Norma Legal Oficial del día 22 de mayo del año 2008 (22/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, jueves 22 de MORDAZA de 2008

Area Legal de esta Subgerencia manifiesta, que el terreno materia del presente tramite de Habilitacion MORDAZA se encuentra inscrito en la Partida Nº 49047179, del Registro de Predios de la MORDAZA Registral N° IX ­ Sede MORDAZA (fs. 09 al 16); asimismo indica, que se ha advertido la existencia de errores materiales en la Resolucion materia de evaluacion, contenidos en el Visto, asi como en el articulo MORDAZA, al consignarse el apellido MORDAZA de los copropietarios como MIRO MORDAZA, debiendo ser lo correcto MIRO MORDAZA, de acuerdo a la citada Partida Registral; respecto al incumplimiento de los Planes Urbanos en lo referente a vias; tal y como se indica en el informe tecnico, la propuesta respeta la seccion normativa asi como los modulos viales para uso industrial, establecidos en el Reglamento Nacional de Edificaciones; sin embargo, se advierte en el Plano signado con el N° 007-2008SGPUC-GDU/MDA, que no se ha graficado los martillos y los modulos viales correctamente, hecho que no enerva sustancialmente lo relativo a la seccion normativa de la via, conforme se aprecia en el corte de la misma, obrante en el plano; constituyendo error material que corresponde ser subsanado por la Municipalidad Distrital de Ate, acorde a los principios de Informalismo, Verdad Material y Eficacia, previstos en el Articulo IV, de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444; en tal sentido, dada la competencia de la citada comuna, para avocarse a la aprobacion de habilitaciones urbanas, es factible recomendar a dicha Comuna, emita el acto administrativo subsanando los errores materiales advertidos en la resolucion y el plano, de conformidad a lo previsto en el articulo 201º, numerales 201.1 y 201.2 de la citada Ley; por lo que corresponde a esta Subgerencia, en cumplimiento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878 y el Decreto de Alcaldia Nº 079, Establecer La Conformidad de la Resolucion de Gerencia Nº 023, de fecha 8 de febrero del 2008, expedida por la Municipalidad Distrital de Ate; Con el visto MORDAZA de la Division de Revision de Diseno, el Area Legal y de la Asesoria de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades N° 27972 y Leyes N° 27444, N° 26878, Reglamento Nacional de Edificaciones, Ordenanzas Metropolitanas Nº 341-MML, Nº 836-MML, Nº 812-MML, Nº 916-MML, Acuerdo de Concejo Nº 163-93, Decreto de Alcaldia Nº 079 y Resolucion Nº 33-2006-MML-GDU; SE RESUELVE: Articulo 1°.- ESTABLECER LA CONFORMIDAD de la Resolucion de Gerencia Nº 023, de fecha 8 de febrero del 2008, expedida por la Municipalidad Distrital de Ate, que resuelve aprobar de acuerdo con el Plano signado con el N° 007-2008-SGPUC-GDU/MDA, la Habilitacion MORDAZA Nueva, para Uso de Industria Liviana "I-2", del terreno de 6,000.00 m²; constituido por el lote 1-A, que formo parte del Lote 6, de la Parcelacion del Potrero MORDAZA MORDAZA, del Fundo MORDAZA (Sub lote A), ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de MORDAZA, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- RECOMENDAR a la Municipalidad Distrital de Ate, que disponga las acciones administrativas conducentes a subsanar las observaciones glosadas en el tercer considerando de la presente Resolucion, previo a su inscripcion. Articulo 3º.- NOTIFICAR la presente Resolucion al senor MORDAZA LASTENIO MORDAZA COSTA quien actua como copropietario y en representacion de sus hijas MORDAZA MORDAZA MIRO MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MIRO MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MIRO MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MIRO QUESADA; y a la Municipalidad Distrital de Ate, para su conocimiento y fines. Articulo 4°.- DAR por agotada la via administrativa. Articulo 5°.- OFICIAR con la presente Resolucion a la Gerencia de Propiedad Inmueble de la IX MORDAZA Registral Sede-Lima, SERPAR-LIMA, EMILIMA S.A.,Instituto Metropolitano de Planificacion y Division Tecnica de la Subgerencia de Adjudicacion y Saneamiento Legal de Tierras de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA de esta Corporacion, para su conocimiento y fines pertinentes Articulo 6°.- PUBLICAR la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, a cargo de los administrados, dentro de los 30 dias siguientes de notificada la misma.

Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA Subgerente Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas Gerencia de Desarrollo MORDAZA 201886-1

MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE

Establecen Disposiciones Complementarias referidas al Regimen Laboral de los Funcionarios y Servidores de la Municipalidad de Pueblo Libre
ORDENANZA Nº 289-MPL Pueblo Libre, 8 de MORDAZA de 2008 EL CONCEJO DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE POR CUANTO: El Concejo Municipal de Pueblo Libre, en Sesion Ordinaria Nº 09 de la fecha, y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, garantiza el instituto constitucional de la autonomia municipal, en sus ambitos politico, economico y administrativo, en asuntos de su competencia; dicha autonomia faculta a la municipalidad ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico, conforme lo establece el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; Que, la autonomia politica consagrada en la Carta Magna, convierte a las municipalidades en organos productores de normas generales en el ambito de sus competencias y jurisdiccion; dicha facultad normativa es ejercida por el Concejo, a traves de la dacion de ordenanzas municipales, las que de acuerdo al articulo 40º de la Ley Nº 27972, Organica de Municipalidades, son normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; y, tienen rango o valor de ley conforme al numeral 4) del articulo 200º de la Constitucion, se trata, por tanto, de normas que, aun cuando no provengan de una fuente formal como la parlamentaria, son equivalentes a las emitidas por MORDAZA y, como tales, se diferencian por el MORDAZA de competencia y no por el de jerarquia normativa. De este modo, la ordenanza, en tanto ley municipal, constituye un instrumento importante a traves del cual las municipalidades pueden ejercer y manifestar su autonomia; Que, el articulo 8º de la aludida Ley Nº 27972, establece que la administracion municipal esta integrada por los funcionarios y servidores publicos, empleados y obreros, que prestan servicios para la municipalidad. Corresponde a cada municipalidad organizar la administracion de acuerdo con sus necesidades y presupuesto. Por su parte, el articulo 37º precisa que los funcionarios y empleados de las municipalidades se sujetan al regimen laboral general aplicable a la administracion publica, conforme a ley. Los obreros que prestan servicios a las municipalidades son servidores publicos sujetos al regimen laboral de la actividad privada, reconociendoles los derechos y beneficios inherentes a dicho regimen; Que, concordante con ello, en atencion a la autonomia economica y administrativa reconocida a los Gobiernos Locales por la Constitucion, la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, MORDAZA que establece

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