Norma Legal Oficial del día 21 de mayo del año 2008 (21/05/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 48

372558

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe

El Peruano MORDAZA, miercoles 21 de MORDAZA de 2008

tomar en cuenta los planeamientos integrales vigentes, y en su articulo 40° indica que una vez aprobado el Planeamiento Integral tendra caracter obligatorio debiendo inscribirse en los Registros Publicos. Que, en la jurisdiccion del Distrito de Ate, como una de sus funciones especificas es el ordenar el espacio MORDAZA como el medio principal que debera reunir las condiciones necesarias para el MORDAZA desarrollo de las actividades de su poblacion. Es por eso, que el suelo en el que se desarrollan dichas actividades urbanas deberan ser habilitado para que garantice el optimo funcionamiento de sus edificaciones y los espacios urbanos, y considerando que el fin del Planeamiento Integral es el ordenamiento de las zonas que se han determinado espontaneamente y que cuentan con el saneamiento fisico legal de COFOPRI; por lo que se considera la necesidad de acondicionar la MORDAZA en mencion con la propuesta del Plan Integral segun las necesidades, habiendo preparado la propuesta con la coordinacion de los representantes involucrados. Que, mediante la aprobacion del Planeamiento Integral y el diseno de los modulos viales en planta y cortes se podran ejecutar las obras de pavimentacion de pistas, veredas y estacionamientos segun las normas del diseno de vias locales en Habilitaciones Urbanas ­ R.M. N° 70579-VC-5500 del 03 de diciembre de 1979 y el Reglamento de Edificaciones en la MORDAZA A 120 de Accesibilidad para personas con discapacidad y la MORDAZA GH 020 del Titulo II ­ Habilitaciones Urbanas que aprueba los Componentes del Diseno MORDAZA y el Diseno de Vias (Capitulo I y II). Que, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, encargada de ejecutar el Planeamiento Integral en atencion al requerimiento de las necesidades urbanas del sector, y a pedido de las diferentes UCV que conforman el Consejo Ejecutivo Zonal "M" han manifestado la necesidad de contar con un Planeamiento Integral con la finalidad que el mismo sirva para las gestiones que correspondan a la implementacion y/o ejecucion de proyectos de infraestructura MORDAZA (Pavimentacion de pistas y veredas, electrificacion, MORDAZA de contencion u otros), asi como para el ordenamiento de las actividades urbanas con fines de recreacion Publica, Parques y Jardines en la MORDAZA M ­ Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycan 1ra Etapa; por lo que el area de Planificacion MORDAZA ha realizado Inspeccion Ocular al area del terreno de 249,131.62 m2, conformado por 12 UCV comprendidas en el presente Planeamiento Integral, asi como la revision de los antecedentes y documentacion presentada, que conforman el Sector Catastral signado con el N° 46 del Distrito de Ate. Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades N° 27972 y el Decreto Supremo N° 011-2006-VIVIENDA que aprobo el Reglamento Nacional de Edificaciones. ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS MORDAZA EXPUESTOS, EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL INCISO 8) DEL ARTICULO 9° DE LA LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES N° 27972, CONTANDO CON EL MORDAZA POR UNANIMIDAD DE LOS SENORES REGIDORES ASISTENTES A LA SESION DE CONCEJO DE LA FECHA Y CON LA DISPENSA DEL TRAMITE DE LECTURA Y APROBACION DE ACTAS SE HA DADO LA SIGUIENTE: ORDENANZA APROBATORIA DEL PLANEAMIENTO INTEGRAL DE LOS MODULOS VIALES Y EL DISENO MORDAZA QUE ORDENA LAS AREAS DE RECREACION PUBLICA DEL SECTOR CATASTRAL 46 - MORDAZA "M" DEL PUEBLO JOVEN PROYECTO ESPECIAL HUAYCAN 1RA ETAPA Articulo 1°.- APROBAR el Planeamiento Integral del Sector Catastral 46 denominada MORDAZA "M" del Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycan 1ra Etapa, que comprende el diseno de las redes y sus componentes viales, ademas del ordenamiento de las areas urbanas con fines de Recreacion Publica Parques y Jardines, en base a las actividades que se desarrollan en la MORDAZA, las que deberan de garantizar su optimo funcionamiento mediante una adecuada infraestructura que facilitara la realizacion correcta de dichas actividades, conforme a los Planos Signados N° 006-2008-PI-SGPUC-GDU/MDA y N° 006A-2008PI-SGPUC-GDU/MDA, los mismos que son parte integrante de la presente Ordenanza.

Articulo 2°.- ESTABLECER que el Planeamiento Integral define los modulos de los componentes viales y las secciones transversales de las calzadas, veredas y bermas de estacionamiento, asi como el Diseno MORDAZA para las futuras edificaciones sobre areas con fines de Recreacion Publica. Correspondiendole las normas para el diseno de vias locales en Habilitaciones Urbanas y el Reglamento Nacional de Edificaciones en la MORDAZA A 120 de Accesibilidad para personas con discapacidad y la MORDAZA GH 020 del Titulo II ­ Habilitaciones Urbanas que aprueba los Componentes del Diseno MORDAZA y el Diseno de Vias (Capitulo I y II). Articulo 3°.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, para que a traves de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA se cumpla con la inscripcion del presente Planeamiento Integral en la Superintendencia Nacional de Registros Publicos y en coordinacion con la Sub Gerencia de Salud y Participacion Vecinal de la Gerencia de Servicios Sociales y la Secretaria de Imagen Institucional se difunda la presente Ordenanza y los planos que forman parte de ella. Articulo 4°.- TRANSCRIBIR la presente Ordenanza a los interesados, a la Sub Gerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y la Sub Gerencia de Fiscalizacion Municipal de la Gerencia de Seguridad y Fiscalizacion, para su conocimiento y fines. Articulo 5°.- ESTABLECER que el presente diseno de las redes viales y sus usos respecto al diseno MORDAZA referente a las Areas de Recreacion Publica, que se desarrolla en la MORDAZA "M" del Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycan 1ra Etapa, tendra una vigencia de 10 anos, debiendo de tomarse en cuenta que los planeamientos integrales vigentes una vez aprobados tendra caracter obligatorio, debiendo de inscribirse en los Registros Publicos. Articulo 6°.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DUPUY MORDAZA MORDAZA 201340-4

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
FE DE ERRATAS DECRETO DE ALCALDIA Nº 017-2008-ALC/MSI Mediante Oficio Nº 0449-2008-06-SG/MSI la Municipalidad de San MORDAZA solicita se publique Fe de Erratas del Decreto de Alcaldia Nº 017-2008-ALC/MSI publicado en la edicion del 10 de MORDAZA de 2008. DICE: "ARTICULO 13.- MODIFICACION DEL ARTICULO 21 (...) Articulo 21.- Indice de Espacios de Estacionamiento en Zonificacion Comercial (...) Excepciones para otorgar Licencia de Funcionamiento (...) Para el otorgamiento de las licencias de funcionamiento de actividades economicas en zonificacion de Comercio Metropolitano (CM) que se desarrollen en horario exclusivamente nocturno, que no se superpongan con el horario establecido para las actividades comerciales de 7:00 a.m. a 11:00 p.m., estas podran cubrir su requerimiento de estacionamientos contabilizando los estacionamientos en la via publica ubicados en las zonas de estacionamiento bajo administracion de la municipalidad, siempre y cuando estos se encuentren ubicados dentro de un radio no mayor a 500 metros de distancia."

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.