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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MARZO DEL AÑO 2008 (27/03/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 86

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 27 de marzo de 2008 369536 en materia de vivienda y saneamiento: a) Formular, aprobar y evaluar los planes y políticas regionales en materia de vivienda y saneamiento, en concordancia con los planes de desarrollo de los gobiernos locales, y de conformidad con las políticas nacionales y planes sectoriales, e) Ejecutar acciones de promoción, asistencia técnica, capacitación, investigación científi ca y tecnológica en materia de construcción y saneamiento. f) Apoyar técnica y fi nancieramente a los gobiernos locales en la prestación de servicios de saneamiento. h) Asumir la ejecución de los programas de vivienda y saneamiento a solicitud de los gobiernos locales; - Que, con Ordenanza Regional Nº 004-2007-GRCAJ- CR, de fecha 2 de marzo de 2007, se ratifi ca la Resolución Directoral Sectorial Nº 007-2006-GR.CAJ/DRVCS, de fecha 29 de diciembre de 2006, con fi rma del Director Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento, se aprueban las “Políticas Públicas Regionales en Agua y Saneamiento, Cajamarca 2006-2015”; Estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cajamarca en su Sesión Ordinaria, realizada el 7 de marzo del año 2008; y a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de Descentralización Nº 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modifi cada por la Leyes Nºs 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional de Cajamarca, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 001-2003-CR/RC, el Pleno aprobó la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Primero: MODIFICAR la Ordenanza Regional Nº 004- 2007-GRCAJ-CR que ratifi ca la Resolución Directoral Sectorial Nº 007-2006-GR.CAJ/DRVCS, de fecha 29 de diciembre del año 2006, que aprueba las “Políticas Públicas Regionales en Agua y Saneamiento Cajamarca 2007 — 2015”, en los términos expresados en los considerandos indicados en la presente ordenanza; para que sirva de orientación a las intervenciones regionales en agua y saneamiento, y cuyo texto forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Segundo: ENCARGAR al órgano Ejecutivo del Gobierno Regional de Cajamarca ejecute las acciones necesarias para la implementación de las “Políticas Públicas Regionales en Agua y Saneamiento Cajamarca, 2006-2015”, desarrollando una efi ciente articulación entre los sectores: Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la Dirección Ejecutiva de Salud Ambiental, la Dirección Regional de Educación y la Dirección Regional de Agricultura, bajo el liderazgo de la Gerencia de Desarrollo Social del Gobierno Regional Cajamarca, para concertar intervenciones orientadas al logro de los objetivos propuestos en las “Políticas Públicas Regionales en Agua y Saneamiento, Cajamarca 2006-2015”. Tercero :La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.DAdo en la Sede Institucional del Gobierno Regional Cajamarca, a los siete días del mes de marzo del año dos mil ocho. JESUS CORONEL SALIRROSAS Presidente Regional 179600-1 GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO Aprueban modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Gobierno Regional del Callao ORDENANZA REGIONAL Nº 007 Callao, 11 de marzo de 2008 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Consejo Regional del Callao en Sesión de once de marzo de 2008, aprobó la siguiente Ordenanza Regional: CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 369 de 28 de diciembre de 2007, se aprobó la modifi cación del TUPA conforme a lo establecido en la Ley Nº 29060 – Ley del Silencio Administrativo; Que, el Artículo 38º, numeral 38.5 de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que toda modifi cación del TUPA que implique creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos debe aprobarse por la norma de máximo nivel de las autoridades regionales; Que, la Ofi cina de Defensa Nacional y Defensa Civil con el fi n de implementar las funciones transferidas en materia de defensa civil, y poner en operación las Inspecciones Técnicas de Seguridad en Defensa Civil, manifi esta que se hace indispensable incluir estos procedimientos en el actual TUPA; Que, al amparo del marco legal y administrativo que rige el proceso de descentralización y teniendo en cuenta que la prestación de servicios se genera mediante el proceso de transferencia de funciones y que dicha prestación de servicio ya ha venido siendo tramitada ante el Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, entidad que estableció el costo del servicio, por lo que al transferir esta función al Gobierno Regional del Callao, no lo suspende ni lo deroga, solo debe adecuarse al ordenamiento regional; Que, a fi n de asignar a la Ofi cina de Defensa Nacional y Defensa Civil la función de expedir la Certifi cación de Seguridad en Defensa Civil y supervisar la prestación del servicio de Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil, resulta necesario incluir esta función de la Ofi cina de Defensa Nacional y Defensa Civil; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, ha aprobado la siguiente. ORDENANZA REGIONAL MODIFICATORIA DEL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO Artículo 1º.- APROBAR la modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Gobierno Regional del Callao, que reemplaza los procedimientos con números de orden 3 y 4 por los siete procedimientos relacionados con las Inspecciones Técnicas de Seguridad en Defensa Civil, de acuerdo a las funciones que han sido transferidas a la Ofi cina de Defensa Nacional y Defensa Civil, conforme al texto que se adjunta y que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo 2º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Mando se publique, comunique y cumpla. ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Presidente 179592-1 GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN Autorizan viaje del Presidente del Gobierno Regional San Martín a España para participar en las jornadas de trabajo sobre construcción, apertura y nuevas tecnologías hospitalarias ACUERDO REGIONAL Nº 011-2008-GRSM/CR Moyobamba, 11 de marzo del 2008