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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 29 de marzo de 2008 369668 marco del proyecto “Proyecto de evaluación arqueológica de reconocimiento sin excavaciones: Ampliación de concesión con un nuevo sistema eléctrico rural para el Valle de Fortaleza y Pativilca”, a cargo del Lic. Flavio Antonio Estrada Moreno, con R.N.A. Nº CE-9841, cuyo informe fi nal fue aprobado con Resolución Directoral Nacional Nº 1010/INC de fecha 13.08.2007; Que, mediante Acuerdo Nº 0445 de fecha 12 de julio de 2007, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, acordó entre otros, lo siguiente: Recomendar a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura, declare patrimonio cultural de la Nación a los sitios arqueológicos, que a continuación se indican: SITIO UBICACION UTM PSAD 56 DISTRITO PROVINCIA DEPARTAMENTO Este Norte Cerro Blanco Paramonga Barranca Lima 198960 8826822Julquillas Paramonga Barranca Lima 198519 8830298Tunan Paramonga Barranca Lima 198810 8831362 Upacá Paramonga Barranca Lima 201220 8819052 Chilcal Paramonga Barranca Lima 195412 8819104Canoa Paramonga Barranca Lima 192559 8817182 Cerro Campana sector APativilca Barranca Lima 201781 8818332 Cerro Campana sector BPativilca Barranca Lima 201774 8818599 Providencia Pativilca Barranca Lima 203845 8819764 Huayto Pativilca Barranca Lima 210036 8821041 Estando a lo visado por el Director de Gestión, el Director de Arqueología y el Director de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Resolución Suprema Nº 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas, modifi cada por Resolución Suprema Nº 012-2006-ED. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar patrimonio cultural de la Nación a los sitios arqueológicos, que a continuación se indican: SITIO UBICACION UTM PSAD 56 DISTRITO PROVINCIA DEPARTAMENTO Este Norte Cerro Blanco Paramonga Barranca Lima 198960 8826822Julquillas Paramonga Barranca Lima 198519 8830298Tunan Paramonga Barranca Lima 198810 8831362 Upacá Paramonga Barranca Lima 201220 8819052 Chilcal Paramonga Barranca Lima 195412 8819104 Canoa Paramonga Barranca Lima 192559 8817182Cerro Campana sector APativilca Barranca Lima 201781 8818332 Cerro Campana sector BPativilca Barranca Lima 201774 8818599 Providencia Pativilca Barranca Lima 203845 8819764 Huayto Pativilca Barranca Lima 210036 8821041 Artículo 2º.- Encargar a la Dirección de Arqueología del Instituto Nacional de Cultura la elaboración del expediente técnico del sitio arqueológico mencionado en el artículo 1º de la presente resolución. Artículo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los sitios arqueológicos declarados “Patrimonio Cultural de la Nación”, deberá contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 4º.- Remítase copia fedateada de la presente resolución a COFOPRI, municipalidad distrital y provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes.Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER UGAZ VILLACORTA Encargado de la Dirección Nacional 180869-5 INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Exoneran de proceso de selección a la Oficina Regional Norte Chiclayo del INPE para contratar suministro de alimentos preparados para los Establecimientos Penitenciarios de Varones y Mujeres de Trujillo RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 173-2008-INPE/P Lima, 25 de marzo de 2008VISTOS, el Ofi cio Nº 106-2008-INPE/15 de fecha 19 de marzo de 2008, por el cual se adjunta Informe Técnico Nº 007-2008-INPE/15.05.URMS e Informe Legal Nº 016-2008-INPE/15.04 de fechas 18 y 19 de marzo de 2008, emitidos por las Unidades de Recursos Materiales y Servicios y de Asesoría Jurídica, por los cuales se solicita que se declare en situación de desabastecimiento inminente el suministro de alimentos preparados para los internos (as), niños, personal de seguridad, salud y mantenimiento de los Establecimientos Penitenciarios de Varones y Mujeres de Trujillo, Informe Técnico Nº 005-2008-INPE/15.05.URMS de fecha 13 de febrero de 2008, emitido por la Unidad de Recursos Materiales y Servicios, y el Informe Nº 0102-2008-INPE/08 de fecha 24 de marzo de 2008 de la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Instituto Nacional Penitenciario. CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Técnico Nº 005-2008- INPE/15.05.URMS de fecha 13 de febrero de 2008, emitido por la Unidad de Recursos Materiales y Servicios de la Ofi cina Regional Norte Chiclayo, se solicitó que se declare en situación de desabastecimiento inminente por el período de veintiocho (28) días calendario, el suministro de alimentos preparados para los internos (as), niños, personal de seguridad, salud y mantenimiento de los Establecimientos Penitenciarios de Varones y Mujeres Trujillo, debido, entre otros, a que se agotó el monto total adjudicado a través del Contrato Nº 004-2007-INPE/15 derivado de la Licitación Pública Nº 002-2006-INPE/15 convocada para el Año Fiscal 2006 y la contratación complementaria se agotaría antes de poder adjudicar la buena pro de la Licitación Pública Nº 004-2007-INPE/15, convocada para el Año Fiscal 2007, porque el postor Laureano García Idrogo con fecha 11 de febrero de 2008 interpuso recurso de apelación contra el otorgamiento de la buena pro del citado proceso de selección, consecuentemente, se suspendió el acto de adjudicación el cual se tenía previsto para el 25 de enero de 2008; Que, mediante Informe Técnico Nº 007-2008- INPE/15.05.URMS de fecha 18 de marzo de 2008, la Unidad de Recursos Materiales y Servicios señala que dicho pedido se atendió a través de la Resolución Presidencial Nº 118-2008-INPE/P de fecha 20 de febrero de 2008, que declaró en situación de desabastecimiento inminente por el período de veintiocho (28) días calendario, el suministro de alimentos preparados para los Establecimientos Penitenciarios de Varones y Mujeres Trujillo, por lo que se realizó el proceso de selección por exoneración Nº 003-2008-INPE/15 el día 22 de febrero de 2008, otorgando la buena pro al postor CONSORCIO ALIMENTOS Y SERVICIOS GENERALES EIRL – SERVICIOS GENERALES e INVERSIONES A & L EIRL,