Norma Legal Oficial del día 21 de mayo del año 2008 (21/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, miercoles 21 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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POR TANTO: Publiquese, registrese y cumplase.

Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Ica, a los veintiun dias del mes de MORDAZA del dos mil siete. MORDAZA TRIVENO MORDAZA Presidente Regional 201274-1

Declaran de necesidad e interes regional la delimitacion y defensa territorial de la Region Ica
(La presente MORDAZA se publica a solicitud del Gobierno Regional de Ica, mediante Oficio Nº 317-2008-GOREICA-GGR/SCR, recibido el 19 de MORDAZA de 2008) ORDENANZA REGIONAL Nº 0013-2007-GORE-ICA 23 de MORDAZA de 2007 El Consejo Regional de Ica, en Sesion Ordinaria Descentralizada de fecha 14 de MORDAZA del 2007, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica de 1993, la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y la Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27783, consideran a la Region Ica, como una persona juridica de derecho publico, con autonomia en los asuntos de su competencia, cuya jurisdiccion tienen en su respectiva circunscripcion territorial; Que, la gestion del Gobierno Regional de Ica, en su Plan Operativo Institucional ­ 2007 (POI), se rige por los principios de inclusion e integracion, los mismos que prescriben, que los Gobiernos Regionales desarrollan politicas y acciones integrales de Gobierno, dirigidas a promover la inclusion economica, social, politica y cultura de grupos sociales tradicionalmente excluidos y marginados del Estado, principalmente los ubicados en las fronteras y en el ambito rural organizados en centros poblados y otros, nutriendose de sus perspectivas y aportes; Que, el Art. 50 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada, considera como una de las funciones especificas del Gobierno Regional, en materia de poblacion, programar y desarrollar acciones que impulsen una distribucion territorial de la poblacion, en funcion a las potencialidades de desarrollo regional y sobre la base de los planes de ordenamiento territorial y de la capacidad de las Ciudades para absorber flujos migratorios; en ese sentido el inciso e) del mismo Art. Considera como funcion, generar alternativas a la emigracion rural, a traves del fortalecimiento de capacidades productivas, el mejoramiento de infraestructura y el equipamiento de centros poblados, como es el caso de "Nuevo Ayacucho", que permita la atencion y necesidades de la poblacion dispersa y aislada; Que, tambien son funciones del Gobierno Regional de Ica, en materia de ordenamiento territorial, al MORDAZA del Art. 53º de la Ley Nº 27867, formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas en materia de ordenamiento territorial, asi como de planificar y desarrollar acciones de ordenamiento y delimitacion en el ambito del territorio Regional; Que, el inciso g) del Art. 60º de la Ley Nº 27867, precisa como funcion especifica del Gobierno Regional, en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades, formular y ejecutar politicas y acciones concretas orientadas a la inclusion, priorizacion y promocion de los centros poblados y otros, en el ambito de su jurisdiccion; Que, en las lineas de demarcacion territorial, aun no definida y colindante con la Region MORDAZA, se encuentran centros poblados, como es el caso de "Nuevo Ayacucho", que han estado tradicionalmente excluidas y marginadas sin presencia estatal, sin estar comprendidas en planes de ordenamiento territorial, fortalecimiento de capacidades

productivas, ni mejoramiento de infraestructura y equipamiento como centro poblado, situacion que exige el diseno, formulacion y ejecucion de politicas publicas y acciones concretas orientadas a la inclusion, priorizacion y promocion de estos centros poblados, en el ambito de su jurisdiccion, especialmente aquellas que se encuentran en la MORDAZA de conflicto con la Region MORDAZA, provincia de Canete, SUSTENTO QUE ACREDITA DECLARAR DE NECESIDAD E INTERES REGIONAL LA DELIMITACION TERRITORIAL DE LA REGION ICA, ASI COMO LA ADOPCION DE POLITICAS PUBLICAS DE GOBIERNO REGIONAL, CONCORDANTES CON LOS PLANES INTEGRACIONISTAS DEL GOBIERNO NACIONAL. TODO LO CUAL SUPONE LA ASIGNACION DE RECURSOS DE INVERSIONES Y FUNCIONAMIENTO PARA LA IMPLEMENTACION DE LAS MISMAS, DE ACUERDO A LA DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA GENERADA CONFORMA A LA NORMATIVIDAD VIGENTE; Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesion Ordinaria de fecha 14 de MORDAZA del 2007, contando con el MORDAZA unanime de los Consejeros Regionales y en uso de las atribuciones conferidas por la Constitucion y el Art. 37º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero.- DECLARAR de Necesidad e Interes Regional la delimitacion y defensa territorial de la Region Ica, adoptandose una politica integracionista, concordante con las politicas del Gobierno Central. Articulo Segundo.- DISPONER que el Ejecutivo del Gobierno Regional de Ica, desarrolle el Plan Operativo Institucional 2007 y adopte todas las medidas necesarias que conduzcan a la asignacion de recursos, para cumplir con los objetivos indicados, en tal sentido, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial debera habilitar la partida presupuestal correspondiente, conforme a la normatividad vigente. Articulo Tercero.- DEJESE sin efecto cualquiera otra Ley, que se oponga a la presente Ordenanza Regional. POR TANTO: Publiquese, registrese y cumplase. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Ica, a los veintiun dias del mes de MORDAZA del dos mil siete. MORDAZA TRIVENO MORDAZA Presidente Regional 201274-2

Declaran ineficaz para la Region Ica el Proyecto de Ley Nº 02037-2007 referido a adjudicacion a titulo oneroso de terrenos eriazos ubicados en las Pampas Melchorita
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 0018-2008-GORE-ICA Ica, 21 de MORDAZA de 2008 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesion Ordinaria de fecha 14 de MORDAZA del ano 2008. CONSIDERANDO: Que, el articulo 3º de la Ley Nº 27867 "Ley Organica de Gobiernos Regionales" establece que, "los gobiernos regionales tienen jurisdiccion en el ambito de sus respectivas circunscripciones, conforme a Ley" Que, el grupo parlamentario Nacionalista - Union por el Peru, ha presentado el Proyecto de Ley Nº 02037-2007CR mediante el cual propone, "adjudicar a titulo oneroso en propiedad y en via de regularizacion, el inmueble ubicado en el distrito de San MORDAZA de Canete, provincia de Canete, departamento de MORDAZA, a nombre del Ministerio

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