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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 27 de marzo de 2008 369538 (CV) en los lotes ubicados con frente a la Av. Del Parque Norte califi cados en la anterior zonifi cación como Comercio Vecinal (C2), como parte del centro comercial existente. ARTÍCULO TERCERO.- Modifi car la Ordenanza Nº 1084-MML publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 18 de octubre del 2007 que aprobó el Reajuste Integral de la Zonifi cación de los distritos de San Juan de Mirafl ores y Villa María del Triunfo, de la siguiente manera: 3.1 Precisar el texto del Artículo 12º.- Área Concesionada para Extracción Minera de la Ordenanza Nº 1084-MML, el cual queda redactado de la siguiente manera: “Establecer como Zona de Protección y Tratamiento Especial (PTE) el área ubicada en el distrito de Villa María del Triunfo que se señala en el Plano de Zonifi cación que se aprueba por la presente Ordenanza, área que se encuentra concesionada para la extracción de minerales, ubicada alrededor de las instalaciones industriales existentes, donde se permitirá que continúe la extracción de dichos minerales y en la que se debe cumplir con los dispositivos legales sectoriales vigentes sobre seguridad y protección del medio ambiente. Área que cuenta con una franja de amortiguamiento, indicada en el Plano de Zonifi cación que se aprueba. No se permitirá el uso residencial.” 3.2 Sustituir el texto de la Nota (6) del Plano de Zonifi cación (Plano Nº 01 – Anexo Nº 01) aprobado mediante Ordenanza Nº 1084-MML, el cual queda redactado de la siguiente manera: “Las Áreas concesionadas a Cementos Lima para extracción de mineral, ubicadas alrededor de las instalaciones industriales existentes, señaladas en el Plano de Zonifi cación como PTE, permitirán que continúe la extracción de minerales condicionada a la aplicación de medidas de seguridad física y protección del medio ambiente para evitar impactos negativos en los asentamientos poblacionales del entorno.” ARTÍCULO CUARTO.- Incorporar un artículo a la Ordenanza Nº 1086-MML publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 25 de octubre del 2007 que aprobó el Reajuste Integral de los Usos del Suelo del distrito de Pucusana, el cual queda redactado de la siguiente manera: “Articulo 10º.- Zona de Reglamentación Especial Cerro Colorado – Pucusana. Establecer como Zona de Reglamentación Especial (ZRE) al área ubicada con frente a la Vía de Ingreso a la Zona Urbana de Pucusana denominada Cerro Colorado, en parte de la cual, se vienen dando usos diversos en lotes de gran dimensión, en donde la Municipalidad Distrital en un plazo de ciento ochenta (180) días calendario, deberá realizar un planeamiento integral que defi na los usos del suelo y la vialidad considerando condicionantes de seguridad física para la utilización del suelo. Dicha propuesta con la opinión favorable del Instituto Metropolitano de Planifi cación, deberá ser presentada a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su aprobación mediante Ordenanza Metropolitana.” ARTÍCULO QUINTO.- Rectifi car el color en el Plano de Zonifi cación (Plano Nº 01 – Anexo Nº 01) aprobado mediante Ordenanza Nº 1099-MML publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 12 de diciembre del 2007 que aprobó el Reajuste Integral de la Zonifi cación del distrito de Lurigancho-Chosica, en la zona del Parque Lineal del Río Rímac, frente a la zona de Huachipa, cuya califi cación es Zona de Recreación Pública (ZRP) y que por error de grafi cación fi gura con el color correspondiente a RDM. ARTÍCULO SEXTO.- Asignar en el Plano de Zonifi cación (Plano Nº 01 – Anexo Nº 01) aprobado mediante Ordenanza Nº 1105-MML publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 05 de enero del 2008 que aprobó el Reajuste Integral de la Zonifi cación del distrito de Carabayllo, la califi cación de Residencial de Densidad Media (RDM) a las Unidades Catastrales Nº 02352 y Nº 02353 del Fundo Pascal de propiedad de doña Teresa Itosu Kanashiro Vda. de Gushiken. ARTICULO SÉTIMO.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planifi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en los Planos de Zonifi cación correspondientes, las rectifi caciones aprobadas en el Artículo Segundo de la presente Ordenanza. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla.Lima, 11 de marzo de 2008 LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 179533-1Ratifican la Ordenanza Nº 292-MDB de la Municipalidad Distrital de Barranco que fija montos por derecho de emisión mecanizada, actualización de valores, determinación y distribución del impuesto predial y arbitrios municipales ACUERDO DE CONCEJO Nº 095 Lima, 11 de marzo de 2008 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 6 de marzo del año en curso el Ofi cio N° 001-090-004663 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria – SAT, sobre ratifi cación de la Ordenanza N° 292-MDB mediante la cual la Municipalidad Distrital de Barranco fi ja los montos por derecho de emisión mecanizada, actualización de valores, determinación y distribución del impuesto predial y arbitrios municipales, correspondientes al ejercicio 2008 en su jurisdicción; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27927, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratifi cadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción, para su entrada en vigencia y exigibilidad. Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Ordenanza Nº 607 publicada el 24 de marzo de 2004, reguló el procedimiento para la ratifi cación de Ordenanzas tributarias de las Municipalidades Distritales de la Provincia de Lima. Que, la Municipalidad Distrital recurrente, en aplicación y observancia de la normatividad vigente aprobó la Ordenanza, objeto de la ratifi cación, remitiéndola con tal fi n a la Municipalidad Metropolitana de Lima, conjuntamente con la información y/o documentación sustentatoria respectiva, la que tiene carácter de Declaración Jurada, según lo dispuesto por el Inc. b) del Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 607-MML, y consecuentemente el Servicio de Administración Tributaria-SAT ha realizado el análisis técnico y legal de la información y/o documentación presentada por la referida Municipalidad Distrital, concluyendo según Informe N° 004-082-00000769 de fecha 18 de febrero de 2008, que procede la ratifi cación de la mencionada Ordenanza, por cumplir los requisitos exigidos para tal efecto. De conformidad con la referida normatividad, de acuerdo con las opiniones del Servicio de Administración Tributaria-SAT y de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y de Organización en su Dictamen Nº 046-2008-MML/CMAEO, por sus fundamentos; ACORDÓ: Artículo Primero.- Ratifi car la Ordenanza N° 292-MDB mediante la cual la Municipalidad Distrital de Barranco fi ja los montos por derecho de emisión mecanizada, actualización de valores, determinación y distribución del impuesto predial y arbitrios municipales correspondientes al ejercicio 2008 en su jurisdicción, dado que cumple con las disposiciones técnicas y legales establecidos en el marco legal vigente para su aprobación y vigencia. Artículo Segundo.- Dejar constancia que el presente Acuerdo ratifi catorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de la publicación del texto íntegro de la Ordenanza Nº 292-MDB con el Anexo que contiene el Cuadro de Estructura de Costos correspondiente. Por otro lado, la aplicación de la Ordenanza, materia de la presente ratifi cación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital que solicita la ratifi cación. Asimismo, corresponde precisar que la evaluación realizada se efectuó sobre la base de la información remitida por la indicada Municipalidad Distrital, la cual tiene carácter de Declaración Jurada conforme lo dispuesto en la Ordenanza Nº 607. Artículo Tercero.- Cumplido el citado requisito de publicación, la Municipalidad Metropolitana de Lima a través de su página web: www.munlima.gob.pe hará de conocimiento público el presente Acuerdo, Informe del Servicio de Administración Tributaria y el Dictamen de Asuntos Económicos y Organización. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 180009-1