Norma Legal Oficial del día 22 de mayo del año 2008 (22/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano MORDAZA, jueves 22 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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de lucro, Fundaciones, Comites del Distrito, de los micro y pequenos empresarios, de los medianos y MORDAZA empresarios, de las Universidades Publicas y Universidades Privadas y de las Juntas Zonales del distrito que participen en la Comision Ambiental Municipal seran elegidos democraticamente en sus respectivas instituciones cuando ello corresponda, habiendose encargado el cumplimiento de dicha disposicion a la Oficina de Participacion Vecinal; Que, la Oficina de Participacion Vecinal mediante Informe Nº 039-2008-MPL-OPV de fecha 5 de MORDAZA de 2008 senala que en cumplimiento de la disposicion mencionada en el considerando precedente, ha realizado las coordinaciones con las entidades que conforman la Comision Ambiental Municipal, remitiendo la relacion de los representantes designados a efectos que se proceda a la conformacion de la mencionada Comision; En uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del articulo 20º y el articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA:

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Otorgan Beneficio Extraordinario a favor de contribuyentes y/o administrados del distrito
ORDENANZA Nº 083-2007/MDSB San MORDAZA, 7 de diciembre del 2007 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de San MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, establece que los gobiernos locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los MORDAZA de su competencia; Que, conforme a lo establecido por el numeral 4) del articulo 195º y por el articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades crean, modifican y suprimen contribuciones y tasas, o exoneran de estas, dentro de su jurisdiccion y dentro de los limites que senala la Ley. Que, el articulo 41° del Texto Unico Ordenado del codigo tributario aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF, establece que las deudas tributarias solo podran ser condonadas por MORDAZA expresa con rango a ley. Excepcionalmente, los gobiernos locales podran condonar con caracter general, el interes moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren. Que, es politica del la actual gestion municipal, promover mecanismos que faciliten el pago de la deuda tributaria y administrativa, a traves de incentivos que permitan la captacion de recursos economicos, para la prestacion efectiva de los servicios publicos; asi como otorgar el MORDAZA de facilidades a los contribuyentes y/o administrados, mediante un regimen temporal que permita el saneamiento de las deudas tributarias y no tributarias; De conformidad con lo dispuesto por los incisos 8) y 9) del articulo 9º y por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, el Concejo por Mayoria aprobo la siguiente: ORDENANZA DE CONDONACION TRIBUTARIA Articulo Primero.- OBJETIVO: La presente ordenanza tiene como objetivo otorgar "UN BENEFICIO EXTRAORDINARIO", para todos aquellos contribuyentes y/o administrados que tengan deudas tributarias pendientes de pago, incluyendo cartas de compromiso, dentro de la jurisdiccion de San MORDAZA, desde el 1 de enero del ano 2002 hasta el 31 de diciembre del 2007. Articulo Segundo.- BENEFICIOS TRIBUTARIOS Los contribuyentes que tengan deudas tributarias, cartas de compromisos pendientes de pago, hasta la fecha indicada en el articulo precedente, podran acogerse al presente beneficio, que consiste en el PAGO CONJUNTO Y AL CONTADO, de lo adeudado por Impuesto Predial mas Arbitrios Municipales, en las condiciones siguientes: a) Deudas Impuesto Predial: Condonacion del 100% de los intereses moratorios, solo en caso del pago al contado hasta el (1er. Mes de Publicada la Ordenanza) queda entendido que, para

Articulo Primero.- FORMALIZAR la constitucion de la Comision Ambiental Municipal ­ CAM de Pueblo Libre, la misma que estara integrada por las siguientes personas: · Sr. Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Representante de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, quien la presidira. · Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Representante de la Asociacion MORDAZA de Jovenes elegido por las Asociaciones Civiles sin fines de lucro, Fundaciones y Comites con residencia en el distrito · Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Representante de Inversiones Agroforestales S.A. elegido entre los Micro y Pequenos Empresarios del distrito · Sr. MORDAZA Ravello MORDAZA Representante de Maestro Home Center elegido entre los Medianos y MORDAZA Empresarios del distrito · Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Representante del Museo Nacional de Arqueologia, Antropologia e Historia · Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Representante de la Administracion Tecnica del distrito de Riego Chillon-Rimac-Lurin · Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Representante de la Universidad MORDAZA MORDAZA elegido entre las Universidades Publicas del distrito · Sra. MORDAZA MORDAZA Anzualdo Representante de la Universidad MORDAZA Garcilaso de la MORDAZA elegida entre las Universidades Privadas del distrito · Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Representante de la Unidad de Gestion Educativa Local ­ UGEL Nº 3 · Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Representante elegido entre los Presidentes de las Juntas Zonales del distrito · Sr. MORDAZA Oshiro Arashiro Representante del Hospital MORDAZA MORDAZA · Sr. MORDAZA MORDAZA Goyburu Representante de la Compania de Bomberos MORDAZA Nº 36 Articulo Segundo.- PRECISAR que en el caso de los representantes electos, estos ejerceran su cargo por un periodo de dos (2) anos, contados a partir de la publicacion del presente Decreto de Alcaldia en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicacion del presente Decreto de Alcaldia. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA NORMAND MORDAZA 202950-2

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