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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 21 de mayo de 2008 372549 a) Sobre obras cuyos presupuestos contratados hayan sido reajustados como consecuencia de la variación mencionada en el período correspondiente. b) Sobre el monto del adelanto que el propietario hubiera entregado oportunamente con el objeto de comprar materiales específi cos. Artículo 4º.- Los montos de obra a que se refi ere el Art.2º comprende el total de las partidas por materiales, mano de obra, leyes sociales, maquinaria y equipo, gastos generales y utilidad del contratista. Artículo 5º.- Los adelantos en dinero que el propietario hubiera entregado al contratista, no se eximen de la aplicación de los Factores de Reajuste, cuando éstos derivan de los aumentos de mano de obra. Artículo 6º.- Los factores totales que se aprueba por la presente Resolución, serán acumulativos por multiplicación en cada obra, con todo lo anteriormente aprobado por el INEI, desde la fecha del presupuesto contratado y, a falta de éste, desde la fecha del contrato respectivo.Artículo 7º.- Las Áreas Geográfi cas comprenden los departamentos siguientes: a) Área Geográfi ca 1: Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Cajamarca, Amazonas y San Martín. b) Área Geográfi ca 2: Ancash, Lima, Provincia Constitucional del Callao e Ica. c) Área Geográfi ca 3: Huánuco, Pasco, Junín, Huancavelica, Ayacucho y Ucayali. d) Área Geográfi ca 4: Arequipa, Moquegua y Tacna.e) Área Geográfi ca 5: Loreto.f) Área Geográfi ca 6: Cusco, Puno, Apurímac, y Madre de Dios. Regístrese y comuníquese. RENÁN QUISPE LLANOS Jefe ANEXO RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 152-2008-INEI CUADRO DE FACTORES DE REAJUSTE DERIVADOS DE LA VARIACIÓN DE PRECIOS DE TODOS LOS ELEMENTOS QUE INTERVIENEN EN EL COSTO DE LAS OBRAS DE EDIFICACIÓN CORRESPONDIENTES AL PERÍODO DEL 01 AL 30 DE ABRIL DEL 2008 ÁREAS GEOGRÁFICAS NºOBRAS DE EDIFICACIÓN Edifi cación de 1 y 2 Pisos Edi fi cación de 1 y 2 Pisos Edi fi cación de 3 y 4 Pisos Edi fi cación de 3 y 4 Pisos (Terminada) (Casco Vestido) (Terminada) (Casco Vestido) M.O. Resto Elem.Total M.O. Resto Elem.Total M.O. Resto Elem.Total M.O. Resto Elem.Total 1 1.0000 1.0229 1.0229 1.0000 1.0173 1.0173 1.0000 1.0302 1.0302 1.0000 1.0215 1.0215 2 1.0000 1.0234 1.0234 1.0000 1.0190 1.0190 1.0000 1.0304 1.0304 1.0000 1.0223 1.0223 3 1.0000 1.0210 1.0210 1.0000 1.0155 1.0155 1.0000 1.0279 1.0279 1.0000 1.0192 1.0192 4 1.0000 1.0241 1.0241 1.0000 1.0181 1.0181 1.0000 1.0310 1.0310 1.0000 1.0223 1.0223 5 1.0000 1.0251 1.0251 1.0000 1.0207 1.0207 1.0000 1.0325 1.0325 1.0000 1.0243 1.0243 6 1.0000 1.0185 1.0185 1.0000 1.0113 1.0113 1.0000 1.0262 1.0262 1.0000 1.0164 1.0164 201967-2 INSTITUTO GEOLOGICO MINERO METALURGICO Disponen publicación de concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de abril de 2008 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 056-2008-INGEMMET/PCD Lima, 12 de mayo del 2008CONSIDERANDO:Que, por Decreto Supremo Nº 008-2007-EM se aprueba la fusión del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero – INACC con el Instituto Geológico Minero y Metalúrgico – INGEMMET, correspondiéndole al Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET la calidad de entidad incorporante; Que, mediante Decreto Supremo Nº 035-2007-EM del 05 de julio del 2007, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC, publicará mensualmente en el diario ofi cial El Peruano, por una sola vez, la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Con la visación de la Dirección de Concesiones Mineras y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; y, el artículo 24 del Decreto Supremo Nº 018-92-EM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Publíquese en el diario ofi cial El Peruano las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de abril del 2008, de acuerdo a la relación adjunta que es parte integrante de la presente resolución y para los efectos a que se contraen los artículos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Regístrese y publíquese.JAIME CHÁVEZ RIVA GÁLVEZ Presidente del Consejo Directivo 201497-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Nueva relación de medios de pago a que se refiere el primer párrafo del artículo 4º - A del Decreto Supremo Nº 047-2004-EF RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 071-2008/SUNAT Lima, 20 de mayo de 2008Descargado desde www.elperuano.com.pe