Norma Legal Oficial del día 21 de mayo del año 2008 (21/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, miercoles 21 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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Adjunto (e) a la Defensora del Pueblo, con Nivel y Categoria D8, debera ausentarse del MORDAZA por motivos personales, por el periodo comprendido desde el 21 de MORDAZA al 20 de junio de 2008; Que, el literal e) del articulo 59º del Reglamento Interno de Trabajo de la Defensoria del Pueblo, aprobado por Resolucion Administrativa Nº 004-2007/DP, establece que el encargo es temporal, excepcional y fundamentado. Asi tambien, dispone que la aprobacion del encargo corresponde al Titular del pliego en caso de ausencia o vacancia de aquel que viene ejerciendo cargos de responsabilidad directiva de los niveles D7 y D8; Que, debido a la ausencia del abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien ejerce el cargo de Primer Adjunto (e) a la Defensora del Pueblo, y con el fin de asegurar la continuidad de la gestion institucional y el funcionamiento de la citada unidad organica, es menester encargar la coordinacion administrativa de la Primera Adjuntia, al abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, durante el periodo comprendido desde el 21 de MORDAZA al 20 de junio de 2008; Con los visados de la Primera Adjuntia y de las oficinas de Gestion de Recursos Humanos y de Asesoria Juridica; En uso de las facultades conferidas por el articulo 5º y el numeral 8) del articulo 9º de la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo, en concordancia con el literal d) del articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Defensoria del Pueblo, aprobado por la Resolucion Defensorial Nº 0039-2006/DP y con el literal e) del articulo 59º del Reglamento Interno de Trabajo, aprobado por la Resolucion Administrativa Nº 004-2007/DP y su modificatoria, aprobada por la Resolucion Administrativa Nº 025-2007/DP; SE RESUELVE: Articulo Unico.- ENCARGAR la coordinacion administrativa de la Primera Adjuntia al abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Adjunto para los Derechos Humanos y las Personas con Discapacidad, a partir del 21 de MORDAZA de 2008 y en tanto dure la ausencia del abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA CHUMBE. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Defensora del Pueblo 201947-1

Que, mediante la Ley Nº 27658 - Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, se declara al Estado Peruano en MORDAZA de modernizacion en sus diferentes instancias, dependencias, entidades organizaciones, procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestion publica y construir un estado democratico, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 984-2007JNAC/RENIEC de fecha 06 de diciembre del 2007, se aprobo la actualizacion de la Directiva DI-001-JNAC/001 "Formulacion de los Documentos de Gestion Interna", MORDAZA Edicion; Que, resulta necesario contar con un documento de gestion que establezca los lineamientos para la comprobacion de las firmas presentadas por las organizaciones politicas y de la sociedad civil en los casos que senala la ley; Estando a las facultades conferidas por la Ley N° 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil y el Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Resolucion Jefatural N° 095-2008-JNAC/ RENIEC de fecha 21 de Febrero de 2008; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dejar sin efecto la Resolucion Jefatural N° 259-2006-JEF/RENIEC del 17 de MORDAZA de 2006, que aprobo la Directiva DI-033-GAE/003 "Verificacion de Firmas de las Listas de Adherentes". Articulo Segundo.- Aprobar la Directiva DI-088GOR/016 "Verificacion de Firmas de las Listas de Adherentes", Primera Version. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Planificacion y Presupuesto la difusion de la Directiva DI-088-GOR/016 "Verificacion de Firmas de las Listas de Adherentes", Primera Version, conforme a lo dispuesto en la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 201766-2

MINISTERIO PUBLICO
Convierten fiscalias en Primera y MORDAZA Fiscalias Provinciales de Familia de Huancavelica y en Fiscalia Provincial Civil de Huancavelica
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 616-2008-MP-FN MORDAZA, 14 de MORDAZA del 2008 VISTO Y CONSIDERANDO: Que mediante el Oficio Nº 384-2008-MP-FSD-HVCA, el Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de Huancavelica solicita la conversion de las tres Fiscalias Provinciales Civiles y Familia de Huancavelica, en atencion al incremento considerable de la carga laboral de los casos en materia contencioso administrativo y de familia, con el fin de mejorar la distribucion de las denuncias y expedientes entre los referidos despachos, asi como brindar una adecuada atencion al publico usuario en dichas materias. Que a traves del Oficio Nº 195-2008-MP-FN-GG/ GEPRE, la Gerencia de Planificacion, Racionalizacion y Estadistica remite el registro de carga laboral de las citadas fiscalias, advirtiendose de su analisis la conveniencia de la conversion solicitada, lo cual permitira mejorar el servicio a la ciudadania de la localidad. Que la Fiscal de la Nacion como Titular del Ministerio Publico, es responsable de dirigir, orientar y formular la politica institucional, siendo uno de sus principales objetivos ofrecer a la sociedad un servicio fiscal eficiente y oportuno. En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico.

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Aprueban la Directiva DI-088-GOR/016 "Verificacion de Firmas de las Listas de Adherentes", Primera Version
RESOLUCION JEFATURAL N° 288-2008-JNAC/RENIEC MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2008. VISTOS: el Oficio Nº 000978-2008/GPP/RENIEC de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, el Informe Nº 000145-2008/SGPR/GPP/RENIEC de la Sub Gerencia de Planificacion y Racionalizacion y el Informe N° 0003182008-GAJ/RENIEC de la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, es el organismo encargado de manera exclusiva y excluyente de las funciones de organizar y actualizar el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, asi como registrar los nacimientos, matrimonios, defunciones y los actos referidos a la capacidad y al estado civil;

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