Norma Legal Oficial del día 15 de noviembre del año 2008 (15/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, sabado 15 de noviembre de 2008

NORMAS LEGALES
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Levantese el estado de disolucion y liquidacion de la empresa estatal "Industria Aeronautica del Peru S.A." INDAER PERU S.A., autorizada por el Decreto Supremo Nº 182-2007-EF.

Articulo 2.- Reactivacion de "Industria Aeronautica del Peru S.A." - INDAER PERU S.A. El Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, adoptara las medidas pertinentes que se requieran para la aplicacion de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. "Industria Aeronautica del Peru S.A."- INDAER PERU S.A. continuara organizada como empresa estatal de derecho privado adscrita al Sector Defensa, que se encuentra bajo el ambito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE.

Articulo 3.- Conformacion de la Junta General de Accionistas Autoricese la conformacion de la Junta General de Accionistas de la empresa estatal "Industria Aeronautica del Peru S.A." - INDAER PERU S.A. Articulo 4.- Del financiamiento La aplicacion del presente Decreto Supremo no implicara el uso de la fuente de financiamiento recursos ordinarios, ni transferencias o aportes de capital de FONAFE. Articulo 5.- Derogatorias Deroguese todo lo que se oponga a lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Articulo 6.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Defensa y el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los catorce dias del mes de noviembre del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FLORES-ARAOZ ESPARZA Ministro de Defensa MORDAZA M. VALDIVIESO M. Ministro de Economia y Finanzas 278986-4

29143, y la Ley N° 28563 y modificatorias, Ley General del Sistema Nacional del Endeudamiento; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, la citada operacion sera destinada a atender parte del pago del servicio de la deuda publica en MORDAZA con lo establecido en el MORDAZA Macroeconomico Multianual 2009-2011 Revisado, aprobado en la Sesion del Consejo de Ministros del 29 de agosto de 2008; Que, por el caracter fungible de la operacion de endeudamiento no se requiere de disponibilidad presupuestaria de la Contrapartida Nacional; Que, asimismo, la Contraloria General de la Republica ha informado previamente sobre la citada operacion de endeudamiento externo, en aplicacion del literal l) del articulo 22º de la Ley N° 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28563 y modificatorias, Ley General del Sistema Nacional del Endeudamiento, la Ley Nº 29143, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, y por la Resolucion Directoral Nº 05-2006-EF-75.01, Directiva para la Concertacion de Operaciones de Endeudamiento Publico; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion y condiciones de la operacion Apruebese la operacion de endeudamiento externo a ser acordada entre la Republica del Peru y el Kreditanstalt fur Wiederaufbau ­ KfW, hasta por la suma de 15 000 000,00 (QUINCE MILLONES Y 00/100 EUROS), denominada "Prestamo Programatico Gestion Fiscal y Crecimiento Economico I y II". La cancelacion de dicha operacion de endeudamiento externo se efectuara en veinte (20) cuotas, semestrales consecutivas y en lo posible iguales, venciendo la primera cuota el 30 de junio de 2014. El prestamo devengara una tasa de interes fija anual a ser determinada por el KfW en la fecha de la firma del contrato de prestamo, en base a los tipos de interes vigentes en los mercados de capital de Europa para los prestamos de largo plazo, mas un margen a ser determinado por el KfW de acuerdo con su politica sobre tasas de interes. El referido endeudamiento externo estara sujeto a una comision de compromiso respecto de los saldos no desembolsados del prestamo de 0,25% anual, asi como a una comision de administracion de 1,0% sobre el monto total del prestamo. Articulo 2º.- Unidad Ejecutora La Unidad Ejecutora del "Prestamo Programatico Gestion Fiscal y Crecimiento Economico I y II" sera el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico ­ DNEP, y la Unidad de Coordinacion de Prestamos Sectoriales ­ UCPS, brindara el apoyo tecnico correspondiente. Articulo 3º.- Suscripcion de documentos Autorizase al Ministro de Economia y Finanzas, o a quien el designe, a suscribir en representacion de la Republica del Peru, el contrato de prestamo de la operacion de endeudamiento externo que se aprueba en el articulo 1º de esta MORDAZA legal; asi como al Director General de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a suscribir los documentos que se requieran para implementar la citada operacion. Articulo 4º.- Servicio de la deuda El servicio de amortizacion, intereses, comisiones y demas gastos que ocasione la operacion de endeudamiento externo que se aprueba en esta MORDAZA legal, seran atendidos por el Ministerio de Economia y Finanzas con cargo a los recursos presupuestarios asignados al pago del servicio de la deuda publica. Articulo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas.

Aprueban operacion de endeudamiento externo con el KfW
DECRETO SUPREMO Nº 133-2008-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el numeral 5.1 del articulo 5° de la Ley Nº 29143, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, se autoriza al Gobierno Nacional a acordar operaciones de endeudamiento externo hasta por un monto equivalente a la suma de US$ 1 402 130 000,00 (MIL CUATROCIENTOS DOS MILLONES CIENTO TREINTA MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS); Que, en el MORDAZA de la citada autorizacion, la Republica del Peru acordara una operacion de endeudamiento externo con el Kreditanstalt fur Wiederaufbau ­ KfW, hasta por la suma de 15 000 000,00 (QUINCE MILLONES Y 00/100 EUROS), denominada "Prestamo Programatico Gestion Fiscal y Crecimiento Economico I y II", a ser ejecutada por el Ministerio de Economia y Finanzas; Que, tal endeudamiento se efectuara con cargo al Sub-Programa "Apoyo a la Balanza de Pagos" referido en el literal b) numeral 5.1 del articulo 5° de la Ley Nº 29143; Que, la indicada operacion de endeudamiento externo ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley N°

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