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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MAYO DEL AÑO 2008 (22/05/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 69

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 22 de mayo de 2008 372635 CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera, un Pliego Presupuestal; Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador, correspondiéndole las funciones y atribuciones establecidas en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y en el Reglamento Interno del Consejo Regional; Que, en la sesión extraordinaria llevada a cabo el día 31 de marzo de 2008, en la ciudad de Huacho, durante la exposición de los miembros de la Comisión Ordinaria de Agricultura, Áreas Protegidas, Medio Ambiente y Defensa Civil respecto al proyecto de Ordenanza Regional que aprueba el Plan de Prevención y Atención de Desastres 2007 al 2012 del Comité de Defensa Civil del Gobierno Regional de Lima, los Consejeros Regionales por las Provincia de Oyón y Huaura, ingeniero Santos Tomás Quispe Murga y doctora Marianela Junco Barrera, respectivamente, solicitaron se asigne recursos económicos para la prevención de desastres en el ámbito de la Región Lima; por lo que luego del informe verbal del Gerente Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondionamiento Territorial Economista Luis Aguilar Ramos, y del debate entre los miembros del Consejo Regional y con el voto en unánime de los concurrentes a la sesión de Consejo; En uso de sus facultades conferidas en los incisos k) y s) del artículo 15° de la Ley N° 27867 – “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales”, concordante con el artículo 39° del mismo cuerpo legal; ACUERDA:Artículo Primero: ASIGNAR la suma de S/1’ 000, 000.00 (UN MILLÓN DE 00/100 NUEVOS SOLES), que por concepto de Canon, Sobre canon y regalías mineras percibirá el Gobierno Regional de Lima, en el presente año por parte del Gobierno Central, a fi n de destinarlo en atención a la prevención de desastres, que por situación de emergencia se pudiera presentar en el ámbito de la Región Lima. Artículo Segundo: DISPONER que la situación de emergencia a que se refi ere el artículo que antecede, será declarado cuando corresponda por el Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima. Artículo Tercero: El presente Acuerdo de Consejo se publicará en el Diario Ofi cial El Peruano; asimismo se dispone su publicación en un Diario de Circulación Regional y en el portal del Gobierno Regional de Lima (www.regionlima.gob.pe). POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.BEATRIZ EUGENIA CASTILLO OCHOA Consejera DelegadaConsejo Regional del GobiernoRegional de Lima 201907-3 Fijan fecha de término de la situación de emergencia declarada mediante el Acuerdo Nº 019-2008-CR/GRL ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 034-2008-CR/GRL Huacho, 31 de marzo de 2008 VISTOS: El pedido del Consejero Regional por la provincia de Cañete, ingeniero José Gregorio Mosto Fonseca, a fi n de fi jar un término al período de la situación de emergencia declarado por Acuerdo de Consejo Nº 19-2008-CR/GRL de fecha 27 de febrero de 2008;CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera, un Pliego Presupuestal; Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador, correspondiéndole las funciones y atribuciones establecidas en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y en el Reglamento Interno del Consejo Regional; Que, mediante Acuerdo de Consejo Nº 019-2008- CR/GRL de fecha 27 de febrero de 2008, se declaró en situación de emergencia las provincias de Cajatambo, Canta, Cañete, Huaura, Huarochiri, Yauyos y Oyon, debiendo el Gobierno Regional de Lima dar prioridad en la atención en el uso de maquinaria pesada para el mantenimiento y rehabilitación de carreteras principales y trochas carrozables y defensa ribereña. Que, asimismo en el mismo Acuerdo de Consejo, se dispuso solicitar que el Gobierno Regional de Lima destine ropa y alimentos a los pobladores de las zonas alto andinas declaradas en situación de emergencia y que en el término de la distancia los Directores de las Ugeles, informen sobre la situación de los locales de las Instituciones Educativas de sus jurisdicciones. Que, sin embargo en dicho Acuerdo de Consejo, no se precisó el término del período de la situación de emergencia Que, el Consejero Regional por la provincia de Cañete, ingeniero José Gregorio Mosto Fonseca, a fi n de fi jar un término al período de la situación de emergencia declarado por Acuerdo de Consejo Nº 19-2008-CR/GRL de fecha 27 de febrero de 2008, por lo que luego del debate entre los miembros del Consejo Regional y con el voto en unánime de los concurrentes a la sesión de Consejo; En uso de sus facultades conferidas en los incisos k) y s) del artículo 15° de la Ley N° 27867 – “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales”, concordante con el artículo 39° del mismo cuerpo legal; ACUERDA:Artículo Primero: FIJAR como término de la situación de emergencia, declara por Acuerdo de Consejo Nº 019-2008-CR/GRL, el 30 (treinta) de abril de 2,008. Artículo Segundo: DISPONER que el Gobierno Regional de Lima, informe detalladamente al término de la situación de emergencia al Consejo Regional sobre los gastos incurridos como consecuencia de dicha situación. Artículo Tercero: El presente Acuerdo de Consejo se publicará en el Diario Ofi cial El Peruano; asimismo se dispone su publicación en un Diario de Circulación Regional y en el portal del Gobierno Regional de Lima (www.regionlima.gob.pe). POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.BEATRIZ EUGENIA CASTILLO OCHOA Consejera DelegadaConsejo Regional del GobiernoRegional de Lima 201907-4 Aprueban justificar inasistencia de Consejero Regional a sesión ordinaria del Consejo Regional ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 035-2008-CR/GRL Huacho, 7 de abril de 2008 VISTO: El pedido del Consejero Regional por la provincia de Cajatambo, ingeniero Igor Orestes Galarza de la Cruz, quien solicita justifi car su inconcurrencia a la sesión ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Descargado desde www.elperuano.com.pe