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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 28 de marzo de 2008 369605 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE OCUCAJE VISTO:Visto en la Sesión Extraordinaria de Concejo del día 10 de marzo de 2008, el Informe Técnico Nº 008-2007-WCHD y el Informe Legal Nº 003-2008-MDO/ALE. CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que las Municipalidades son órgano de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el Inciso c) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, concordado con el artículo 144º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establecen que están exoneradas de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando en situación de emergencia o desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la presente Ley; pudiendo la Entidad realizar directamente la adquisición o contratación de los bienes, servicios u obras mediante acciones inmediatas; señalándose para tal efecto que existe desabastecimiento eminente. Que, el artículo 146º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que la Resolución o Acuerdo que apruebe la exoneración del proceso de selección, requiere obligatoriamente de uno o más informes previos, que contengan la justifi cación técnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneración propuesta. Que, mediante Informe Técnico Nº 008-2007-WCHD, se ha evaluado las viviendas que conforman los diversos caseríos y el cercado del Distrito de Ocucaje, respecto del estado de los mismos después de ocurrido el sismo del 15 de agosto del año 2007, llegando a la conclusión de que casi la totalidad de las viviendas han sufrido daños en su infraestructura, tal como se demuestra, Viviendas colapsadas (122), Viviendas inhabitables (259), Viviendas afectadas (217), de lo que se concluye la necesidad urgente de gestionar el fi nanciamiento de por lo menos 200 viviendas temporales, para de esta manera salvaguardar la salud e integridad física de la población del distrito. Que, asimismo mediante Informe Legal Nº 003-2008- MDO/ALE, la Asesoría Legal Externa ha cumplido con emitir su opinión favorable de acuerdo a lo establecido en el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, opinando por la procedencia del presente acuerdo. Que, en consecuencia, al producirse una situación enmarcada en los términos del inciso c) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, resulta procedente exonerar del proceso de selección que corresponda la contratación de la obra de “Módulos de Viviendas Prefabricadas” – en el Distrito de Ocucaje, por tratarse de una situación de desabastecimiento inminente, autorizando su contratación mediante acciones inmediatas por un valor referencial de S/. 150,000.00 (Ciento Cincuenta Mil y 00/100 Nuevos Soles) incluido IGV, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20º de citado Texto Único Ordenado y conforme a lo indicado en el artículo 148º de su Reglamento. En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades y de conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM y su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM:. SE ACUERDA:Artículo 1º.- Aprobar la exoneración de la contratación de la obra “Módulos de Viviendas Prefabricadas” – en el Distrito de Ocucaje, por tratarse de una causal de situación de desabastecimiento inminente. Artículo 2º.- Autorizar al Comité Especial Permanente para que realice la contratación de la citada obra mediante acciones inmediata y en el marco de la normatividad de TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, por un valor referencial de S/. 150,000.00 (Ciento Cincuenta Mil y 00/100 Nuevos Soles) incluido IGV. Artículo 3º.- El egreso que irrogue la contratación objeto de la exoneración a que se refi eren los artículos precedentes será a cargo a los recursos de la fuente de fi nanciamiento de 00 Recursos Ordinarios Artículo 4º.- Encargar a la Secretaría General la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Ofi cial El Peruano y hacer de conocimiento a la Contraloría General de la República y CONSUCODE, de conformidad con lo dispuesto en el D.S. Nº 083-2004-PCM, del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en los plazos establecidos por Ley. Regístrese, comuníquese, publiquese y cúmplase.LUIS ALDO GUEVARA UCHUYA Alcalde 179890-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO NUEVO Exoneran de proceso de selección la contratación del servicio de supervisión de la elaboración de expediente técnico del Proyecto “Mejoramiento e Instalación del Plan Maestro Agua Potable, Distrito Pueblo Nuevo - Ferreñafe - Lambayeque” ACUERDO DE CONCEJO Nº 012-2008-MDPN-F Pueblo Nuevo, 12 de marzo del 2008 EL CONCEJO DISTRITAL DE PUEBLO NUEVO, PROVINCIA DE FERREÑAFE – REGION LAMBAYEQUE VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 29 de febrero del 2008 los Informes Nros. 015-2008-MDPN-F/GM de la Gerencia Municipal, 07-2008-ABAST- MDPN-F. Unidad Orgánica de Abastecimientos, 010-2008-MDPN-F/CONTAB. de la Ofi cina de Contabilidad y Presupuesto, 057- 2008- GIDUR- MDPN-F de la Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano - Rural y 05-2008-Asesoría Legal Externa, referentes al cumplimiento de las tareas de supervisión de la elaboración de Estudios Defi nitivos de Proyecto de Inversión Publica, y procedimiento de declaración en situación de desabastecimiento inminente en el cumplimiento de las obligaciones contractuales de supervisión. y; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 619-2007/ VIVIENDA, se aprueba la transferencia fi nanciera hasta por la suma de quinientos treinta mil nuevos soles a favor del Pliego Presupuestal Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo, para la elaboración del Expediente Técnico del Proyecto “MEJORAMIENTO E INSTALACION DEL PLAN MAESTRO AGUA POTABLE, DISTRITO PUEBLO NUEVO – FERREÑAFE – LAMBAYEQUE” Que, la transferencia fi nanciera otorgada y el convenio suscrito entre la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo y el Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento, estable obligaciones de las partes, correspondiéndole entre otras a LA MUNICIPALIDAD constituirse en UNIDAD EJECUTORA de los recursos transferidos de conformidad a la normatividad vigente; en este contexto y en aplicación de las normas referidas a las contrataciones y adquisiciones del estado se contrato los servicios de CONSULTORIA al CONSORCIO PYASA SAC INGENIERIA & CONSTRUCCION – JOSE MARIA CAJO RAMIREZ para la elaboración del Expediente Técnico del Proyecto “MEJORAMIENTO E INSTALACION DEL PLAN MAESTRO AGUA POTABLE, DISTRITO PUEBLO NUEVO – FERREÑAFE – LAMBAYEQUE”. Que, en el contrato suscrito entre LA MUNICIPALIDAD y EL CONSULTOR, se establece que LA MUNICIPALIDAD tendrá