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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MARZO DEL AÑO 2008 (28/03/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 45

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 28 de marzo de 2008 369595 Artículo 4º.- Notifíquese la presente Resolución Directoral Nacional al Colegio Nacional “José Pardo y Barreda”, con la fi nalidad de que las autoridades de la citada Institución Educativa, procedan a la brevedad posible a realizar obras preventivas de emergencia consistentes en el apuntalamiento del pabellón central a fi n de asegurar la estabilidad de la edifi cación y brindar seguridad a terceros, contando con la asesoría técnica de profesionales especialistas. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER UGAZ VILLACORTA Encargado de la Dirección Nacional 179983-5 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA Autorizan la realización de la “Encuesta de Precios Diarios en los Mercados Mayoristas y Minoristas” a nivel nacional RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 059-2008-INEI Lima, 25 de febrero del 2008 Visto el Ofi cio Nº 0191-2008-AG-DGIA/062-DE, de la Dirección General de Información Agraria del Ministerio de Agricultura, solicitando autorización para la ejecución de la “Encuesta de Precios Diarios en los Mercados Mayoristas y Minoristas en ciudades capitales de Departamento para el año 2008”; y, CONSIDERANDO:Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604 “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”, el INEI es el ente rector del Sistema Nacional de Estadística e Informática y tiene entre sus funciones normar, supervisar y evaluar los métodos, procedimientos y técnicas estadísticas, utilizadas por los órganos del Sistema para la producción de las estadísticas ofi ciales del país; Que, la Dirección General de Información Agraria del Ministerio de Agricultura, con el propósito de elaborar índices que le permitan realizar el monitoreo de las variaciones de los precios, en la actividad del comercio de productos agropecuarios y agroindustriales, requiere ejecutar diariamente una encuesta por muestreo de precios a Comerciantes Mayoristas y Minoristas, correspondiente al año 2008; Que, en tal sentido es necesario autorizar la ejecución de la mencionada encuesta, a nivel de Lima Metropolitana y principales ciudades del País, la cual está dirigida a comerciantes mayoristas y minoristas que comercializan productos agroalimentarios, así como aprobar el formulario correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 81º y 83º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática; Con la opinión técnica de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y la visación de la Subjefatura de Estadística y de la Ofi cina Técnica de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la realización de la “Encuesta de Precios Diarios en los Mercados Mayoristas y Minoristas”, a nivel nacional dirigida a los comerciantes de los Mercados Mayoristas y Minoristas que desarrollan el comercio al por mayor y por menor de productos alimenticios perecibles y no perecibles, en las ciudades que constituyen capitales de Departamento.Artículo 2º.- Aprobar los lineamientos metodológicos y el formulario de la mencionada encuesta, que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3º.- La Encuesta se realizará en los meses de enero a diciembre del 2008 y será ejecutada, mediante entrevista directa a los Comerciantes Mayoristas y Minoristas, por personal debidamente identifi cado de la Dirección General de Información Agraria del MINAG en Lima y en el resto del país, por personal de la Dirección de Información Agraria de las Direcciones Regionales de Agricultura. Artículo 4º.- Las personas naturales o jurídicas a que se refi ere el Art. 1º de la presente Resolución, que se negaren a brindar información y/o suministren datos falsos, serán multadas conforme a lo dispuesto por los Arts. 87º y 91º del D.S. Nº 043-2001-PCM. Regístrese y comuníquese.RENÁN QUISPE LLANOS Jefe 180689-1 Autorizan realización de la Encuesta Diaria en Garitas de Control en Volúmenes de Ingreso de Productos Agropecuarios y Agroindustriales en Lima Metropolitana y principales ciudades del país RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 074-2008-INEI Lima, 3 de marzo del 2008 Visto el Ofi cio Nº 0190-2008-AG-DGIA/0061-DE, de la Dirección General de Información Agraria del Ministerio de Agricultura, solicitando autorización para la obtención de información sobre volúmenes de ingreso de productos agropecuarios a Lima Metropolitana, a través de las Principales Garitas de acceso. CONSIDERANDO:Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604 “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística”, el INEI es el ente rector del Sistema Nacional de Estadística y tiene entre sus funciones normar, supervisar y evaluar los métodos, procedimientos y técnicas estadísticas, utilizadas por los órganos del Sistema para la producción de las Estadísticas ofi ciales del país; Que, la Dirección General de Información Agraria del Ministerio de Agricultura, requiere obtener información diaria sobre volúmenes de ingreso de productos agropecuarios en Lima Metropolitana, con el propósito de conocer el abastecimiento de productos agroalimentarios e interpretar el comportamiento de los precios en los principales mercados de Lima Metropolitana; Que, en tal sentido es necesario autorizar la ejecución de la Encuesta Diaria en Garitas de Control en Volúmenes de Ingreso de productos agropecuarios y agroindustriales en Lima Metropolitana y principales ciudades del país, la que se realizará en las principales garitas de control, a todos los vehículos que ingresen, transportando productos agropecuarios; así como aprobar el formato correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 81º y 83º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática; Con la opinión técnica de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y la visación de la Sub Jefatura de Estadística y de la Ofi cina Técnica de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar la realización de la Encuesta Diaria en Garitas de Control en Volúmenes de Ingreso