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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 6 de noviembre de 2008 382970 f.- Establecer mecanismos de sensibilización ambiental en las instituciones, empresas y en la población. g.- Valorar e internalizar los costos ambientales a fi n de que el responsable asuma los costos de la prevención, mitigación, rehabilitación, vigilancia y control ambiental. h.- Promover el uso de tecnologías limpias y la ecoefi ciencia. i.- Promulgar, publicar y ejecutar las normas ambientales locales. j.- Fortalecer la gestión ambiental, para lo cual debe dotarse a las autoridades de recursos, atributos y condiciones adecuadas para el ejercicio de sus funciones. Las autoridades ejercen sus funciones conforme al carácter transversal de la gestión ambiental, tomando en cuenta que las cuestiones y problemas ambientales deben ser considerados y asumidos integral e intersectorialmente y al más alto nivel. k.- Eliminar superposiciones, omisiones, duplicidades de funciones en el ejercicio de las competencias ambientales en el marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental. l.- Promover el intercambio de experiencias ambientales exitosas, en el ámbito local, regional, nacional e internacional. m.- Aprobar y ejecutar proyectos ambientales. ANEXO 02 EL SISTEMA LOCAL DE GESTIÓN AMBIENTAL DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO TÍTULO I EL OBJETO, ÁMBITO Y PRINCIPIOS Artículo 1º.- Objetivo El Sistema Local de Gestión Ambiental y sus instrumentos, tienen como objetivo establecer los mecanismos de coordinación necesarios que permitan defi nir las normas, lineamientos y disposiciones para articular las diversas organizaciones y acciones para el fortalecimiento de una gestión ambiental orientada hacia el desarrollo humano sostenible a fi n de mejorar la calidad de vida de la población del distrito de San Juan de Lurigancho. Artículo 2º.- Ámbito Las disposiciones del presente anexo 1 son de obligatorio cumplimiento por toda persona natural y jurídica, de derecho público y privado, residente, visitante o en tránsito por el distrito de San Juan de Lurigancho. Artículo 3º.- Del Desarrollo Sostenible Local Compete a la Gestión Municipal el uso y manejo responsable de los recursos naturales y desechos, en el ámbito del distrito y aledaños, la práctica de valores culturales positivos y la recuperación de las manifestaciones culturales de nuestros ancestros, para una afi rmación ciudadana con identidad que permita la satisfacción de los vecinos y una mejora en la calidad ambiental de la ciudad y ecosistemas particulares; así como el crecimiento y competitividad de las actividades económicas acorde con el uso cuidadoso del ambiente, mejorando la calidad de los servicios especializados que se prestan; en la perspectiva del Desarrollo Humano Sostenible que garantice iguales o mejores condiciones para las futuras generaciones. Artículos 4º.- Principios ambientales y lineamientos de la política ambiental municipal La gestión ambiental en el distrito de San Juan de Lurigancho se rige por los siguientes principios: Sostenibilidad.- La articulación necesaria de los objetivos de crecimiento económico, el bienestar social y la protección ambiental para mejorar la calidad de vida de la población del distrito de San Juan de Lurigancho y de las personas visitantes o que transitan por el mismo, con el uso cuidadoso de los recursos naturales e infraestructuras existentes. Integralidad.- La adopción de decisiones participativas que tomen en cuenta todos los aspectos interrelacionados, es decir, que las decisiones económicas, sociales, políticas, de salud y educación, se articulen haciendo un manejo cuidadoso y responsable de los recursos naturales generando sinergias en pro del bienestar de la población del distrito y la región. Transectorialidad.- Los lineamientos establecidos en el Sistema Local de Gestión Ambiental deben estar presentes en todas las etapas de la gestión municipal, en los procesos de planifi cación, decisión y ejecución, y en las propuestas y acciones de desarrollo de los diversos sectores que interactúan en el distrito. Prevención en la gestión.- Todos los lineamientos, acciones y decisiones en el distrito deben tomar en cuenta la necesidad de desarrollar acciones y tomar medidas preventivas y de cuidado del medio ambiente para evitar posibles riesgos o daños potenciales que puedan repercutir en el desarrollo sostenible del distrito. Participación ciudadana.- Las autoridades locales promueven la participación ciudadana e incorporan mecanismos expresos y estratégicos para motivar y viabilizar dicha participación, en forma colectiva y/o individual, en la formulación de propuestas, planes, en la toma de decisiones y en la aplicación y evaluación de las acciones de la gestión ambiental local. Información transparente y asequible.- Es necesario garantizar la información permanente a los diversos sectores en la sociedad civil sobre la situación del estado de la gestión municipal, las propuestas, acciones y posibles riesgos de los recursos que integran el patrimonio ecológico (natural), socioeconómico y cultural del distrito de San Juan de Lurigancho para lo cual se debe generar un fl ujo de información constante, entre los diversos actores, que sea frecuente, transparente y asequible. Responsabilidad Compartida.- Todas las personas naturales y jurídicas del sector público, privado y de la sociedad civil son la base para una gestión ambiental efi caz, efi ciente y sólida, lo cual los hace corresponsables de su desarrollo. Por lo tanto deben defender el ejercicio de sus derechos y cumplir con los mandatos legales que les son exigibles. Concertación interinstitucional.- Se hace práctica de la coordinación y concertación interinstitucional dentro y fuera del distrito, generando sinergias que permiten mayor efecto en las acciones y mejor logro de objetivos, especialmente en el desarrollo de la política ambiental del distrito buscando la articulación con entidades de nivel local, regional y nacional. Seguridad Jurídica.- Se mantiene el respeto a la normativa existente y se garantiza la seguridad en su respeto y aplicación para consolidar una gestión ambiental transparente y estable que fortalezca las capacidades locales, a fi n de alcanzar el desarrollo sostenible y promover el mayor fl ujo de capital e inversiones responsables en el distrito. TÍTULO II MARCO INSTITUCIONAL DE LAS INSTANCIAS DE LA GESTIÓN AMBIENTAL LOCAL Artículo 5º.- Del marco institucional El marco institucional de la gestión ambiental comprende: a) La Comisión de Regidores del Medio Ambiente. b) La Gerencia de Servicios a la Ciudad. c) La Comisión Ambiental Municipal. Artículo 6º.- De la Comisión de Regidores del Medio Ambiente La Comisión de Regidores del Medio Ambiente es un órgano consultivo del Concejo Municipal, cuya fi nalidad es realizar estudios, formular propuestas y proyectos normativos o de fi scalización para ser sometidos al Consejo Municipal, de acuerdo con el Reglamento Interno del Consejo y las atribuciones otorgadas en la Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo 7º.- De la Gerencia de Servicios a la Ciudad La Gerencia de Servicios a la Ciudad es el órgano de líneaDescargado desde www.elperuano.com.pe