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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MARZO DEL AÑO 2008 (29/03/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 52

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 29 de marzo de 2008 369658 1/2500, con un área de 9.0032 ha y un perímetro de 1254.14 m; ubicado en el distrito de Ichupampa, provincia Caylloma, departamento de Arequipa, con su respectiva fi cha técnica y memoria descriptiva. Artículo 3º.- Encargar a la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la condición de patrimonio cultural de la Nación de los sitios arqueológicos mencionados en el artículo 1º y de los planos señalados en el artículo 2º de la presente resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los sitios arqueológicos declarado patrimonio cultural de la Nación, deberá contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Remítase copia fedateada de la presente resolución a COFOPRI, municipalidad distrital y provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER UGAZ VILLACORTA Encargado de la Dirección Nacional 180858-1 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 412/INC Lima, 13 de marzo de 2008VISTO, el Expediente Nº 06632 de fecha 23 de abril de 2007 por el Ing. Enrique Orezzoli Roggero, Director Ejecutivo del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural del Ministerio de Agricultura; y, CONSIDERANDO:Que, el Instituto Nacional de Cultura es un organismo público descentralizado del sector educación, con personería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del patrimonio cultural de la Nación; Que, el Artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Ofi cio Nº 597-2007-AG-PETT-DE- DTSL/ATE, el Ing. Enrique Orezzoli Roggero, Director Ejecutivo del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural del Ministerio de Agricultura remite expedientes técnicos de sitios arqueológicos registrados por la Lic. Maria del Rosario Guerrero Sarmiento, en el departamento de La Libertad; Que, con el Informe Nº 546-2007-INC-DREPH/ DA/SDIC/JPRB de fecha 11 de mayo de 2007, la Sub Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología señala que los expedientes técnicos de los sitios arqueológicos que se detallan líneas abajo no presentan observaciones técnicas y no se encuentran declarados patrimonio cultural de la Nación:  Purpuro I, Purpuro II; registrados en el distrito de Buldibuyo, provincia de Pataz, departamento de La Libertad;  Cerro el Ushno; registrados en el distrito de Parcoy, provincia de Pataz, departamento de La Libertad;  Puémape; registrados en el distrito de San Pedro de Lloc, provincia de Pacasmayo, departamento de La Libertad; Que, mediante Acuerdo Nº 0335 de fecha 7 de junio 2007, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura:- Declarar patrimonio cultural de la Nación a los sitios arqueológicos siguientes:  Purpuro I, ubicado en el distrito de Buldibuyo, provincia de Pataz, departamento de La Libertad;  Purpuro II, ubicado en el distrito de Buldibuyo, provincia de Pataz, departamento de La Libertad;  Cerro el Ushno; ubicado en el distrito de Parcoy, provincia de Pataz, departamento de La Libertad;  Puémape; ubicado en el distrito de San Pedro de Lloc, provincia de Pacasmayo, departamento de La Libertad; - Aprobar los planos de delimitación siguientes:1. Plano perimétrico del sitio arqueológico Purpuro I, Nº 538-INC-PETT-2006, a escala 1/500, de fecha octubre 2006, con un área de 0.1668 ha y un perímetro de 167.75 m; ubicado en el distrito de Buldibuyo, provincia de Pataz, departamento de La Libertad, con su respectiva fi cha técnica y memoria descriptiva. 2. Plano perimétrico del sitio arqueológico Purpuro II Nº 539-INC-PETT-2006, a escala 1/500, de fecha octubre 2006, con un área de 0.1985 ha y un perímetro de 185.83 m; ubicado en el distrito de Buldibuyo, provincia de Pataz, departamento de La Libertad, con su respectiva fi cha técnica y memoria descriptiva. 3. Plano perimétrico del sitio arqueológico Cerro El Ushno Nº 543-INC-PETT-2006, a escala 1/500, de fecha octubre 2006, con un área de 0.4990 ha y un perímetro de 293.24 m; ubicado en el distrito de Parcoy, provincia de Pataz, departamento de La Libertad, con su respectiva fi cha técnica y memoria descriptiva. 4. Plano perimétrico del sitio arqueológico Puémape Nº 332-INC-PETT-2006, a escala 1/10000, de fecha junio 2006, con un área de 88.7451 ha y un perímetro de 4270.47 m; ubicado en el distrito de San Pedro de Lloc, provincia de Pacasmayo, departamento de La Libertad, con su respectiva fi cha técnica y memoria descriptiva; Estando a lo visado por el Director de Gestión, el Director de Arqueología y el Director de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura y el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas aprobado por R.S. Nº 004-2000-ED, modifi cado por R.S. Nº 012-2006-ED; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar patrimonio cultural de la Nación a los sitios arqueológicos siguientes: 1. Purpuro I, con coordenadas de referencia E240762.6241 N9098590.1515 (PSAD56), ubicado en el distrito de Buldibuyo, provincia de Pataz, departamento de La Libertad. 2. Purpuro II, con coordenadas de referencia E241026.4700 N9098768.9116 (PSAD56), ubicado en el distrito de Buldibuyo, provincia de Pataz, departamento de La Libertad. 3. Cerro el Ushno, con coordenadas de referencia E228446.6586 N9112654.6597 (PSAD56), ubicado en el distrito de Parcoy, provincia de Pataz, departamento de La Libertad. 4. Puémape, con coordenadas de referencia E662063.3757 N9169046.9088 (PSAD56), ubicado en el distrito de San Pedro de Lloc, provincia de Pacasmayo, departamento de La Libertad. Artículo 2º.- Aprobar los planos de delimitación siguientes: 1. Plano perimétrico del sitio arqueológico Purpuro I, Nº 538-INC-PETT-2006, con coordenadas de referencia E240762.6241 N9098590.1515 (PSAD56), a escala 1/500, de fecha octubre 2006, con un área de 0.1668 ha y un perímetro de 167.75 m; ubicado en el distrito de Buldibuyo, provincia de Pataz, departamento de La Libertad, con su respectiva fi cha técnica y memoria descriptiva.