Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2008 (27/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 82

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 27 de marzo de 2008

De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Disposicion Transitoria y Final del Decreto Ley N° 25556, modificado por el Decreto Ley N° 25738, Decreto Supremo N° 004-2007-VIVIENDA, Decreto de Urgencia Nº 0712001 Decreto Supremo N° 131-2001-EF, "Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales", Decreto Supremo N° 154-2001-EF, "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal", y sus modificatorias y Resolucion de Superintendencia Nº 3152001/SBN; y Estando a lo expuesto en el Informe Tecnico Legal N° 0121-2008/SBN-GO-JAR de fecha 14 de marzo de 2008; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado, del terreno eriazo de 104 159,12 m², ubicado al Este de la MORDAZA Industrial de la MORDAZA Satelite de Ventanilla, en el distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao, segun los documentos tecnicos que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2°.- La MORDAZA Registral Nº IX - Sede Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente en el Registro de Predios del Callao. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones

Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolucion Nº 014-2004/ SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos h) y s) del Articulo 39° del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales" aprobado por Resolucion de Superintendencia de Bienes Nacionales N° 315-2001/SBN, de fecha 03 de setiembre de 2001, facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a identificar los terrenos eriazos y/o en abandono con la finalidad de incorporarlos al dominio del Estado, asi como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Disposicion Transitoria y Final del Decreto Ley N° 25556, modificado por el Decreto Ley N° 25738, Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA, Decreto de Urgencia Nº 0712001, Decreto Supremo N° 131-2001-EF, Decreto Supremo N° 154-2001-EF y sus modificatorias, Resolucion de Superintendencia Nº 315-2001/SBN; y Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 0122-2008/SBN-GO-JAR, de fecha 14 de marzo de 2007; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 27 800 612,62 m², ubicado a la altura del kilometro 130 de la Carretera Panamericana Norte, distrito de MORDAZA, provincia de Huaura y departamento de MORDAZA, segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2°.- La MORDAZA Registral N° IX - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente en el Registro de Predios de Huacho. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones

179387-9 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCION Nº 055-2008/SBN-GO-JAR
San MORDAZA, 14 de marzo de 2008 Visto el Expediente N° 164-2007/SBN-JAR, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 27 800 612,62 m², ubicado a la altura del kilometro 130 de la Carretera Panamericana Norte, distrito de MORDAZA, provincia de Huaura y departamento de Lima; y CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripcion y fiscalizacion; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta la Superintendencia de Bienes Nacionales, se identifico el terreno eriazo de 27 800 612,62 m², ubicado a la altura del kilometro 130 de la Carretera Panamericana Norte, distrito de MORDAZA, provincia de Huaura y departamento de MORDAZA, que se encontraria libre de inscripcion registral; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 1 de junio de 2007, se verifico que el citado terreno es de naturaleza eriaza, de topografia plana con pendiente inferior al 19% y de suelo arenoso, comprendiendo parte de la denominada MORDAZA salinera de Huacho; Que, mediante Certificado de Busqueda Catastral de fecha 4 de diciembre de 2007, la MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA, informa que el terreno de 27 800 612,62 m², se ubica en MORDAZA donde graficamente no existen inscripciones registrales; Que, el inciso iv) del Articulo 3° del Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales, aprobado por Decreto Supremo N° 131-2001-EF, senala que los terrenos eriazos o riberenos se consideran bienes de propiedad estatal, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 27 800 612,62 m², de conformidad con el Articulo 3° del Decreto de Urgencia N° 071-2001, articulo 33° del "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal", aprobado por Decreto Supremo N° 154-2001-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 0422006-EF y la Directiva N° 001-2002/SBN, aprobada por Resolucion N° 011-2002/SBN, modificada por la Directiva

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SUPERINTENDENCIA DE ENTIDADES PRESTADORAS DE SALUD
Establecen Capital Minimo de las EPS para el ano 2008
RESOLUCION DE INTENDENCIA GENERAL N° 033 - 2008 - SEPS/CD
MORDAZA, 19 de marzo del 2008 VISTOS: El Informe N° 009-2008/IRD de la Intendencia de Regulacion y Desarrollo, e Informe Juridico N° 001-2008SEPS/OAJ; y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 57° del Reglamento de la Ley de Modernizacion de la Seguridad Social en Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 009-97-SA, dispone que el capital minimo integramente suscrito y pagado por las Entidades Prestadoras de Salud (EPS) se mantendra en su valor MORDAZA, actualizandose anualmente en funcion a los indices que determine la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud (SEPS); Que, la SEPS ha establecido la utilizacion del Indice de Precios al por Mayor (IPM) a nivel nacional, publicado por el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI), como indicador para la actualizacion del capital minimo de las EPS; Que, es necesario actualizar el capital minimo de las EPS para el ano 2008, tomando como base el factor de actualizacion (1.0524) correspondiente a la variacion

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