Norma Legal Oficial del día 16 de mayo del año 2008 (16/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, viernes 16 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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Autorizan viaje a Uruguay de Presidenta del Directorio de EDITORA PERU S.A. para participar en Conferencia: "Nuevas Tecnologias: contenidos, produccion, transmision por internet en la epoca de la globalizacion y del multimedia"
RESOLUCION SUPREMA Nº 121-2008-PCM MORDAZA, 15 de MORDAZA de 2008

Articulo 5º.- La presente Resolucion sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 200965-3

Vista la Carta Num. 108-G0000-EP-2008, del Gerente General de la Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. - Editora Peru S.A.; CONSIDERANDO:

Que, la Presidenta del Directorio de la Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. - Editora Peru S.A. ha sido invitada a que participe en la Conferencia: "Nuevas Tecnologias: contenidos, produccion, transmision por internet en la epoca de la globalizacion y del multimedia", a llevarse a cabo en la MORDAZA de Punta del Este, Republica Oriental del Uruguay, del 26 al 29 de MORDAZA de 2008; Que, la asistencia de la Presidenta del Consejo Directivo de Editora Peru S.A. resulta de interes institucional debido a que se enmarcaria en el objetivo de hacer efectivo el derecho a la informacion de los ciudadanos, alineado con el objetivo estrategico de consolidar una imagen de credibilidad tanto del Diario Oficial El Peruano como de la Agencia Peruana de Noticias MORDAZA, en su calidad de organos de comunicacion encargados de difundir de manera oportuna la informacion legal y oficial de manera pluralista y objetiva; Que, los gastos por concepto de pasajes seran asumidos por el Gobierno MORDAZA, siendo los gastos por concepto de viaticos y tarifa unica por uso de aeropuerto asumidos por la Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. - Editora Peru S.A.; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Ley Nº 28807, Ley que establece que los viajes oficiales al exterior de servidores y funcionarios publicos se realicen en clase economica y el numeral 8.2 del articulo 8º de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fisal 2008; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de la Dra. MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidenta del Directorio de la Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. - Editora Peru S.A., a la MORDAZA de Punta del Este, Republica Oriental del Uruguay, del 26 al 29 de MORDAZA de 2008, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema, seran asumidos por Editora Peru S.A., de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos (US$ 200,00 x 4 dias) Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto US$ 800,00 US$ 30,25

Delegan facultades de representacion al Secretario de Descentralizacion para suscribir Convenios MORDAZA de Cooperacion Interinstitucional y Acuerdos Complementarios Especificos de asistencia tecnica con los Gobiernos Regionales
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 145-2008-PCM MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2008 VISTOS: El Memorandum Nº 405-2008-PCM/SD de la Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros; CONSIDERANDO: Que, el articulo 17º de la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo establece que la Presidencia del Consejo de Ministros es el Ministerio responsable de la coordinacion de las politicas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo, coordina las relaciones con los demas Poderes del Estado, los organismos constitucionales, gobiernos regionales, gobiernos locales y la sociedad civil y que el Presidente del Consejo de Ministros es su titular; Que, el numeral 10) del articulo 19º de la Ley Organica del Poder Ejecutivo, dentro de las funciones del Presidente del Consejo de Ministros, incluye la de delegar en el Secretario General de la PCM, o en otros funcionarios, las facultades y atribuciones que no MORDAZA privativas de su funcion de Ministro de Estado dentro de la competencia de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, de otro lado, el Capitulo II del Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones de la PCM, establece en su articulo 38º, que la Secretaria de Descentralizacion es el organo encargado de dirigir y conducir el MORDAZA de descentralizacion, coordinar y articular la Politica General de Gobierno con los Gobiernos Regionales y Locales, brindar asistencia tecnica para el fortalecimiento de capacidades en gestion a los Gobiernos Regionales y Locales, asi como conducir la inversion descentralizada que permita el desarrollo e integracion regional y que actua como organo de enlace entre el Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales y Locales; De conformidad con la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo y el Decreto Supremo Nº 063-2007PCM - Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Delegar en el Secretario de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros, las facultades de representacion suficientes que corresponden al Presidente del Consejo de Ministros y que no MORDAZA privativas a su funcion de Ministro de Estado, para suscribir, a nombre de la Presidencia del Consejo de Ministros, los Convenios MORDAZA de Cooperacion Interinstitucional y Acuerdos

Articulo 3º.- Dentro de los (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, la funcionaria mencionada en el articulo 1º de la presente Resolucion debera presentar ante su institucion un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por viaticos entregados. Articulo 4º.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion alguna o liberacion de impuestos aduaneros, de ninguna clase o denominacion.

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