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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 16 de mayo de 2008 372371 Que, los Informes Técnicos de vistos, contienen información sobre principios y objetivos de la mancomunidad, actividades económicas, servicios solciales, sistema vial y corredores económicos; en estos documentos, también se señalan las recomendaciones para constituir la Mancomunidad, que en su conjunto justifi can su viabilidad técnica; Que, por los Acuerdos de Concejo de vistos, las Municipalidades Distritales de Pedro Vilca Apaza, Arapa, Chupa y Caminaca, aprueban sus respectivos informes técnicos y la constitución de la “Mancomunidad de Municipalidades Rurales WIÑAY AYLLU”; Que, el Estatuto de la “Mancomunidad de Municipalidades Rurales WIÑAY AYLLU”, aprobado por los Alcaldes de las Municipalidades que integran la Mancomunidad, mediante Acta de Constitución de vistos, señala como fi nes de la misma: a) Difundir y desarrollar el fortalecimiento de capacidades, la efi ciencia en la gestión y la complementariedad entre las municipalidades rurales integrantes de la mancomunidad, b) Generar un espacio de representación y vinculación de las municipalidades mancomunadas, con el fi n de establecer alianzas estratégicas para el desarrollo, c) Promover la participación, con el fi n de construir dentro de la sociedad civil, una ciudadanía activa que contribuya con la gobernabilidad y genere la necesaria corresponsabilidad entre las municipalidades y la sociedad civil, coordinar y apoyar los procesos de desarrollo local y regional, promover la participación de la ciudadanía para la propuesta y la gestión del desarrollo, así como el fortalecimiento de las organizaciones sociales de base de la región, d) Construir mecanismos de herramienta y de cooperación con instituciones similares del país o del exterior, que cuenten con objetivos similares a los de la mancomunidad, así como, con las instituciones públicas y privadas que promueven el desarrollo y la participación; Que, asimismo, el Estatuto de la “Mancomunidad de Municipalidades Rurales WIÑAY AYLLU”, contiene información sobre denominación, domicilio, ámbito territorial, objeto, funciones, órganos directivos, recursos, plazo de duración indefi nida, condiciones para la admisión, renuncia y separación de sus miembros, requisitos para su modifi cación y las reglas para la disposición de bienes en caso de disolución; de este modo, se ha dado cumplimiento al contenido exigido para la elaboración del Estatuto de la Mancomunidad Municipal, de conformidad a lo dispuesto por la Resolución Ministerial Nº 016-2008-PCM; Que, de conformidad a la solicitud de inscripción, Expediente Técnico, Informes Técnicos de Viabilidad, Acuerdos de Concejo, Acta de Constitución y Estatuto de la “Mancomunidad de Municipalidades Rurales WIÑAY AYLLU”, se ha cumplido con los principios, los objetivos y los requisitos establecidos en los artículos 3º, 4º y 5º de la Ley N° 29029, y en el artículo 4º, de la Resolución Ministerial Nº 016-2008-PCM; Que, acorde con el Informe Nº 016-2008-PCM-SD/ MIRA, procede que la Secretaría de Descentralización, mediante la resolución correspondiente, disponga la inscripción de la “Mancomunidad de Municipalidades Rurales WIÑAY AYLLU”, en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29029, la Resolución Ministerial Nº 016-2008-PCM; y en uso de las atribuciones conferidas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Formalización de Inscripción de la Mancomunidad Municipal Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales, a la “Mancomunidad de Municipalidades Rurales WIÑAY AYLLU”; integrada por las Municipalidades Distritales de Pedro Vilca Apaza (Provincia de San Antonio de Putina) y Arapa, Chupa y Caminaca (Provincia de Azángaro), del departamento de Puno.Artículo 2º.- Reconocimiento del Consejo DirectivoReconocer al Consejo Directivo de la “Mancomunidad de Municipalidades Rurales WIÑAY AYLLU”, como sigue: - Presidente: César Gilberto Torres Rosello, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Arapa. - Vice - Presidente: César Augusto Huamán Suero, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Caminaca. - Secretario: Clemente Idelionso López Chipana, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Chupa. - Tesorero: Juan Pablo Salas Chipana, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Pedro Vilca Apaza. Artículo 3º.- Registro de Anexos Inscribir el Acta de Constitución y el Estatuto de la “Mancomunidad de Municipalidades Rurales WIÑAY AYLLU”, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Independientemente de ello, el estatuto y los actos que se ejecuten bajo su marco, deberán adecuarse y/o sujetarse a las demás normas aplicables, conforme sea necesario. Artículo 4º.- PublicaciónDisponer la publicación de la presente Resolución Secretarial en el Diario Ofi cial El Peruano, y en la página Web de la Presidencia del Consejo de Ministros: www. pcm.gob.pe/sd, en la cual serán además publicados, los Anexos a que se refi ere el artículo 3º de la presente resolución. Artículo 5º.- VigenciaLa presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.GROVER PANGO VILDOSO Secretario de Descentralización 200729-1 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan viaje de representante de PROINVERSIÓN para participar en la Primera Ronda de Negociaciones Perú - Japón para la suscripción de un Convenio Bilateral de Promoción y Protección de Inversiones RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 053-2008-EF Lima,15 de mayo de 2008Visto el ofi cio Nº 059-2008-PROINVERSIÓN/DEA- OAJ, de fecha 7 de mayo de 2008, remitido por la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, sobre autorización de viaje; CONSIDERANDO: Que, entre los días 28 y 30 de mayo de 2008, en la ciudad de Tokio, Japón, se realizará la Primera Ronda de Negociaciones Perú - Japón para la suscripción de un Convenio Bilateral de Promoción y Protección de Inversiones; Que, durante esta Primera Ronda de Negociación se defi nirá el modelo de convenio bajo el cual se desarrollarán las negociaciones, se buscará lograr los mayores acercamientos en cuanto a la sustancia de los conceptos contenidos en él y se tratará de avanzar en la construcción de un texto de negociación; Que, la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, considera conveniente que el señor Carlos Herrera Perret, Jefe de Tratamiento de Inversión y Cooperación Internacional de PROINVERSIÓN, participe en la citada Ronda; Que, corresponde a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, entre otras, Descargado desde www.elperuano.com.pe