Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2008 (01/11/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 1 de noviembre de 2008 382654 N° Subpartida NacionalCuode Descripcion 328 8532 22 00 00 533 Electrolíticos de aluminio 329 8532 23 00 00 533 Con dieléctrico de cerámica de una sola capa330 8532 24 00 00 533 Con dieléctrico de cerámica, multicapas331 8532 25 00 00 533 Con dieléctrico de papel o plástico332 8532 29 00 00 533 Los demás condensadores eléctricos fi jos, excepto los considerados en las subpartidas precedentes 333 8532 30 00 00 533 Condensadores variables o ajustables334 8532 90 00 00 533 Partes 335 8535 21 00 00 850 Para una tensión inferior a 72,5 kV 336 8535 29 00 00 850 Los demás disyuntores, excepto los considerados en las subpartida precedente 337 8535 30 00 00 850 Seccionadores e interruptores338 8535 40 10 00 850 Pararrayos y limitadores de tensión339 8535 40 20 00 850 Supresores de sobretensión transitoria («Amortiguadores de onda») 340 8536 20 90 00 850 Los demás disyuntores, excepto los considerados en las subpartidas precedentes 341 8536 30 90 00 850 Los demás supresores de sobretensión transitoria, excepto los considerados en las subpartidas precedentes 342 8536 49 19 00 850 Los demás relés para una tensión superior a 60 V pero inferior o igual a 260 V e intensidad inferior o igual a 30A, excepto los considerados en las subpartidas precedentes 343 8536 49 90 00 850 Los demás los demás relés para una tensión superior a 60 V pero inferior o igual a 260 V e intensidad inferior o igual a 30A, excepto los considerados en las subpartidas precedentes 344 8536 50 90 00 850 Los demás interruptores, seccionadores y conmutadores, excepto los considerados en las subpartidas precedentes 345 8537 10 10 00 850 Controladores lógicos programables (PLC)346 8537 10 90 00 850 Los demás cuadros, paneles, consolas, armarios y demás soportes equipados, para una tensión inferior o igual a 1 000 V, excepto PLC 347 8537 20 00 00 850 Para una tensión superior a 1000 V348 8538 10 00 00 850 Cuadros, paneles, consolas, armarios y demás soportes de la partida 8537, sin sus aparatos 349 8542 31 00 00 533 Procesadores y controladores, incluso combinados con memorias, convertidores, circuitos lógicos, ampli fi cadores, relojes y circuitos de sincronización, u otros circuitos 350 8542 32 00 00 533 Memorias351 8542 33 00 00 533 Ampli fi cadores 352 8542 39 00 00 533 Los demás circuitos electrónicos integrados, excepto los considerados en las subpartidas precedentes 353 8542 90 00 00 533 Partes354 8543 10 00 00 840 Aceleradores de partículas355 8543 70 30 00 840 Mando a distancia (control remoto)356 8544 11 00 00 533 De cobre357 8544 19 00 00 533 Los demás alambre para bobinar, excepto los considerados en las subpartidas precedentes 358 8544 20 00 00 533 Cables y demás conductores eléctricos, coaxiales359 8544 30 00 00 533 Juegos de cables para bujías de encendido y demás juegos de cables de los tipos utilizados en los medios de transporte 360 8544 42 10 00 533 De telecomunicación361 8544 42 20 00 533 Los demás, de cobre362 8544 42 90 00 533 Los demás conductores eléctricos, tensión inferior o igual a 1 000 V, excepto los considerados en las subpartidas precedentes 363 8544 49 10 10 533 Para una tensión inferior o igual a 80 V364 8544 49 10 90 533 Los demás conductores eléctricos, tensión inferior o igual a 1 000 V, sin piezas de conexión, excepto los considerados en las subpartidas precedentes 365 8544 49 90 10 533 Para una tensión inferior o igual a 80 V366 8544 49 90 90 533 Los demás conductores eléctricos, tensión inferior o igual a 1 000 V, sin piezas de conexión, excepto los considerados en las subpartidas precedentes 367 8544 60 10 00 533 De cobre368 8544 60 90 00 533 Los demás conductores eléctricos, tensión superior a 1 000 V, excepto los considerados en las subpartidas precedentes 369 8544 70 00 00 533 Cables de fi bras ópticas 370 8546 10 00 00 533 De vidrio371 8546 20 00 00 533 De cerámica372 8546 90 10 00 533 De silicona373 8546 90 90 00 533 Los demás aisladores eléctricos de cualquier materia , excepto los considerados en las subpartidas precedentes 374 8547 10 10 00 533 Cuerpos de bujías375 8547 10 90 00 533 Las demás piezas aislantes de cerámica, excepto los considerados en las subpartidas precedentes 376 8547 20 00 00 533 Piezas aislantes de plástico377 8547 90 10 00 533 Tubos y sus piezas de unión, de metales comunes, aislados interiormente 378 8547 90 90 00 533 Los demás piezas aislantes totalmente de materia aislante, excepto los considerados en las subpartidas precedentes 379 8604 00 10 00 920 Autopropulsados380 8604 00 90 00 920 Los demás vehículos para mantenimiento o servicio de vías férreas o similares, excepto los considerados en las subpartidas precedentesN° Subpartida NacionalCuode Descripcion 381 8608 00 00 00 930 Material fi jo de vías férreas o similares; aparatos mecánicos (incluso electromecánicos) de señalización, seguridad, control o mando para vías férreas o similares, carreteras o vías fl uviales, áreas o parques de estacionamiento, instalaciones portuarias o aeropuertos; sus partes 382 8609 00 00 00 850 Contenedores (incluidos los contenedores cisterna y los contenedores depósito) especialmente concebidos y equipados para uno o varios medios de transporte 383 9001 10 00 00 532 Fibras ópticas, haces y cables de fi bras ópticas 384 9002 90 00 00 533 Los demás lentes, prismas, espejos y demás elementos de óptica, excepto los considerados en las subpartidas precedentes 385 9014 80 00 00 810 Los demás instrumentos y aparatos, excepto las consideradas en las subpartidas precedentes 386 9015 80 10 00 810 Eléctricos o electrónicos387 9015 80 90 00 810 Los demás los demás instrumentos y aparatos de geodesia, tipografía, excepto los considerados en las subpartidas precedentes 388 9015 90 00 00 810 Partes y accesorios389 9017 20 90 00 810 Los demás instrumentos de dibujo, trazado o cálculo, excepto los considerados en las subpartidas precedentes 390 9017 80 10 00 810 Para medida lineal391 9017 80 90 00 810 Los demás de los demás instrumentos, excepto los considerados en las subpartidas precedentes 392 9017 90 00 00 810 Partes y accesorios393 9025 80 30 00 810 Densímetros, areómetros, pesalíquidos e instrumentos fl otantes similares 394 9025 80 49 00 810 Los demás de los demás instrumentos, incluso combinados entre sí, excepto los considerados en las subpartidas precedentes 395 9025 90 00 00 830 Partes y accesorios396 9026 10 12 00 810 Indicadores de nivel397 9026 10 19 00 810 Los demás instrumentos y aparatos para medida o control del caudal o nivel de líquidos, excepto los considerados en las subpartidas precedentes 398 9026 10 90 00 810 Los demás de los demás instrumentos y aparatos para medida o control del caudal o nivel de líquidos, excepto los considerados en las subpartidas precedentes 399 9026 20 00 00 810 Para medida o control de presión400 9026 80 11 00 810 Contadores de calor de par termoeléctrico401 9026 80 19 00 810 Los demás instrumentos y aparatos para medida o control del caudal o nivel de los gases, excepto los considerados en las subpartidas precedentes 402 9026 80 90 00 810 Los demás de los demás instrumentos y aparatos para medida o control del caudal o nivel de los gases, excepto los considerados en las subpartidas precedentes 403 9026 90 00 00 830 Partes y accesorios404 9027 10 10 00 810 Eléctricos o electrónicos405 9027 10 90 00 810 Los demás analizadores de gases o humos, excepto los considerados en las subpartidas precedentes 406 9027 80 30 00 810 Detectores de humo407 9027 90 90 00 810 Partes y accesorios408 9028 10 00 00 850 Contadores de gas409 9028 20 10 00 850 Contadores de agua410 9028 20 90 00 850 Los demás contadores de líquido, excepto los considerados en las subpartidas precedentes 411 9028 30 10 00 850 Monofásicos 412 9028 30 90 00 850 Los demás contadores de electricidad, excepto los considerados en las subpartidas precedentes 413 9028 90 10 00 533 De contadores de electricidad414 9028 90 90 00 533 Los demás partes y accesorios para contadores de gas o líquido 415 9030 10 00 00 810 Instrumentos y aparatos para medida o detección de radiaciones ionizantes 416 9030 20 00 00 810 Osciloscopios y oscilógrafos417 9030 31 00 00 810 Multímetros, sin dispositivo registrador418 9030 32 00 00 810 Multímetros, con dispositivo registrador419 9030 33 00 00 810 Los demás sin dispositivo registrador420 9030 39 00 00 810 Los demás instrumentos y aparatos para medida control de tensión, intensidad, resistencia o potencia, con dispositivo registrador, excepto las consideradas en las subpartidas precedentes 421 9030 40 00 00 810 Los demás instrumentos y aparatos, especialmente concebidos para técnicas de telecomunicación (por ejemplo: hipsómetros, kerdómetros, distorsiómetros, sofómetros) 422 9030 82 00 00 810 Para medida o control de obleas («wafers») o dispositivos, semiconductores 423 9030 84 00 00 810 Los demás, con dispositivo registrador424 9030 89 00 00 810 Los demás de los demás instrumentos para medida o control de magnitudes eléctricas, excepto los considerados en las subpartidas precedentes 425 9030 90 10 00 830 De instrumentos o aparatos para la medida de magnitudes eléctricas 426 9030 90 90 00 830 Los demás partes y accesorios para instrumentos y aparatos para medida o detección de radiaciones, excepto los considerados en las subpartidas precedentes 427 9031 10 10 00 810 ElectrónicasDescargado desde www.elperuano.com.pe