Norma Legal Oficial del día 22 de mayo del año 2008 (22/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano MORDAZA, jueves 22 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, conforme con lo previsto en los articulos 197º y 198º de la Constitucion Politica del Peru del ano 1993, modificado por la Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion Ley Nº 27680 Ley de Bases de Descentralizacion Ley Nº 27783, Ley Organica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867 su modificatoria Ley Nº 27902, Decreto Ley Nº 19338 del 28 de marzo de 1972 y sus modificatorias que crean el Sistema Nacional de Defensa Civil denominado SINADECI, con el Dictamen Nº 001-2008-COAAPMADC-CR-GRL de la Comision Ordinaria de Agricultura, Areas Protegidas, Medio Ambiente y Defensa Civil, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO:

Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 191º senala que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Decreto Ley Nº 19338 del 28 de marzo de 1972 modificado por el Decreto Ley Nº 735 en su articulo 1º crea el Sistema Nacional de Defensa Civil denominado SINADECI; y en su articulo 2º literal a) establece como uno de sus objetivos "Prevenir danos evitandolos o disminuyendo su magnitud"; en el articulo 4º: establece el orden jerarquico en el cual incluye las Oficinas de Defensa Civil Regionales y las de los Gobiernos Locales, indica asi mismo que es el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) es el ente rector y normativo del Sistema Nacional de Defensa Civil. Que, el Decreto Ley Nº 19338, establece en su articulo 6º, modificado por el articulo 1º del Decreto Legislativo Nº 905, en su inciso "c" como una de sus funciones principales: Brindar Atencion de Emergencia, proporcionando apoyo inmediato a la poblacion afectada por desastres, considerando como Atencion de Emergencia, la accion de asistir a un grupo de personas que se encuentran en una situacion de peligro inminente o que hayan sobrevivido a los efectos devastadores de un fenomeno natural o inducido por el hombre, basicamente en lo concerniente a asistencia de techo, abrigo y alimentos asi como la recuperacion provisional de los servicios publicos esenciales; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 075-2005PCM, se aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del INDECI; Que, la Ley de Bases de Descentralizacion Ley Nº 27783 establece en el Capitulo IV de las competencias de los Gobiernos Regionales, articulo 35º inciso a) "Planificar el desarrollo integral de su region y ejecutar los programas socioeconomicos correspondientes", por lo cual constituye de su competencia la elaboracion del Plan de Contingencias de Desastres Naturales entre otros planes; Que la Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobierno Regionales, en su articulo 61º literal a) establece como funcion especifica en materia de Defensa Civil, "Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las politicas en materia de Defensa civil, en concordancia con la politica general del gobierno y los planes sectoriales"; el literal b) Dirigir el Sistema Regional de Defensa Civil, asi mismo el literal c) Organizar y ejecutar acciones de prevencion de desastres y brindar ayuda directa e inmediata a los damnificados y la rehabilitacion de las poblaciones afectadas; Que, el Decreto Supremo Nº 001-A-2004-DE/SG aprueba el Plan Nacional de Prevencion y Atencion de Desastres y establece en el Art. 2º que los Planes Regionales que se deriven deben ser aprobados mediante Ordenanza Regional; Que, la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, MORDAZA acotada, en el literal f) del articulo 9º establece como competencias constitucionales, dictar las normas inherentes a la gestion regional; Que, son fundamentos de politica regional, la prevencion y la atencion de desastres, la conservacion del ambiente MORDAZA, vial y productivo y principalmente la MORDAZA humana, la equidad social y la suspension de la pobreza;

Que, los fundamentos MORDAZA citados requieren de una eficaz y eficiente gestion en materia de Defensa Civil, expresada en una adecuada Gestion de Riesgos, con un acertado desarrollo sostenible de los pueblos de la Region MORDAZA, la sensibilizacion de las autoridades y poblacion, asi como la MORDAZA participacion de sus instituciones y poblacion; Que, el Comite Regional de Defensa Civil en sesion desarrollada el dia 18 de diciembre de 2007, en la sede del Gobierno Regional acordo aprobar el Plan Regional de Prevencion y Atencion de Desastres, en el cual se establecio una fase de implementacion; Que, en sesion Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, llevada a cabo en la MORDAZA de MORDAZA el 31 de marzo de 2008, aprobo por unanimidad el Proyecto de Ordenanza Regional del Plan de Prevencion y Atencion de Desastres 2007 al 2012 del Comite de Defensa Civil de la Region Lima; Que, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Gobiernos Regionales articulos 37º literal a y 38º de la Ley Nº 27867 y sus modificatorias Ley Nº 27902, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053, el Consejo Regional ha emitido la siguiente ordenanza que; RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR El Plan de Prevencion y Atencion de Desastres 2007 al 2012 del Comite Regional de Defensa Civil de MORDAZA, documento que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la difusion de la presente Ordenanza Regional al Jefe de la Oficina Regional de Defensa Civil, quien actua como Secretario Tecnico del Comite Regional de Defensa Civil. Articulo Tercero.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, disponiendose su publicacion asimismo en un Diario de Circulacion Regional y en el MORDAZA del Gobierno Regional de MORDAZA (www.regionlima. gob.pe). En MORDAZA, a los treintiun dias del mes de marzo del dos mil ocho. POR TANTO: Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejera Delegada Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA Mando se comunique, publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de MORDAZA, Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los tres dias el mes de MORDAZA del dos mil ocho. MORDAZA O. MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 201907-2

Aprueban Sistema Regional de Gestion Ambiental en el ambito del Gobierno Regional de MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 04-2008-CR-RL EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA: POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en concordancia con lo estipulado en los articulos 197º y 198º de la Constitucion Politica del Peru de 1993, modificado por la ley de reforma Constitucional, del Capitulo XVI, del Titulo IV, sobre Descentralizacion

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