Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2008 (01/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, sabado 1 de noviembre de 2008 PLIEGO / GOBIERNO REGIONAL GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE ICA GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE LA MORDAZA GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE MORDAZA TOTAL

NORMAS LEGALES
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UNIDAD EJECUTORA 302 EDUCACION PALPA-NAZCA 305 EDUCACION OTUZCO 300 EDUCACION MORDAZA 302 EDUCACION CONTAMANA UGEL (AMBITO) NAZCA OTUZCO MAYNAS UCAYALI CONTAMANA NIVEL EDUCATIVO INICIAL 46 20 79 0 164 PRIMARIA 122 122 252 0 601

382659
TOTAL 279 269 517 190 1,608 SECUNDARIA 111 127 186 190 843

272388-1

Fijan plazos para MORDAZA de solicitudes de revalidacion de autorizacion de funcionamiento institucional y de carreras de los Institutos Superiores Tecnologicos que han incurrido en extemporaneidad y de los que cumplan seis anos de haber sido autorizados al 31 de diciembre de 2008
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0400-2008-ED MORDAZA, 31 de octubre de 2008 CONSIDERANDO: Que, el articulo 41º del Reglamento de Creacion, Autorizacion y Revalidacion de Funcionamiento de Instituciones de Educacion Superior No Universitaria de Formacion Tecnologica, aprobado por el Decreto Supremo Nº 014-2002-ED y sus modificatorias establece que los Institutos Superiores Tecnologicos deberan revalidar sus autorizaciones de funcionamiento institucional y de cada una de sus carreras profesionales a los seis anos de ser autorizados, y posteriormente la solicitaran cada ocho anos; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 315-2008-ED, se fija el periodo comprendido entre el 1 de agosto al 20 de agosto de 2008, como plazo para la MORDAZA de las solicitudes de revalidacion institucional y de carreras profesionales de los Institutos Superiores Tecnologicos Publicos y Privados que fueron autorizados o creados a partir del 1 de enero del 2001 y, que al 31 de MORDAZA de 2008 hayan cumplido 6 anos de autorizacion o creacion institucional y de carreras; Que sin embargo, la Direccion de Educacion Superior Tecnologica y Tecnico Productiva ha advertido que existe un numero significativo de Institutos Superiores Tecnologicos Publicos y Privados, a nivel nacional, que no han cumplido con presentar sus solicitudes de revalidacion de autorizacion de funcionamiento y de sus carreras profesionales, resultando necesario establecer un MORDAZA periodo de ingreso de las solicitudes de revalidacion de las autorizaciones de funcionamiento institucional y de carreras profesionales de los Institutos Superiores Tecnologicos que han incurrido en extemporaneidad para la MORDAZA de sus respectivos expedientes en el plazo fijado por la Resolucion Ministerial Nº 315-2008-ED; Que, asimismo es necesario fijar un plazo para la MORDAZA de las solicitudes de revalidacion institucional y de carreras profesionales de los Institutos Superiores Tecnologicos Publicos y Privados que al 31 de diciembre del 2008, cumplan los seis anos de haber sido autorizados; Que, segun lo dispuesto por el Articulo 37º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0062006-ED y sus modificatorias , la Direccion General de Educacion Superior y Tecnico Profesional es responsable de formular, proponer y orientar la politica pedagogica para la Educacion Superior Tecnologica; De conformidad con la Ley Nº 28044, Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510; el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED y sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 014-2002-ED y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Fijar el periodo comprendido entre el 3 de noviembre hasta el 7 de noviembre de 2008,

para la MORDAZA de las solicitudes de revalidacion de autorizacion de funcionamiento institucional y de carreras de los Institutos Superiores Tecnologicos que han incurrido en extemporaneidad, en el periodo establecido por la Resolucion Ministerial Nº 315-2008-ED; Articulo 2º.- Fijar, el periodo comprendido entre el 1 diciembre hasta el 31 diciembre de 2008 para la MORDAZA de las solicitudes de revalidacion de autorizacion de funcionamiento institucional y de carreras de los Institutos Superiores Tecnologicos que al 31 de diciembre de 2008, cumplan los seis anos de haber sido autorizados. Articulo 3º.- La MORDAZA de las solicitudes de revalidacion institucional y/o de carreras se MORDAZA en la Oficina de Tramite Documentario del Ministerio de Educacion. Articulo 4º.- Encargar a la Direccion General de Educacion Superior y Tecnico Profesional del Ministerio de Educacion, emitir las normas complementarias que se requieran para la mejor aplicacion de la presente Resolucion. Articulo 5º.- Dejese sin efecto las disposiciones que se opongan a lo dispuesto en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion 272389-1

ENERGIA Y MINAS
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion del servicio de soporte tecnico de la Base de Datos Oracle para el Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 499-2008-MEM/DM MORDAZA, 28 de octubre de 2008 VISTOS: Los Informes Tecnicos Nº 053-2008-MEM-OGA-INF y Nº 030-2008-MEM-OGA/LOG, de fechas 28 de agosto y 16 de octubre de 2008, respectivamente, y el Informe Legal Nº 293 -2008-MEM-OGAJ de fecha 24 de octubre de 2008, que sustentan la exoneracion del Ministerio de Energia y Minas respecto del MORDAZA de Seleccion para la contratacion del servicio de soporte tecnico de la Base de Datos Oracle; CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe Nº 053-2008- MEM-OGAINF, el Director de la Oficina de Informatica senala que en el MORDAZA del MORDAZA de automatizacion y modernizacion tecnologica, el Ministerio de Energia y Minas ha desarrollado sistemas bajo la Base de Datos Relacional Oracle, que son productos escalables y confiables, por lo que su no operatividad compromete en forma directa e inminente la continuidad de servicios esenciales; Que, en ese contexto, se requiere contar por un periodo de doce (12) meses, con un servicio de soporte tecnico adecuado, que brinde la asesoria y herramientas necesarias para superar los problemas en caso de fallas,

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