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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 6 de noviembre de 2008 382957 SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la “Norma Técnico Oncológica: Protocolo de Manejo de la Unidad de Soporte Metabólico Nutricional Oncológico”, la misma que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Encargar la difusión de la presente Resolución a la Dirección de Control del Cáncer en el marco de la autonomía normativa del INEN conforme a su Ley de creación. Artículo Tercero.- Encargar su publicación en el Portal Web Institucional a la Ofi cina Ejecutiva de Comunicaciones de la Secretaría General del INEN. Artículo Cuarto.- Déjese sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS VALLEJOS SOLOGUREN Jefe Institucional 273958-1 SEGURO SOCIAL DE SALUD Declaran de interés propuesta de iniciativa privada presentada para el desarrollo del Nuevo Hospital Callao y su Centro de Atención Primaria, en el Seguro Social de Salud - ESSALUD, a través de una Asociación Público Privada RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 1285-GG-ESSALUD-2008 24 de octubre del 2008 VISTO: El Acuerdo Nº 67-17-ESSALUD-2008 adoptado en la Décima Sétima Sesión Ordinaria del Consejo Directivo, la Carta Nº 3607-OCAJ-ESSALUD-2008; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 1.2 del artículo 1º de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud, ESSALUD tiene por fi nalidad dar cobertura a los asegurados y sus derechohabientes a través del otorgamiento de prestaciones de prevención, promoción, recuperación y rehabilitación, prestaciones económicas, y prestaciones sociales de la salud, entre otros; Que, mediante Ley Nº 28006, se garantiza la intangibilidad de los Fondos y Reservas de la Seguridad Social y se restituye la autonomía administrativa, económica, fi nanciera y presupuestal de ESSALUD, excluyéndose a ESSALUD de todo Sistema de Administración Financiera Pública; Que, mediante Acuerdo de Consejo Directivo Nº 1-1- ESSALUD-2008 de fecha 15 de enero de 2008, se creó y aprobó las funciones y facultades que ejerce el Comité de Promoción de Infraestructura y Servicios de Salud, encargado de llevar a cabo los procesos del Plan Estratégico de Inversiones de ESSALUD, a través de Asociaciones Público Privadas para obras de infraestructura y servicios de salud; Que, mediante Acuerdo de Consejo Directivo Nº 2-2- ESSALUD-2008 de fecha 29 de enero de 2008, se aprobó el Reglamento de Promoción de Inversiones en Obras de Infraestructura y Servicios de Salud, modifi cado mediante Acuerdo de Consejo Directivo Nº 12-5-ESSALUD-2008 de fecha 12 de marzo de 2008; Que, por Acuerdo de Consejo Directivo Nº 5-2- ESSALUD-2008 de fecha 29 de enero del 2008 se aprobó el Plan Estratégico 2008–2011, y el Plan Estratégico de Inversiones, en los cuales se incluye la construcción del Nuevo Hospital Callao y su Centro de Atención Primaria, en el Seguro Social de Salud;Que, el Comité de Promoción de Infraestructura y Servicios de Salud, en el marco de lo regulado en el literal a) del artículo 28º del Reglamento de Promoción de Inversiones en Obras de Infraestructura y Servicios de Salud, procedió a publicar los días 26 y 30 de marzo de 2008 en el diario El Comercio la Carta de Invitación de Expresión de Interés para la presentación de Iniciativas Privadas para el desarrollo del proyecto indicado precedentemente; Que, el mencionado Comité mediante Acta Nº 14- CPISS-ESSALUD-2008 de fecha 12 de setiembre de 2008, aprobó la propuesta de Iniciativa Privada presentada por el Consorcio integrado por las empresas Ribera Salud S.A., Mensor Consultoria y Estrategia S.L., BM3 Obras y Servicios y Exploraciones Radiológicas Especiales ERESA (BM3 SALUD) para el Nuevo Hospital Callao y su Centro de Atención Primaria, en el Seguro Social de Salud; Que, el inciso d) del artículo 5º del Reglamento de Promoción de Inversiones en Obras de Infraestructura y Servicios de Salud establece que es competencia del Consejo Directivo aprobar las propuestas que someta a su consideración, el Comité de Promoción de Infraestructura y Servicios de Salud; Que, de acuerdo a lo indicado en el párrafo precedente, el Consejo Directivo de ESSALUD, mediante Acuerdo Nº 67-17-ESSALUD-2008 de fecha 16 de setiembre de 2008, acordó Declarar de Interés la propuesta de Iniciativa Privada presentada por el Consorcio integrado por las empresas Ribera Salud S.A., Mensor Consultoría y Estrategia S.L., BM3 Obras y Servicios y Exploraciones Radiológicas Especiales ERESA (BM3 SALUD) para el desarrollo del Nuevo Hospital Callao y su Centro de Atención Primaria, en el Seguro Social de Salud (ESSALUD), a través de una Asociación Público Privada. Asimismo, el numeral 2 del citado Acuerdo encarga a la Gerencia General la emisión de la Resolución respectiva; Que, el literal e) del artículo 6º del Reglamento de Promoción de Inversiones en Obras de Infraestructura y Servicios de Salud, establece que es facultad del Comité de Promoción de Infraestructura y Servicios de Salud, defi nir el plazo y cronograma para la ejecución del proceso. Asimismo, el literal f) del citado artículo señala que es función del referido Comité, entre otros, promover, programar, regular, modifi car, dirigir, supervisar y controlar la ejecución del proceso desde su inicio hasta la fi rma del contrato; Que, mediante la Circular del Comité Nº 09-CPISS- ESSALUD-2008, se modifi có el cronograma de las bases, a través de las cuales se amplió al 09 de octubre de 2008 la evaluación de la propuesta económica y emisión de los resultados. Asimismo, la Circular Nº 10-CPISS-ESSALUD- 2008 del referido Comité amplía como plazo máximo para la emisión de los resultados hasta el día viernes 17 de octubre de 2008; Que, de acuerdo al inciso f) del artículo 9º de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud (ESSALUD), es competencia del Gerente General cumplir y hacer cumplir los Acuerdos del Consejo Directivo y las Resoluciones del Presidente Ejecutivo; En uso de las facultades conferidas por el Consejo Directivo; SE RESUELVE: 1.DECLARAR DE INTERÉS la propuesta de Iniciativa Privada presentada por el Consorcio integrado por las empresas Ribera Salud S.A., Mensor Consultoria y Estrategia S.L., BM3 Obras y Servicios y Exploraciones Radiológicas Especiales ERESA (BM3 SALUD) para el desarrollo del Nuevo Hospital Callao y su Centro de Atención Primaria, en el Seguro Social de Salud – ESSALUD, a través de una Asociación Público Privada. 2.ENCARGAR a la Secretaría General la notifi cación y publicación de la presente Resolución que incluye el Resumen Ejecutivo alcanzado por el Comité de Promoción en Infraestructura y Servicios de Salud en el marco de la normativa vigente. Regístrese y comuníquese. JAVIER ROSAS SANTILLANA Gerente GeneralESSALUDDescargado desde www.elperuano.com.pe