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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 29 de marzo de 2008 369655 SE RESUELVE: Artículo Primero. - Aprobar la Directiva “Procedimiento de Transferencia del Acervo Documental en el Desarrollo de la Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales”, que forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- La aplicación de la presente Directiva, será obligatoria para todas las entidades de la Administración Pública comprendidas en el artículo I del Título Preliminar de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, a efecto de la Transferencia de funciones sectoriales, generales y específi cas a los Gobiernos Regionales y Locales en el marco del Proceso de Descentralización. Artículo Tercero.- Disponer su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LIZARDO PASQUEL COBOS Jefe Institucional DIRECTIVA Nº 001-2008-AGN-DNDAAI “PROCEDIMIENTO DE TRANSFERENCIA DEL ACERVO DOCUMENTAL EN EL DESARROLLO DE LA TRANSFERENCIA DE COMPETENCIAS SECTORIALES A LOS GOBIERNOS REGIONALES Y LOCALES” I.- FINALIDAD:Brindar un instrumento que permita uniformizar el procedimiento de Transferencia del Acervo Documental de los Sectores del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales y Locales, a fi n de garantizar la integridad y conservación del Patrimonio Documental de la Nación. II.- OBJETIVO:Establecer los procedimientos y orientar la labor para una adecuada transferencia del acervo documental de los Sectores del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales y Locales, que han sido acreditados por el Consejo Nacional de Descentralización, conforme a los alcances de la Ley Nº28273, Ley del Sistema de Acreditación de Gobiernos Regionales y Locales. III.- BASE LEGAL: Decreto Ley Nº19414, Ley de Defensa, Conservación e Incremento del Patrimonio Documental de la Nación. Decreto Supremo Nº022-75-ED, Reglamento del Decreto Ley Nº19414. Ley Nº25323, Ley del Sistema Nacional de Archivos Decreto Supremo Nº008-92, Reglamento de la Ley Nº25323 y Decreto Supremo Nº005-93-JUS, modifi ca el Decreto Supremo Nº008-92-JUS. Ley Nº28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación. Ley Nº27783, Ley de Bases de la Descentralización. Ley Nº27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley Nº27902, Ley que modifi ca la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales. Ley Nº28273, Ley del Sistema de Acreditación de Gobiernos Regionales y Locales. Ley N °27444 Ley del Procedimiento Administrativo General Resolución Ministerial Nº197-93-JUS, Reglamento de Organización y Funciones del Archivo General de la Nación. Resolución Jefatural Nº073-85-AGN/J, Aprueba las Normas Generales del Sistema Nacional de Archivos. Resolución Jefatural Nº076-2008-AGN/J, Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas por Infracciones en Contra del Patrimonio Documental Archivístico y Cultural de la Nación. IV.- ALCANCE: 4.1 La presente Directiva es de cumplimiento obligatorio para todas las entidades de la Administración Pública comprendidas en el artículo I del Título Preliminar de la Ley N° 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, a efecto de la Transferencia de funciones sectoriales, generales y específi cas a los Gobiernos Regionales y Locales en el marco del Proceso de Descentralización. V.- DISPOSITIVOS GENERALES 5.1 Los Sectores del Gobierno Nacional en el marco del Proceso de Descentralización, transferirán su acervo documental a los Gobiernos Regionales y Locales, quienes asumirán dichas funciones, y habiendo sido acreditados por el Consejo Nacional de Descentralización, conforme a los alcances de la Ley Nº28273, Ley del Sistema de Acreditación de Gobiernos Regionales y Locales; a fi n de garantizar la continuidad de su gestión, en el ámbito de su jurisdicción. 5.2 La Transferencia de documentos es un procedimiento técnico archivístico que consiste en el traslado y/ o entrega del acervo documental de un nivel de archivo a otro, o de una entidad a otra. 5.3 El acervo documental que se pretenda transferir de un Sector del Gobierno Nacional a un Gobierno Regional y Local, deberá contar de un tratamiento técnico archivístico previo, conforme a lo establecido en la R.J Nº 073-85-AGN/J. 5.4 En ningún caso se eliminará documento alguno, sin la autorización previa del Archivo General de la Nación y en conformidad con los procedimientos legales vigentes sobre archivos. 5.5 Los “Inventarios de Transferencia de Documentos” se elaborarán de acuerdo al formato del anexo Nº01 y Nº02 que forman parte de la presente Directiva. 5.6 Los Archivos Centrales u Órganos de Administración de Archivos, de los Sectores del Gobierno Nacional deberán intervenir en el proceso de transferencia del Acervo Documental, para lo cual coordinarán, controlarán y ejecutarán las actividades archivísticas en dicho proceso. 5.7 Los Archivos Regionales intervendrán asesorando y supervisando el Proceso de Transferencia durante la entrega y recepción del acervo documental. 5.8 Los documentos de valor histórico, conservados en los Sectores del Gobierno Nacional, serán transferidos a los Archivos Regionales, previa opinión favorable del Comité Evaluador de Documentos de las entidades que soliciten su transferencia, en aplicación de lo normado en Directiva Nº004-86-AGN-DGAI y concordado con el Artículo 4º del Reglamento de la Ley Nº25323 Ley del Sistema Nacional de Archivos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº008-92-JUS. VI.- DISPOSICIONES ESPECIFICAS: Se deberá elaborar el procedimiento de Transferencia del Acervo Documental de los Sectores del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales y Locales, de acuerdo a lo indicado en los anexos de la presente directiva. VII.- DISPOSICIONES FINALES:Las coordinaciones y/o consultas respecto a la aplicación de la presente Directiva, deberán ser absueltas por el Archivo General de la Nación o los Archivos Regionales en el ámbito de su jurisdicción.