifi cación de los Usos del Suelo del distrito de San Martín de Porres, de conformidad con las rectifi caciones al Plano de Zonifi cación (Plano Nº 01 – Anexo Nº 01) que se detallan a continuación: 1.1 En el Parque Zonal Nº 4 Mayta Cápac con frente a la avenida Angélica Gamarra se incluyó una manzana inexistente y se califi có como Residencial de Densidad Media (RDM) y Comercio Zonal (CZ), debiendo rectifi carse dicha califi cación a Zona de Recreación Pública (ZRP) – Parque Zonal Nº 4. 1.2 Asignar la Zonifi cación de Comercio Zonal (CZ) a los lotes con frente a las Avenidas Canta Callao y Naranjal y la zonifi cación Residencial de Densidad Media (RDM) al área restante de la Asociación de Vivienda Predio San Sebastián, al no ser parte del área del intercambio vial y contar con habilitación urbana aprobada. ARTÍCULO SEGUNDO.- Modifi car el Plano de Zonifi cación (Plano Nº 01 – Anexo Nº 01) aprobado mediante Ordenanza Nº 1063-MML publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 10 de setiembre del 2007 que aprobó el Reajuste Integral de la Zonifi cación del distrito de San Borja, restituyendo la zonifi cación de Comercio Vecinal