TEXTO PAGINA: 9
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 16 de mayo de 2008 372367 Autorizan viaje a Uruguay de Presidenta del Directorio de EDITORA PERU S.A. para participar en Conferencia: “Nuevas Tecnologías: contenidos, producción, transmisión por internet en la época de la globalización y del multimedia” RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 121-2008-PCM Lima, 15 de mayo de 2008Vista la Carta Núm. 108-G0000-EP-2008, del Gerente General de la Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. - Editora Perú S.A.; CONSIDERANDO:Que, la Presidenta del Directorio de la Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. - Editora Perú S.A. ha sido invitada a que participe en la Conferencia: “Nuevas Tecnologías: contenidos, producción, transmisión por internet en la época de la globalización y del multimedia”, a llevarse a cabo en la ciudad de Punta del Este, República Oriental del Uruguay, del 26 al 29 de mayo de 2008; Que, la asistencia de la Presidenta del Consejo Directivo de Editora Perú S.A. resulta de interés institucional debido a que se enmarcaría en el objetivo de hacer efectivo el derecho a la información de los ciudadanos, alineado con el objetivo estratégico de consolidar una imagen de credibilidad tanto del Diario Ofi cial El Peruano como de la Agencia Peruana de Noticias Andina, en su calidad de órganos de comunicación encargados de difundir de manera oportuna la información legal y ofi cial de manera pluralista y objetiva; Que, los gastos por concepto de pasajes serán asumidos por el Gobierno Francés, siendo los gastos por concepto de viáticos y tarifa única por uso de aeropuerto asumidos por la Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. - Editora Perú S.A.; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Ley Nº 28807, Ley que establece que los viajes ofi ciales al exterior de servidores y funcionarios públicos se realicen en clase económica y el numeral 8.2 del artículo 8º de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fisal 2008; Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la Dra. María del Pilar Tello Leyva, Presidenta del Directorio de la Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. - Editora Perú S.A., a la ciudad de Punta del Este, República Oriental del Uruguay, del 26 al 29 de mayo de 2008, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán asumidos por Editora Perú S.A., de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos (US$ 200,00 x 4 días) US$ 800,00 Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 30,25 Artículo 3º.- Dentro de los (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la funcionaria mencionada en el artículo 1º de la presente Resolución deberá presentar ante su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por viáticos entregados. Artículo 4º.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración alguna o liberación de impuestos aduaneros, de ninguna clase o denominación.Artículo 5º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 200965-3 Delegan facultades de representación al Secretario de Descentralización para suscribir Convenios Marco de Cooperación Interinstitucional y Acuerdos Complementarios Específicos de asistencia técnica con los Gobiernos Regionales RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 145-2008-PCM Lima, 13 de mayo de 2008VISTOS:El Memorándum Nº 405-2008-PCM/SD de la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros; CONSIDERANDO: Que, el artículo 17º de la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo establece que la Presidencia del Consejo de Ministros es el Ministerio responsable de la coordinación de las políticas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo, coordina las relaciones con los demás Poderes del Estado, los organismos constitucionales, gobiernos regionales, gobiernos locales y la sociedad civil y que el Presidente del Consejo de Ministros es su titular; Que, el numeral 10) del artículo 19º de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dentro de las funciones del Presidente del Consejo de Ministros, incluye la de delegar en el Secretario General de la PCM, o en otros funcionarios, las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función de Ministro de Estado dentro de la competencia de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, de otro lado, el Capítulo II del Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la PCM, establece en su artículo 38º, que la Secretaría de Descentralización es el órgano encargado de dirigir y conducir el proceso de descentralización, coordinar y articular la Política General de Gobierno con los Gobiernos Regionales y Locales, brindar asistencia técnica para el fortalecimiento de capacidades en gestión a los Gobiernos Regionales y Locales, así como conducir la inversión descentralizada que permita el desarrollo e integración regional y que actúa como órgano de enlace entre el Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales y Locales; De conformidad con la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM - Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros; SE RESUELVE:Artículo Único.- Delegar en el Secretario de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, las facultades de representación sufi cientes que corresponden al Presidente del Consejo de Ministros y que no sean privativas a su función de Ministro de Estado, para suscribir, a nombre de la Presidencia del Consejo de Ministros, los Convenios Marco de Cooperación Interinstitucional y Acuerdos Descargado desde www.elperuano.com.pe