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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 28 de marzo de 2008 369601 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Designan funcionaria responsable de brindar acceso a a información pública del SAT SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA – SAT RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 001-004-00001530 Lima, 6 de marzo de 2008. CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, las entidades obligadas a brindar información deben identifi car, bajo responsabilidad de su máximo representante, al funcionario responsable de brindar información solicitada en virtud de la citada ley. Que, según lo establecido en el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM que aprueba el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en caso de vacancia o ausencia justifi cada del funcionario responsable de entregar la información, y cuando no haya sido designado un encargado de cumplir sus funciones, el Secretario General o quien haga sus veces asumirá las obligaciones establecidas en la Ley y el citado Reglamento. Que, mediante Resolución Jefatural Nº 001-004- 00000690 del 3 de febrero de 2005, se designó a la señora María del Pilar Caballero Estella como funcionaria responsable de brindar acceso a la información pública del Servicio de Administración Tributaria, SAT, en virtud de lo dispuesto en la Ley Nº 27806. Que, con Resolución Jefatural Nº 001-004-00001451 del 31 de octubre de 2007, se encargó la función de brindar información del Servicio de Administración Tributaria, SAT, en virtud de lo dispuesto por la Ley Nº 27806, a la señora Fabiola Delsy Hernández Girón, del 2 de noviembre de 2007 al 28 de febrero de 2008. Que, con Memorándum Nº 189-092-00001843 recibido el 6 de marzo de 2008, la Oficina de Secretaría General solicita se designe a la citada funcionaria como responsable de la entrega de información del SAT a los ciudadanos, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Estando a lo dispuesto por el literal c) del artículo 6º del Edicto Nº 227; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto, en vía de regularización, la designación de la señora María del Pilar Caballero Estella como funcionaria responsable de brindar acceso a la información pública del SAT, a partir del 29 de febrero de 2008. Artículo Segundo.- Designar, en vía de regularización, a la señora Fabiola Delsy Hernández Girón como funcionaria responsable de brindar acceso a la información pública del SAT, en virtud de lo dispuesto por la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, a partir del 29 de febrero de 2008. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. OSCAR LOZÁN LUYO Jefe del Servicio de Administración Tributaria 180264-1MUNICIPALIDAD DE ATE Disponen recepcionar obras básicas de habilitación urbana de tipo progresivo de la urbanización “Santa Martha Baja” y autorizan la libre adjudicación de lotes RESOLUCIÓN DE GERENCIA Nº 041 Ate, 12 de marzo de 2008 EL GERENTE DE DESARROLLO URBANO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO: El Expediente Nº 32167-2007, seguido por INVERSIONES SANTA MARTA BAJA S.A. en representación de las Asociaciones de Vivienda, adquirientes del predio constituido por el Lote Nº 3 del Ex – Fundo Zavala, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, con un Area Bruta Total de 326,256.98 m2; por el cual solicitan la Recepción de Obra de Habilitación Urbana de Tipo Progresivo de la urbanización denominada “Santa Martha Baja”, cuyos Proyectos de Habilitación Urbana fueron aprobados mediante Resolución de Alcaldía Nº 0719 de fecha 28 de Diciembre de 1998; debidamente inscrita en el asiento B00001 de la Partida Registral Nº 49064643 de la Ofi cina Registral de Lima y Callao. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 0719 de fecha 28 de diciembre de 1,998, la Municipalidad Distrital de Ate, resuelve dar por cumplida la etapa de Aprobación de Habilitación Urbana para Uso Residencial de Vivienda Taller “I1-R4”, Comercio Especializado “CE”, Equipamiento Educativo “E-1” y Zona de Recreación Pública “ZRP” del terreno de 326,256.98 m2, con un área habilitada de 324,612.48 m2 constituido por el Lote Nº 3 del Ex - Fundo Zavala, del distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, conforme al Plano signado con el Nº 042-98-DCyN-DAT-MDA y con el siguiente cuadro de áreas; Área Bruta Total: 326,256.98 m2 Área Vía Metropolitana 1,644.50 m2Área Bruta Habilitada 324,612.48 m2 Área Útil 182,688.57 m2 -Vivienda: 175,578.25 m2-Educación: 6,358.25 m2Recreación Pública 33,505.58 m2Áreas de Vías 109,170.40 m2 Los défi cit de aportes para Recreación Pública con 2,201.79 m2 y de Educación con 878.50 m2 los cuales se redimirán en dinero. Que, mediante Resolución Nº 1122 de fecha 30 de Noviembre de 2005, emitido por la Gerencia de Rentas de la Municipalidad Distrital de Ate, declara Procedente lo solicitado por la Asociación de Vivienda Las Gardenias, respecto a la cancelación del Convenio de Fraccionamiento de fecha 23 de diciembre de 1998, la Liquidación Nº 027-98- MDA-DAT-DCUyN, acogido a la Ordenanza Nº 093-2005-MDA, correspondiendo dicha liquidación a la aprobación de proyectos y control de obras; Así como la valorización del défi cit de los aportes reglamentarios de Recreación Pública y Ministerio de Educación de la habilitación urbana. Que, la Resolución de Alcaldía Nº 0719, de fecha 28 de Diciembre de 1998, en el artículo primero, resuelve aprobar el cuadro general de áreas, detectándose un error aritmético en la suma del área útil de vivienda, siendo el área correcta 175,678.25 m2 y no como erróneamente se consignó de 175,578.25 m2 y como consecuencia de dicho error material, el área de vías queda en 109,070.40 m2 y no en 109,170.40 m2, que se consignó en la precitada Resolución de Alcaldía; asimismo, existió un error al señalar que el área de uno de los lotes del Ministerio de Educación es 3,413.00 m2 siendo el correcto 3,413.25 m2