Norma Legal Oficial del día 15 de noviembre del año 2008 (15/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 15 de noviembre de 2008

correspondientes Certificados de Matricula vigentes, expedidos - de ser el caso - por el Registro Publico de Aeronaves de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; de sus Certificados de Aeronavegabilidad vigentes, expedidos o convalidados por la Direccion General de Aeronautica Civil; y, de la Poliza o Certificado de Seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aerea. Articulo 3º.- La empresa AERO MORDAZA S.A. esta obligada a presentar a la Direccion General de Aeronautica Civil, los datos estadisticos e informes que correspondan a su actividad aerea, de acuerdo a los procedimientos que establece la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 4º.- La empresa AERO MORDAZA S.A. esta obligada a establecer un Sistema de Radiocomunicacion entre los puntos a operar, a fin de mantener permanente informacion del trafico aereo que realizan sus aeronaves. Articulo 5º.- La empresa AERO MORDAZA S.A. empleara en su servicio, personal aeronautico que cuente con su respectiva licencia y certificacion de aptitud, expedidos o convalidados por la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 6º.- La empresa AERO MORDAZA S.A. podra hacer uso de las instalaciones de aeropuertos y/o aerodromos privados, previa autorizacion de sus propietarios y cuando corresponda, previa obtencion de las autorizaciones gubernamentales especiales que exija la legislacion nacional vigente. Articulo 7º.- Las aeronaves de la empresa AERO MORDAZA S.A. podran operar en las rutas, aeropuertos y/o aerodromos cuyas alturas, longitudes de pista y resistencia, asi como otras caracteristicas derivadas de dichos aeropuertos y/o aerodromos, se encuentren comprendidas en sus tablas de performance aprobadas por el fabricante y la autoridad correspondiente, asi como en sus respectivas Especificaciones de Operacion. Articulo 8º.- El presente Permiso de Operacion podra ser revocado cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente Resolucion; o pierda alguna de las capacidades exigidas por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento; o renuncie, se suspenda o se revoque su respectivo Certificado de Explotador y Especificaciones Tecnicas de Operacion. Articulo 9º.- Si la Administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil, procedera conforme a lo senalado en el Articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 10º.- La vigencia del presente Permiso de Operacion queda condicionada al cumplimiento de la obligacion por parte de AERO MORDAZA S.A. de otorgar la garantia global que senala el Articulo 93º de la Ley Nº 27261, en los terminos y condiciones que establece su Reglamento y dentro del plazo que senala el Articulo 201º de dicho dispositivo. El incumplimiento de esta obligacion determinara la automatica revocacion del presente Permiso de Operacion. Articulo 11º.- La empresa AERO MORDAZA S.A. debera presentar cada ano el Balance de Situacion, el Estado de Ganancias y Perdidas al 30 de junio y 31 de diciembre, y el Flujo de MORDAZA proyectado para el ano siguiente. Articulo 12º.- La empresa AERO MORDAZA S.A. debera respetar la riqueza cultural, historica y turistica que sustenta la buena imagen del pais. Articulo 13º.- El presente Permiso de Operacion queda sujeto a la Ley de Aeronautica Civil, Ley Nº 27261, el Reglamento; y demas disposiciones legales vigentes; asi como a las Directivas que dicte esta Direccion General. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MAREOVICH Director General de Aeronautica Civil 265950-1

Aprueban caracteristicas de las placas de exhibicion que seran instaladas en los vehiculos nuevos no comercializados, solicitados por el Ministerio de Relaciones Exteriores, para el traslado de funcionarios publicos, cancilleres e invitados especiales que participaran en el desarrollo del APEC
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 11153-2008-MTC/15 MORDAZA, 14 de noviembre de 2008 CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 055-2003-MTC, se aprobo el Reglamento de Placas de Exhibicion, las mismas que constituyen una especie de la placa unica nacional de rodaje destinada a identificar circunstancialmente a los vehiculos nuevos MORDAZA de su comercializacion durante los traslados que MORDAZA necesarios; Que, mediante la aprobacion de la Resolucion Suprema Nº 045-2008-MTC, se autorizo en forma excepcional el uso de Placas de Exhibicion en vehiculos nuevos no comercializados, solicitados por Entidades Estatales para el traslado de funcionarios publicos, cancilleres y/o invitados especiales provenientes de otros paises que participen en la V Cumbre de Jefes de Estado y de Gobiernos de MORDAZA Latina, el Caribe y la Union Europea - Peru 2008 (ALC-UE) y en el Foro de Cooperacion Economica MORDAZA - MORDAZA (APEC); Que, asimismo se faculto a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para que, mediante resolucion directoral, determine las caracteristicas y vigencia de las placas que se emplearan para el traslado de las citadas autoridades e invitados especiales durante las fechas que MORDAZA necesarias para participar en los mencionados eventos; Que, estando proxima la fecha para el desarrollo del Foro de Cooperacion Economica MORDAZA - MORDAZA (APEC), resulta necesario aprobar la presente resolucion directoral para la aplicacion de la mencionada excepcionalidad en ese evento en particular; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27791, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0212007-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Caracteristicas de las Placas de Exhibicion Las caracteristicas de las placas de exhibicion que seran instaladas en los vehiculos nuevos no comercializados, solicitados por el Ministerio de Relaciones Exteriores, para el traslado de funcionarios publicos, cancilleres e invitados especiales provenientes de otros paises que participaran en el desarrollo del Foro de Cooperacion Economica MORDAZA - MORDAZA (APEC), son las mismas que se describen en el articulo 12º del Reglamento de Placas de Exhibicion, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 055-2003-MTC. Articulo 2º.- Vigencia de las Placas de Exhibicion Durante el periodo comprendido entre los dias 15 al 25 de noviembre de 2008, tendran vigencia las placas de exhibicion que seran empleadas para los fines senalados en el articulo 1º de la presente resolucion directoral, y vencido este seran devueltas a la Administradora para su anulacion correspondiente y posterior destruccion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre 278988-1

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