Norma Legal Oficial del día 15 de noviembre del año 2008 (15/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES
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CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, sabado 15 de noviembre de 2008

fecha 02 de setiembre de 2008, ha solicitado concesion definitiva de generacion de energia electrica con Recursos Energeticos Renovables en la futura Central Hidroelectrica Yanapampa, con una potencia instalada de 4 128 kW, ubicada en los distritos de Acas y Cochas, provincia de Ocros, departamento de MORDAZA, en la MORDAZA comprendida dentro de las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente, utilizando los recursos hidricos del rio Pativilca; Que, la peticionaria ha presentado una Declaracion Jurada de cumplimiento de las normas tecnicas y de conservacion del medio ambiente y el Patrimonio Cultural de la Nacion, de acuerdo a los requisitos senalados en el articulo 38° de la Ley de Concesiones Electricas; Que, la peticion se halla amparada en las disposiciones contenidas en los articulos 3° y 38º del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, concordado con el articulo 66° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentacion; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Electricas, ha emitido el Informe N° 218-2008-DGE-DCE; Estando a lo dispuesto por el articulo 38º de la Ley de Concesiones Electricas, y el articulo 66° de su Reglamento, y de conformidad con las disposiciones establecidas en los Decretos Legislativos Nº 1002; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Otorgar concesion definitiva de generacion con Recursos Energeticos Renovables a favor de Electrica Yanapampa S.A.C., que se identificara con el codigo N° 18166808, para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Hidroelectrica Yanapampa, con una potencia instalada de 4 128 kW, que estara ubicada en los distritos de Acas y Cochas, provincia de Ocros, departamento de MORDAZA, en los terminos y condiciones indicados en la presente Resolucion Ministerial y los que se detallan en el Contrato de Concesion que se aprueba en el articulo siguiente. Articulo 2°.- Aprobar el Contrato de Concesion N° 320-2008 a suscribirse con Electrica Yanapampa S.A.C., que consta de 19 Clausulas y 4 Anexos. Articulo 3°.- Autorizar al Director General de Electricidad para suscribir, a nombre del Estado, el Contrato de Concesion aprobado en el articulo que antecede y la Escritura Publica correspondiente. Articulo 4°.- El texto de la presente Resolucion Ministerial debera incorporarse en la Escritura Publica a que de origen el Contrato de Concesion N° 320-2008, referido en el articulo 2° de la presente Resolucion, en cumplimiento del articulo 56° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 5°.- La presente Resolucion Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 67° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (5) dias calendario siguientes a su expedicion; y, entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 277760-1

Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 010-2004 se creo el Fondo para la Estabilizacion de Precios de los Combustibles Derivados del Petroleo, como fondo intangible destinado a evitar que la alta volatilidad de los precios del petroleo crudo y sus derivados se traslade a los consumidores del MORDAZA interno; Que, por Decreto Supremo Nº 142-2004-EF, se aprobaron las normas reglamentarias y complementarias del Decreto de Urgencia Nº 010-2004; Que, el Decreto de Urgencia Nº 010-2004 designo como Administrador del Fondo a la Direccion General de Hidrocarburos del Ministerio de Energia y Minas; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 027-2008 se dispuso que la vigencia del Decreto de Urgencia Nº 010-2004, sera hasta el 31 de diciembre de 2008; Que, el articulo 4° del Decreto de Urgencia Nº 0102004 dispone, que es obligacion del Administrador del Fondo, publicar en el Diario Oficial El Peruano y actualizar periodicamente, la Banda de Precios para cada uno de los Productos; Que, con fecha 29 de octubre de 2008 se publico, en el Diario Oficial El Peruano, la MORDAZA actualizacion de la Banda de Precios de los combustibles. Que, teniendo en cuenta que a la fecha mediante Decreto Supremo se esta modificando el Impuesto Selectivo al Consumo de la Gasolina de 90 y 84, Kerosene y Diesel 2 y que seran efectivos a partir del viernes 14 de noviembre de 2008. Conforme con lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 010-2004 y sus modificatorias, y en los Decretos Supremo Nº 142-2004-EF, Nº 100-2005-EF y Nº 0472005-EM. SE RESUELVE:

Articulo Primero.- Publicar la nueva Banda de Precios para los siguientes productos: PRODUCTOS Soles por Galon G - 97 G - 95 G - 90 G - 84 KERO DIESEL 2 PIN 6 PIN 500 DIESEL 2 GE PIN 6 GE PIN 500 GE

LIMITE SUPERIOR 8.52 8.28 7.41 6.90 7.89 7.21 5.58 5.39 6.90 4.75 4.65

LIMITE INFERIOR 7.72 7.48 6.61 6.10 7.54 6.91 5.28 5.09 6.00 3.50 3.40

Articulo Segundo.- Mantener la Banda de Precios para el GLP senalada en la Resolucion Directoral Nº 2002008-EM/DGH publicada en el Diario Oficial El Peruano el 29 de octubre de 2008. Articulo Tercero.- Publicar la Banda de Precios consolidada para cada uno de los productos a que hace referencia el Decreto de Urgencia Nº 010-2004. PRODUCTOS Soles por LIMITE SUPERIOR LIMITE INFERIOR Galon 2.00 1.90 GLP Soles por Kg. 8.52 7.72 G - 97 8.28 7.48 G - 95 7.41 6.61 G - 90 6.90 6.10 G - 84 7.89 7.54 KERO

Disponen publicar bandas de precios de combustibles y determinan factores de compensacion y aportacion
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 208-2008-EM/DGH 12 de noviembre de 2008

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