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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MARZO DEL AÑO 2008 (29/03/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 49

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 29 de marzo de 2008 369655 SE RESUELVE: Artículo Primero. - Aprobar la Directiva “Procedimiento de Transferencia del Acervo Documental en el Desarrollo de la Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales”, que forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- La aplicación de la presente Directiva, será obligatoria para todas las entidades de la Administración Pública comprendidas en el artículo I del Título Preliminar de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, a efecto de la Transferencia de funciones sectoriales, generales y específi cas a los Gobiernos Regionales y Locales en el marco del Proceso de Descentralización. Artículo Tercero.- Disponer su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LIZARDO PASQUEL COBOS Jefe Institucional DIRECTIVA Nº 001-2008-AGN-DNDAAI “PROCEDIMIENTO DE TRANSFERENCIA DEL ACERVO DOCUMENTAL EN EL DESARROLLO DE LA TRANSFERENCIA DE COMPETENCIAS SECTORIALES A LOS GOBIERNOS REGIONALES Y LOCALES” I.- FINALIDAD:Brindar un instrumento que permita uniformizar el procedimiento de Transferencia del Acervo Documental de los Sectores del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales y Locales, a fi n de garantizar la integridad y conservación del Patrimonio Documental de la Nación. II.- OBJETIVO:Establecer los procedimientos y orientar la labor para una adecuada transferencia del acervo documental de los Sectores del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales y Locales, que han sido acreditados por el Consejo Nacional de Descentralización, conforme a los alcances de la Ley Nº28273, Ley del Sistema de Acreditación de Gobiernos Regionales y Locales. III.- BASE LEGAL:  Decreto Ley Nº19414, Ley de Defensa, Conservación e Incremento del Patrimonio Documental de la Nación.  Decreto Supremo Nº022-75-ED, Reglamento del Decreto Ley Nº19414.  Ley Nº25323, Ley del Sistema Nacional de Archivos Decreto Supremo Nº008-92, Reglamento de la Ley Nº25323 y Decreto Supremo Nº005-93-JUS, modifi ca el Decreto Supremo Nº008-92-JUS.  Ley Nº28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación.  Ley Nº27783, Ley de Bases de la Descentralización.  Ley Nº27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales  Ley Nº27902, Ley que modifi ca la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales.  Ley Nº28273, Ley del Sistema de Acreditación de Gobiernos Regionales y Locales.  Ley N °27444 Ley del Procedimiento Administrativo General  Resolución Ministerial Nº197-93-JUS, Reglamento de Organización y Funciones del Archivo General de la Nación.  Resolución Jefatural Nº073-85-AGN/J, Aprueba las Normas Generales del Sistema Nacional de Archivos. Resolución Jefatural Nº076-2008-AGN/J, Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas por Infracciones en Contra del Patrimonio Documental Archivístico y Cultural de la Nación. IV.- ALCANCE: 4.1 La presente Directiva es de cumplimiento obligatorio para todas las entidades de la Administración Pública comprendidas en el artículo I del Título Preliminar de la Ley N° 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, a efecto de la Transferencia de funciones sectoriales, generales y específi cas a los Gobiernos Regionales y Locales en el marco del Proceso de Descentralización. V.- DISPOSITIVOS GENERALES 5.1 Los Sectores del Gobierno Nacional en el marco del Proceso de Descentralización, transferirán su acervo documental a los Gobiernos Regionales y Locales, quienes asumirán dichas funciones, y habiendo sido acreditados por el Consejo Nacional de Descentralización, conforme a los alcances de la Ley Nº28273, Ley del Sistema de Acreditación de Gobiernos Regionales y Locales; a fi n de garantizar la continuidad de su gestión, en el ámbito de su jurisdicción. 5.2 La Transferencia de documentos es un procedimiento técnico archivístico que consiste en el traslado y/ o entrega del acervo documental de un nivel de archivo a otro, o de una entidad a otra. 5.3 El acervo documental que se pretenda transferir de un Sector del Gobierno Nacional a un Gobierno Regional y Local, deberá contar de un tratamiento técnico archivístico previo, conforme a lo establecido en la R.J Nº 073-85-AGN/J. 5.4 En ningún caso se eliminará documento alguno, sin la autorización previa del Archivo General de la Nación y en conformidad con los procedimientos legales vigentes sobre archivos. 5.5 Los “Inventarios de Transferencia de Documentos” se elaborarán de acuerdo al formato del anexo Nº01 y Nº02 que forman parte de la presente Directiva. 5.6 Los Archivos Centrales u Órganos de Administración de Archivos, de los Sectores del Gobierno Nacional deberán intervenir en el proceso de transferencia del Acervo Documental, para lo cual coordinarán, controlarán y ejecutarán las actividades archivísticas en dicho proceso. 5.7 Los Archivos Regionales intervendrán asesorando y supervisando el Proceso de Transferencia durante la entrega y recepción del acervo documental. 5.8 Los documentos de valor histórico, conservados en los Sectores del Gobierno Nacional, serán transferidos a los Archivos Regionales, previa opinión favorable del Comité Evaluador de Documentos de las entidades que soliciten su transferencia, en aplicación de lo normado en Directiva Nº004-86-AGN-DGAI y concordado con el Artículo 4º del Reglamento de la Ley Nº25323 Ley del Sistema Nacional de Archivos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº008-92-JUS. VI.- DISPOSICIONES ESPECIFICAS: Se deberá elaborar el procedimiento de Transferencia del Acervo Documental de los Sectores del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales y Locales, de acuerdo a lo indicado en los anexos de la presente directiva. VII.- DISPOSICIONES FINALES:Las coordinaciones y/o consultas respecto a la aplicación de la presente Directiva, deberán ser absueltas por el Archivo General de la Nación o los Archivos Regionales en el ámbito de su jurisdicción.