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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2008 (06/11/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 53

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 6 de noviembre de 2008 382959 como por la Operación (RPO) de los servicios de salud o asistenciales (RPO-A) y por servicios de mantenimiento y otros (RPMO). IX. Indicadores de calidad del servicio a prestarse, de ser el caso. Se defi nen 2 tipos de indicadores: 1. De calidad a. Satisfacción del cliente externo (Satisfacción del usuario; Porcentaje de quejas; Porcentaje de quejas resueltas) b. Satisfacción del cliente interno c. Seguridad del paciente (Porcentaje de eventos adversos; Porcentaje de reingresos; Porcentaje de complicaciones obstétricas: 1. Hemorragia post parto, 2. Complicaciones de enfermedad hipertensiva del embarazo; Porcentaje de infecciones de herida operatoria; Porcentaje de úlceras de presión) d. Aplicación de Guías y Protocolos (Gestión Clínica) e.Oportunidad de la atención (Diferimento de citas para consulta externa; procedimientos diagnósticos y terapéuticos; Diferimento en intervenciones quirúrgicas; Diferimento para hospitalización en especialidades médicas; Porcentaje de referencias no pertinentes; Disponibilidad de medicamentos: 1. Indicador de dispensación, 2. Indicador de abastecimiento) 2. De resultados: A partir del segundo año de operación. a. Tratamiento precoz de cáncer. b. Pacientes en nefroprotección. Los indicadores propuestos buscan medir de manera objetiva las condiciones en las que se lleva a cabo la provisión de servicios de salud a la población con la debida accesibilidad y con la participación de equipos profesionales y técnico con el propósito de lograr la adhesión y satisfacción de los usuarios. Asimismo, se defi nen estándares mínimos de atención para determinados servicios. X. Elementos esenciales del proyecto de contrato. - Para la suscripción del Contrato, el Adjudicatario deberá constituir una sociedad de propósito especial, que incluirá en su denominación los términos “Operador” u “Operador Estratégico”, la cual deberá estar debidamente inscrita en los Registros Públicos al momento de la suscripción del Contrato. - Se contratará Supervisión Especializada para las etapas de Construcción de Obras y Operaciones a efectos de realizar el control del cumplimiento del Contrato. - Se prevén cláusulas de resolución de contrato por incumplimiento de determinadas obligaciones, así como la aplicación de las penalidades correspondientes. - Para la administración de los pagos, se constituirán dos fi deicomisos, uno de Administración de Caja y el otro de Pagos Irrevocables del RPI. - Se ha establecido la obligación de reposición de equipamiento que se activará cada 10 años para los equipos consignados en el Grupo I y cada 3 años para los equipos clasifi cados como Grupo II; salvo acuerdo distinto de las partes. XI. Garantías de Fiel cumplimiento de las obligaciones contractuales. Garantías a favor de ESSALUD: Garantía de Fiel Cumplimiento de Construcción de Obras y Equipamiento Para garantizar la correcta ejecución de las Obras y Equipamiento de Construcción y Obras Adicionales, así como el Pago de las penalidades y demás sanciones referidas a las mismas. Deberá ser emitida por un valor del 15% de la Inversión Proyectada Referencial. Garantía de Fiel Cumplimiento de las Operaciones A fi n de garantizar el correcto y oportuno cumplimiento de las obligaciones a cargo de la Sociedad Operadora derivadas de la celebración del Contrato desde la Fecha de Inicio de las Operaciones, así como el Pago de las penalidades y demás sanciones referidas a las mismas. Deberá ser emitida por un valor del 15% de la Inversión Proyectada Referencial. Además, el Contrato establecerá un régimen de seguros cuando corresponda. XII. Requisitos de Precalifi cación del Concurso de Proyectos Integrales Los interesados en participar podrán hacerlo como Empresa o conformar un Consorcio (en adelante, el “Operador Estratégico”, que estará integrado al menos por dos (2) tipos de Empresas: a. Operador Asistencial y, b. Operador Administrativo. El Consorcio también podrá estar integrado por una Empresa Constructora o un Consorcio Constructor, o alternativamente presentar un Compromiso de Contratación con una Empresa Constructora o un Consorcio Constructor. Es preciso señalar que un Consorcio estará integrado por lo menos por una empresa con experiencia en Asociaciones Público Privadas, ya sea como Operador Asistencial o como Operador Administrativo, o ambos. 12.1 De la capacidad técnica En Construcción: La Empresa Constructora o el Consorcio Constructor debe haber construido al menos un hospital de 200 camas o más en calidad de socio o contratado. Si la empresa participó en un Consorcio contratado para el requisito señalado, debe acreditar haber participado al menos en el 20% del Capital Social de dicho Consorcio. La acreditación del requisito podrá realizarse a través de informes de terceros. En Operación Asistencial: El Operador Estratégico u Operador Asistencial de éste en caso de Consorcio, deberá tener un mínimo de cinco (5) años de experiencia o mantener contrato vigente en una Asociación Público Privada, en calidad de Operador que incluya la dirección y administración del servicio asistencial de un hospital de al menos 200 camas o de dos hospitales que en conjunto cuenten con 300 camas. Si la empresa que acredita la experiencia como Operador Asistencial lo hace como parte de un Consorcio con experiencia en dicho rubro, deberá acreditar tener el control efectivo 1 del Consorcio o de la Operación. En Operación Administrativa: El Operador Estratégico o el Operador Administrativo de éste en caso sea Consorcio, deberá tener un mínimo de tres (3) años de experiencia o mantener contrato vigente en una Asociación Público Privada, en calidad de socio o contratado en la administración de servicios no asistenciales de un hospital de 200 camas o de dos hospitales que en suma cuenten con 300 camas. En Asociaciones Público Privadas: El Operador Estratégico o sus integrantes en caso de Consorcio debe participar o haber participado con un mínimo del 25% en una Asociación Público Privada de Hospitales o haber sido contratado como operador asistencial o administrativo de una APP de un Hospital; asimismo, podrá acreditarse mantener un Contrato vigente como operador asistencial o administrativo de una Asociación Público Privada Hospitalaria. 12.2 De la capacidad económica El Operador Estratégico o los integrantes de éste en caso de Consorcio, deberán contar con un activo no menor 1 Se entiende que una empresa cuenta con control efectivo en los siguientes supuestos: - Existe control, de manera directa o indirecta, de más del 50% de su capital social con derecho a voto; o - Existe, de manera directa o indirecta, una representación en su directorio u órgano equivalente, superior al 50% de sus integrantes; o - Por cualquier otro mecanismo o circunstancia (contractual o legal), controla el poder de decisión en la otra empresa de manera efectiva. 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