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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MARZO DEL AÑO 2008 (27/03/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 90

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 27 de marzo de 2008 369540 que las Ordenanzas de las municipalidades en materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que las municipalidades tienen competencia; Que es necesario regular el costo de la emisión de la determinación y distribución de los tributos municipales correspondientes al ejercicio fi scal y presupuestal 2008; lo cual se halla amparado en la Cuarta Disposición Final del Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, donde se faculta a las municipalidades a cobrar el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de tributos, incluido su distribución a domicilio; el mismo que no debe superar al 0.4 % de la U.I.T. vigente al 1 de enero de cada ejercicio. Que, mediante Decreto Supremo Nº 209-2007-EF se establece el valor de la U.I.T en S/. 3,500.00 para el ejercicio fi scal 2008; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal de Barranco con el voto mayoritario de sus miembros y con la dispensa del tramite de lectura y aprobación de actas, Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL COSTO DE EMISIÓN DE CUPONERAS 2008 Artículo Primero.- Fíjese en S/. 4.00 (Cuatro 00/100 nuevos soles) el monto que deberán abonar los contribuyentes por concepto de derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del impuesto, incluyendo la distribución de la declaración jurada y determinación del impuesto predial del ejercicio 2008. Por cada predio adicional se abonará S/ 0.50 (cincuenta céntimos 00/100 nuevos soles) por el derecho mencionado. El monto del derecho se cancelará en forma fraccionada de cuatro cuotas conjuntamente con la del Impuesto Predial del ejercicio 2008. Artículo Segundo.- Establecer en S/. 1.00 (Un 00/100 nuevos soles) por cada trimestre el monto que deberán abonar los contribuyentes o responsables por servicios de emisión mecanizada de determinación de las tasas de Arbitrios Municipales 2008, incluyendo la distribución a domicilio. Artículo Tercero.- Aprobar la estructura de costos y el cuadro de estimación de Ingresos por el servicio de emisión mecanizada de la determinación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2008, la misma que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir de la publicación del Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima que la ratifi que. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, archívese y cúmplase.FELIPE ANTONIO MEZARINA TONG Alcalde ANEXO 01 CUADRO DE COSTOS – DERECHO DE EMISIÓN DE CUPONERA 2008 Detalle S/. Monto S/: I.- COSTOS DIRECTOS 1. Mano De Obra2. Materiales3. Depreciación4. Otros costos 67,000.00 23,725.00 218.33 7,600.00 TOTAL COSTOS DIRECTOS 98,543.33 II.- COSTOS INDIRECTOS 1. Administrativos2. Útiles de O fi cina7,427.56 2,067.57 TOTAL COSTOS INDIRECTOS 9,495.13III.- COSTOS FIJOS 1,993.49 TOTAL GASTOS 110,031.95COSTO POR CUPONERA Nº de Predios Costo por Emisión Mecanizada 2008Costo por Predio 13,646 S/. 110,031.95 S/. 8.06 ESTIMACIÓN DE INGRESOS I.- Impuesto predial Nº de Predios Costo de Emisión Mecanizada por predio (Monto Anual)Total 13,646 S/. 4.00 S/. 54,584.00 200 (Adicionales ) S/. 0.50 100.00 TOTALES S/. 54,684.00 II.- Arbitrios Nº de PrediosCosto de Emisión Mecanizada por predio (Monto Trimensual)Costo de Emisión Mecanizada por predio (Monto Anual)Total 13,646 S/. 1.00 S/. 4.00 S/. 54,584.00 IMPUESTO PREDIAL S/. 54,684.00 ARBITRIOS MUNICIPALES S/. 54,584.00 TOTAL EMISIÓN S/. 109,268.00 180008-1 MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO Aprueban Reglamento Interno del Concejo Municipal del distrito de El Agustino ORDENANZA Nº 365 - MDEA El Agustino, 18 de marzo de 2008. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO. POR CUANTO:El Concejo Municipal de El Agustino, en sesión ordinaria de la fecha, vista la propuesta del Reglamento Interno del Concejo Municipal del distrito de El Agustino presentada por el señor Alcalde Econ. Víctor Modesto Salcedo Ríos. CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La estructura orgánica del gobierno local la conforman el Concejo Municipal como órgano normativo y fi scalizador y la Alcaldía. El artículo 8º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de Descentralización, establece que la autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia. Se sustenta en afi anzar en las poblaciones e instituciones la responsabilidad y el derecho de promover y gestionar el desarrollo de sus circunscripciones, en el marco de la unidad de la nación. La autonomía se sujeta a la Constitución y a las leyes de desarrollo constitucional respectivas. El artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los