Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2008 (27/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 90

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NORMAS LEGALES
COSTO POR CUPONERA Nº de Predios 13,646 Costo por Emision Mecanizada 2008 S/. 110,031.95

El Peruano MORDAZA, jueves 27 de marzo de 2008

que las Ordenanzas de las municipalidades en materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que las municipalidades tienen competencia; Que es necesario regular el costo de la emision de la determinacion y distribucion de los tributos municipales correspondientes al ejercicio fiscal y presupuestal 2008; lo cual se halla amparado en la Cuarta Disposicion Final del Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, donde se faculta a las municipalidades a cobrar el servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de tributos, incluido su distribucion a domicilio; el mismo que no debe superar al 0.4 % de la U.I.T. vigente al 1 de enero de cada ejercicio. Que, mediante Decreto Supremo Nº 209-2007-EF se establece el valor de la U.I.T en S/. 3,500.00 para el ejercicio fiscal 2008; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal de Barranco con el MORDAZA mayoritario de sus miembros y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas, Aprobo la siguiente:

Costo por Predio S/. 8.06

ESTIMACION DE INGRESOS I.- Impuesto predial Nº de Predios 13,646 200 (Adicionales ) TOTALES II.- Arbitrios Nº de Costo de Emision Costo de Emision Predios Mecanizada por Mecanizada por predio predio (Monto (Monto Anual) Trimensual) 13,646 S/. 1.00 S/. 4.00 Total Costo de Emision Mecanizada por predio (Monto Anual) S/. 4.00 S/. 0.50 Total S/. 54,584.00 100.00 S/. 54,684.00

ORDENANZA QUE APRUEBA EL COSTO DE EMISION DE CUPONERAS 2008
Articulo Primero.- Fijese en S/. 4.00 (Cuatro 00/100 nuevos soles) el monto que deberan abonar los contribuyentes por concepto de derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del impuesto, incluyendo la distribucion de la declaracion jurada y determinacion del impuesto predial del ejercicio 2008. Por cada predio adicional se abonara S/ 0.50 (cincuenta centimos 00/100 nuevos soles) por el derecho mencionado. El monto del derecho se cancelara en forma fraccionada de cuatro cuotas conjuntamente con la del Impuesto Predial del ejercicio 2008. Articulo Segundo.- Establecer en S/. 1.00 (Un 00/100 nuevos soles) por cada trimestre el monto que deberan abonar los contribuyentes o responsables por servicios de emision mecanizada de determinacion de las tasas de Arbitrios Municipales 2008, incluyendo la distribucion a domicilio. Articulo Tercero.- Aprobar la estructura de costos y el cuadro de estimacion de Ingresos por el servicio de emision mecanizada de la determinacion del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2008, la misma que forma parte de la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir de la publicacion del Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA que la ratifique. POR TANTO: Registrese, comuniquese, archivese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MEZARINA MORDAZA MORDAZA

S/. 54,584.00 S/. 54,684.00 S/. 54,584.00 S/. 109,268.00

IMPUESTO PREDIAL ARBITRIOS MUNICIPALES TOTAL EMISION 180008-1

MUNICIPALIDAD DE EL MORDAZA
Aprueban Reglamento Interno del Concejo Municipal del distrito de El MORDAZA
ORDENANZA Nº 365 - MDEA
El MORDAZA, 18 de marzo de 2008. EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO. POR CUANTO: El Concejo Municipal de El MORDAZA, en sesion ordinaria de la fecha, vista la propuesta del Reglamento Interno del Concejo Municipal del distrito de El MORDAZA presentada por el senor MORDAZA Econ. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rios. CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, establece que las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local. Tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La estructura organica del gobierno local la conforman el Concejo Municipal como organo normativo y fiscalizador y la Alcaldia. El articulo 8º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de Descentralizacion, establece que la autonomia es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos publicos de su competencia. Se sustenta en afianzar en las poblaciones e instituciones la responsabilidad y el derecho de promover y gestionar el desarrollo de sus circunscripciones, en el MORDAZA de la unidad de la nacion. La autonomia se sujeta a la Constitucion y a las leyes de desarrollo constitucional respectivas. El articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que los

ANEXO 01 CUADRO DE COSTOS ­ DERECHO DE EMISION DE CUPONERA 2008 Detalle I.- COSTOS DIRECTOS 1. Mano De Obra 2. Materiales 3. Depreciacion 4. Otros costos TOTAL COSTOS DIRECTOS II.- COSTOS INDIRECTOS 1. Administrativos 2. Utiles de Oficina TOTAL COSTOS INDIRECTOS III.- COSTOS FIJOS TOTAL GASTOS S/. 67,000.00 23,725.00 218.33 7,600.00 98,543.33 7,427.56 2,067.57 9,495.13 1,993.49 110,031.95 Monto S/:

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