Norma Legal Oficial del día 22 de mayo del año 2008 (22/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano MORDAZA, jueves 22 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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personal, trastocando el destino final, para el cual fueron presupuestados dichos fondos, segun el Programa de Salud Local PSL) y contraviniendo la Ley de Presupuesto Publico de la Republica. Al respecto, cabe resaltar que el PSL, es el instrumento tecnico que describe la programacion de la atencion basica y sustenta los gastos (Remuneraciones y gastos corrientes); asi como, los recursos a ser asignados para el ejercicio presupuestal correspondiente, y una vez aprobado se financia con Recursos Ordinarios (RO) del Tesoro Publico y Recursos Directamente Recaudados (RDR); reiterandose que los RDR, constituyen recursos incluidos en la programacion de ingresos y gastos del PSL; Que, de otro lado, contraviniendo la normatividad vigente, en el mes de MORDAZA del 2006, por acuerdo del Consejo Directivo (Acta de fecha 21.MAR. 2006) a propuesta del gerente, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se realizo una transferencia de fondos de la Cuenta Corriente Nº 700-3000062876 ­Interbank (destinada al pago de remuneraciones), a la Cuenta Corriente Nº 700.3000062868 ­ Interbank de Recursos Directamente Recaudados, por la suma de S/. 1 500,00; segun Cheque Nº 56485402 del 06.ABR. 2006, con la finalidad de pagar al proveedor, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por concepto de diversos gastos, girandose para el efecto el Cheque Nº 56484955, por la cantidad de S/. 1 500,00, siendo cobrado el 20.ABR.2006 (ANEXO Nº 10 del mencionado Informe Especial); Que, sobre el particular, el Gerente, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su manifestacion de fecha 22.MARZ. 2007 indica que se ejecutaron dichos gastos por su caracter necesario y urgente, debido a que en su oportunidad, no se contaba con recursos disponibles suficientes en la fuente de financiamiento de Recursos Directamente Recaudados; asimismo, que tal operacion se efectuo por la continua falencia de disponibilidad de dichos recursos y por que al proveedor MORDAZA referido, se le adeudaba credito por la suma indicada anteriormente y que suspenderia dicho credito sin se le cancelaba (ANEXO Nº 11 del mencionado Informe Especial); Que, de otro lado conviene senalar que los gastos observados, han sido rendidos mediante Actas de Declaracion Jurada de Rendicion de Cuentas, suscritas por el presidente, MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA, por el tesorero, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y por el Gerente, MORDAZA MORDAZA MORDAZA PEREZ; Que, lo expuesto se ha debido a la decision deliberada de los miembros del CLAS "OYOTUN" para desviar recursos de las Transferencias del Tesoro Publico, destinadas para el pago de remuneraciones, utilizandolos en cubrir gastos del CLAS, dandoles una aplicacion definitiva diferente a la que estaban destinados; Que, conforme a lo expuesto, los hechos constituyen indicios razonables de la comision de delito tipificado en el Art. 389º del Codigo Penal, que a la letra dice: "El funcionario o servidor que da al dinero o bienes que administra una aplicacion definitiva diferente de aquella a los que estan destinados, afectando el servicio o la funcion encomendada, sera reprimido con pena privativa de MORDAZA no menor de uno ni mayor de cuatro anos. Si el dinero o bienes que administra corresponden a programas de apoyo social, de desarrollo o asistenciales y son destinados a una aplicacion definitiva diferente, afectando el servicio o la funcion encomendada, la pena privativa de MORDAZA sera no menor de tres anos ni mayor de ocho anos". Que, los indicios razonables de la comision de delito, estan constituidos por el hecho de que el Gerente del CLAS "OYOTUN" y el Tesorero, son los responsables del manejo de los caudales, habiendo desviado los fondos publicos destinados para mejorar la calidad del servicio en el orden prescrito por las normas, en gastos que no corresponden a los objetivos del Seguro Integral de Salud, y que en todo caso debieron ser cubiertos con los ingresos propios del Establecimiento de Salud, afectando la correcta y funcional aplicacion de los fondos publicos y las funciones que se les encomendo; asi como, los fondos destinados al pago de remuneraciones, en gastos diversos, que no estan vinculados directamente con el mismo grupo generico de gastos, y sin contar con

el sustento legal correspondiente, como por ejemplo el pago de beneficios sociales, etc.; Que, las personas comprendidas en los indicios razonables de la comision del delito son: MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA, Presidente del CLAS, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Tesorero del CLAS, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente del CLAS y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Secretario del CLAS; Que, por Resolucion Ejecutiva Regional Nº262-2003GR.LAMB/PR, se designo al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Procurador Publico Regional del Gobierno Regional Lambayeque; En cumplimiento del articulo 78º de la Ley Organica de los Gobiernos Regionales N° 27867, Decreto Ley N°17537 Ley de Representacion y Defensa del Estado en Juicio, Articulo 11º del Decreto Supremo Nº 002-2003JUS "Reglamento de la Representacion y Defensa de los Derechos e Intereses del Estado a nivel del Gobierno Regional" la cual estipula para iniciar cualquier MORDAZA en nombre y representacion del Gobierno Regional, el Procurador Regional debera contar con autorizacion por Resolucion Ejecutiva Regional, con acuerdo de los Gerentes Regionales. Similar exigencia se requiere para desistirse, allanarse, conciliar o transigir, en consecuencia, es necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Gobierno Regional, el inicio de las acciones judiciales; Que, por Acuerdo del Directorio de Gerentes del Gobierno Regional, en Sesion realizada el dia 7 de MORDAZA de 2008, se acordo autorizar al Procurador Publico Regional, iniciar las acciones legales que correspondan contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe Especial Nº 002004-2008-2-0633-GR.LAMB/DRSAL-OECI; Con la visacion de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la Gerencia Regional de Infraestructura, la Gerencia Regional de Desarrollo Social, la Gerencia Regional de Desarrollo Economico, la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, la Oficina Regional de Asesoria Juridica y la conformidad de Gerencia General Regional, y; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Gobierno Regional MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a interponer las acciones legales que correspondan contra los presuntos responsables MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con las funciones de Presidente, Tesorero, Gerente y Secretario del CLAS OYOTUN respectivamente; tal como esta senalado en las Observaciones 1 y 2 del Informe Especial Nº 002-0042008-2-0633-GR.LAMB/DRSAL-OECI. Articulo Segundo.- Remitir todos los actuados, a la Procuraduria Publica del Gobierno Regional MORDAZA, transcribiendo la presente Resolucion Ejecutiva Regional para su conocimiento y fines pertinentes, ademas de publicarse en el Diario Oficial El Peruano y MORDAZA Electronico del Gobierno Regional Lambayeque. Registrese, comuniquese y publiquese YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente Regional 202219-2 RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 206-2008-GR.LAMB/PR Chiclayo, 12 de MORDAZA de 2008 VISTO: El Informe Especial Nº 003-005-2008-2-0633GR.LAMB/DRSAL-OECI, de fecha 19 de febrero de 2008,

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