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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MAYO DEL AÑO 2008 (16/05/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 16 de mayo de 2008 372370 integran la Mancomunidad que consta en el parte notarial de vistos, señala como fi nes de la misma: a) Desarrollar espacios de integración local como base para la integración regional y nacional de inter – municipalidades, para analizar las necesidades, potencialidades e impulsar estrategias de desarrollo integral; b) Promover procesos de desarrollo de capacidades humanas en autoridades, funcionarios, técnicos y servidores; c) Llevar una gestión inclusiva, participativa, transparente y efi ciente; d) Impulsar acciones comunes de gestión para lograr proyectos integrales que desarrollen los municipios, con entidades públicas y privadas; y e) Fomentar y ejecutar la cooperación mutua con profesionales, intercambio de tecnologías, recursos y bienes a través de un soporte técnico y político; Que, asimismo, el Estatuto de la “Mancomunidad de Municipalidades de la Cuenca Ganadera de Melgar” – “MUNIGAM”, contiene información sobre denominación, domicilio, ámbito territorial, objeto, funciones, órganos directivos, recursos, plazo de duración indefinida, condiciones para la admisión, renuncia y exclusión de sus miembros, requisitos para su modificación y las reglas para la disposición de bienes en caso de disolución; de este modo, se ha dado cumplimiento al contenido exigido para la elaboración del Estatuto de la Mancomunidad Municipal, de conformidad a lo dispuesto por la Resolución Ministerial Nº 016-2008-PCM; Que, de conformidad a la solicitud de inscripción, Informe Técnico de Viabilidad, Acuerdos de Concejo, Acta de Constitución y Estatuto de la “Mancomunidad de Municipalidades de la Cuenca Ganadera de Melgar” – “MUNIGAM”, se ha cumplido con los principios, los objetivos y los requisitos establecidos en los artículos 3º, 4º y 5º de la Ley N° 29029, y en el artículo 4º, de la Resolución Ministerial Nº 016-2008-PCM; Que, acorde con el Informe Nº 015-2008-PCM-SD/ MIRA, procede que la Secretaría de Descentralización, mediante la resolución correspondiente, disponga la inscripción de la “Mancomunidad de Municipalidades de la Cuenca Ganadera de Melgar” – “MUNIGAM”, en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29029, la Resolución Ministerial Nº 016-2008-PCM; y en uso de las atribuciones conferidas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Formalización de Inscripción de la Mancomunidad Municipal Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales, a la “Mancomunidad de Municipalidades de la Cuenca Ganadera de Melgar” – “MUNIGAM”; integrada por las Municipalidades Distritales de Nuñoa, Macari, Santa Rosa y Villa de Orurillo, en la Provincia de Melgar, Departamento de Puno. Artículo 2º.- Reconocimiento del Consejo Directivo Reconocer al Consejo Directivo de la “Mancomunidad de Municipalidades de la Cuenca Ganadera de Melgar” – “MUNIGAM”, como sigue: - Presidente: Filiberto Tacca Navarro, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa. - Vice – Presidente: Simón Amador Mamani Chañi, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Macari. - Secretario: Atilio Rodo Huamán Tapara, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Nuñoa. - Tesorero: Juan René Quispe Chunga, Alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Orurillo. Artículo 3º.- Registro de Anexos Inscribir el Acta de Constitución y el Estatuto de la “Mancomunidad de Municipalidades de la Cuenca Ganadera de Melgar” – “MUNIGAM”, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Independientemente de ello, el estatuto y los actos que se ejecuten bajo su marco, deberán adecuarse y/o sujetarse a las demás normas aplicables, conforme sea necesario. Artículo 4º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Secretarial en el Diario Ofi cial El Peruano, y en la página Web de la Presidencia del Consejo de Ministros: www.pcm.gob.pe/sd, en la cual serán además publicados, los Anexos a que se refi ere el artículo 3º de la presente resolución. Artículo 5º.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.GROVER PANGO VILDOSO Secretario de Descentralización 200727-1 Inscriben a la Mancomunidad de Municipalidades Rurales Wiñay Ayllu en el Registro de Mancomunidades Municipales RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 036-2008-PCM/SD Lima, 14 de mayo de 2008 VISTOS:El Ofi cio Nº 001-2008/MDA/A, Informe Técnico Nº 001- 2008-MDA-UPP, Informe Técnico Nº 01-2008-MDCH/AT, Carta Nº 01-2008-POM-C (Informe Técnico), Informe Técnico S/N de viabilidad de mancomunidad de la Municipalidad del Distrito de Pedro Vilca Apaza, Acuerdo de Concejo Nº 010-2008-MDA/A, Acuerdo de Concejo Nº 018-2008-MDCH/A, Acuerdo de Concejo Nº 002-2008-MDC/A, Acuerdo de Concejo Nº 12-2008-MDEPVA, el Acta de Constitución y Estatuto aprobados por los Alcaldes de las Municipalidades que integran la “Mancomunidad de Municipalidades Rurales WIÑAY AYLLU” que constan en Copia Certifi cada N° 210 emitida por el Notario de San Román-Juliaca Sr. Roger Salluca Huaraya, y el Informe Nº 016-2008-PCM-SD/MIRA. CONSIDERANDO: Que, la Ley de la Mancomunidad Municipal, Ley Nº 29029, en el artículo 2º, defi ne a ésta como el acuerdo de dos o más municipalidades, colindantes o no, con la fi nalidad de prestación conjunta de servicios y ejecución de obras, promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, el artículo 5º de la Ley N° 29029, establece que la Mancomunidad Municipal tiene personería jurídica propia y aprueba su estatuto conforme a las normas del Código Civil, debiendo establecer su domicilio, ámbito territorial, objeto y funciones, órganos directivos, recursos, plazo de duración, reglas de disposición de bienes en caso de disolución y otras condiciones necesarias para su funcionamiento; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 016- 2008-PCM, se abrió el Registro de Mancomunidades Municipales y se aprobó su reglamento, estableciéndose los requisitos para solicitar la inscripción de las Mancomunidades; Que, mediante el ofi cio de vistos, los Señores Alcaldes de las Municipalidades Distritales de Pedro Vilca Apaza, Provincia de San Antonio de Putina, Arapa, Chupa y Caminaca, provincia de Azangaro, en el departamento de Puno, solicitan la inscripción de la “Mancomunidad de Municipalidades Rurales WIÑAY AYLLU”; Descargado desde www.elperuano.com.pe