Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2008 (01/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, sabado 1 de noviembre de 2008

NORMAS LEGALES
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CONSIDERANDO:

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Visto el Memorandum Nº 468-2008-MINCETUR/ VMCE, del Viceministro de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR; CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolucion Suprema Nº 165-2008MINCETUR, de fecha 10 de octubre de 2008, se autorizo el viaje, entre otros, de la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a la MORDAZA de Beijing, Republica Popular China, del 11 al 19 de octubre de 2008, a fin de que participara en la VI Ronda de Negociaciones para un Tratado de Libre Comercio entre Peru y China; Que, las negociaciones no pudieron culminarse dentro de las fechas programadas, quedando pendientes algunos temas de la Mesa de Negociacion de Acceso a Mercados, los cuales fueron reprogramados hasta el dia 21 de octubre de 2008; Que, por tal razon, el Viceministro de Comercio Exterior solicito que se autorice la permanencia de la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA en la MORDAZA de Beijing a fin de que continuara participando en tales negociaciones; Que, por tanto, es necesario modificar la Resolucion Suprema Nº 165-2008-MINCETUR, para ampliar la autorizacion de viaje de la referida profesional y autorizar los gastos adicionales que se han generado; De conformidad con la Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la Ley Nº 27790, de Organizacion y Funciones del MINCETUR, Ley Nº 27619, que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos y sus modificatorias y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar, con eficacia anticipada, el Articulo 1º de la Resolucion Suprema Nº 165-2008MINCETUR, en la parte referida a la autorizacion del viaje de la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ampliando su fecha de retorno a la MORDAZA de MORDAZA hasta el dia 22 de octubre de 2008. Articulo 2º.- Modificar, con eficacia anticipada, el Articulo 2º de la Resolucion Suprema Nº 165-2008MINCETUR, autorizando adicionalmente los gastos por concepto de pasajes y viaticos que origino el viaje de la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : Viaticos (US$ 260,00 x 3 dias) : US$ US$ 261,90 780,00

Que, mediante la Ley Nº 29131 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2008-DE, se regula el Regimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas; Que, dichas normas regulan el sistema disciplinario militar, con sustento en los principios procesales establecidos en el Articulo IV de la Ley, entre los que figura, el MORDAZA de Inmediatez, destinado a que el procedimiento sancionador MORDAZA, este caracterizado por la celeridad, eficacia y prevision de afectaciones institucionales o personales, por el transcurrir del tiempo; Que, conforme al articulo 32 de la Ley Nº 29131, Ley del Regimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas, los organos disciplinarios pueden proponer la adopcion de medidas preventivas que aseguren la eficacia de la investigacion; Que, a efectos de dar pleno cumplimiento al MORDAZA de inmediatez y garantizar la conclusion efectiva y oportuna del MORDAZA sancionador MORDAZA, resulta necesaria la modificacion de los articulos 29, 30 y 31, del Reglamento de la Ley; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8 del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Modificacion del Articulo 29, 30 y 31 del Decreto Supremo Nº 004-2008-DE, Reglamento de la Ley de Regimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas. Modifiquense los articulos 29, 30 y 31 del Decreto Supremo Nº 004-2008-DE, los cuales quedaran redactados de la siguiente manera: "Articulo 29º.Comisiones Internas de Investigacion Las Comisiones Internas de Investigacion de la Unidad/Dependencia reguladas por los articulos 50, 51 y 52 de la Ley, se sujetan al siguiente tramite: 29.1.- Los casos seran determinados y sometidos a las Comisiones de Investigacion Interna, mediante memorandum/orden interna del Comandante/Jefe de la Unidad/Dependencia o cuando el Director General de Personal o similar lo disponga. 29.2.- La determinacion de las presuntas infracciones seran consignadas en el memorandum/orden interna en forma detallada y precisa, no pudiendo la Comision Interna de Investigacion, investigar y pronunciarse sobre hechos no considerados en dicho documento. 29.3.- El Secretario de la Comision informara al Presidente, sobre el caso que ha sido sometido a esta. 29.4.- El Presidente de la Comision dispondra al Secretario efectuar las siguientes acciones: 1.- Comunicar mediante memorando/orden interna al Personal Militar investigado, las presuntas infracciones en que estaria incurso y que su caso ha sido sometido a la Comision, con la finalidad que en el plazo de cinco (05) dias habiles, contados a partir del dia siguiente de su notificacion, presente su informe de descargo, en forma detallada y cronologica, sobre los hechos que se le atribuye. En caso de requerir el investigado mayor tiempo, excepcionalmente y por razones justificadas, se le concedera un plazo ampliatorio de tres (03) dias habiles. 2.- Disponer que dicha notificacion se realice personalmente en la Unidad/Dependencia donde labora o en su domicilio, debiendo constar para el efecto el cargo de recepcion. En caso que el investigado no reciba la notificacion, se niegue a firmar el cargo o en el supuesto de encontrarse ausente, el notificador extendera MORDAZA por escrito de dichas circunstancias y dejara la comunicacion en sobre cerrado, o en su caso, la entregara bajo MORDAZA a la persona que se encuentre en el lugar de notificacion, momento a partir del cual se iniciara el computo del plazo a que se contrae el numeral precedente. 3.- Solicitar a la Oficina de Personal de la Unidad la informacion que corresponde a sus datos generales, calificacion y eficiencia, asi como su record de ausencias y sanciones. 4.- Consolidar los antecedentes o sumarios del hecho, referidos al caso materia de investigacion.

Articulo 3º.- Quedan vigentes los demas terminos de la Resolucion Suprema Nº 165-2008-MINCETUR. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Comercio Exterior y Turismo 272729-16

DEFENSA
Aprueban modificaciones al Reglamento de la Ley Nº 29131 - Ley de Regimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas
DECRETO SUPREMO Nº 023-2008-DE/SG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

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