Norma Legal Oficial del día 01 de octubre del año 2008 (01/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 1 de octubre de 2008

de Adjudicaciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales. CONSIDERANDO: Que, mediante Procedimiento Administrativo de Oficio la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho ha ejecutado las acciones pertinentes para concluir el MORDAZA de Cambio de Zonificacion Especifica de CZ (Comercio Zonal) y RDM (Residencial de Densidad Media) a OU (Otros Usos) del terreno denominado ESPIP (Teatro Municipal), ubicado en la Av. Proceres de la Independencia Nº 700 (segun Certificado de Numeracion Nº 157-2008SGPUC-GDU/MDSJL) de la urbanizacion Chacarilla de MORDAZA, distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de MORDAZA, el cual cuenta con un area total de 1,302.00 m2, de propiedad del Estado segun Partida Registral Nº P02152582 del Registro de Predios de MORDAZA, MORDAZA Registral Nº IX y registrado en el Asiento Nº 2080 del Sistema de Informacion Nacional de Bienes del Estado ­ SINABIP y transferido el dominio del mismo a titulo gratuito a favor de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho mediante Resolucion Nº 100-2008/SBNGO-JAD del 07.08.2008 de la Jefatura de Adjudicaciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales; Que, en calidad de antecedentes es preciso senalar que mediante Memorandum Nº 119-2008-SGSG/MDSJL del 21.05.2008 y Memorandum Nº 135-2008-SGSG/ MDSJL del 04.06.2008 de la Sub Gerencia de Servicios Generales de esta Entidad MORDAZA se solicita y fundamenta a la Sub Gerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro la elaboracion del expediente tecnico de Cambio Especifico de Zonificacion por Interes Local del lote denominado ESPIP del area MORDAZA descrita, la cual cuenta con el uso de Comisaria y con la Zonificacion vigente aprobada mediante Ordenanza Nº 1081 de Comercio Zonal y Residencial Densidad Media, a fin de ser destinado por la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho a Teatro Municipal, por constituir el mismo de interes local; Que, el indicado requerimiento es sustentado mediante fundamentacion de caracter social, tecnico y legal, teniendo en cuenta el beneficio de la poblacion en el aspecto educativo y cultural. Asimismo, se precisa que el indicado cambio no afecta la existencia de la Comisaria en la MORDAZA, por cuanto en la misma urbanizacion Chacarilla de MORDAZA se ubica una Comisaria con un area de 2,116.50 m2 inscrita en la Partida P02152578, por lo que, en este contexto, se solicita la viabilidad de lo requerido, a fin de lograr la aprobacion ante la Municipalidad Provincial y poder solicitar, de esta manera, ante la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales la afectacion en uso a favor de la Municipalidad Distrital y lograr su posterior inscripcion en el Registro de Predios; Que, mediante Informe Nº 147-2008-SGPUC/ GDU/MSJL del 15.07.2008 de la Sub Gerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro de este Corporativo Municipal se puso en conocimiento que se ha elaborando la documentacion necesaria para el cambio de zonificacion, cuyo objetivo es solicitar ante la Superintendencia de Bienes Nacionales la afectacion en uso a favor de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho, por lo que con miras a continuar con el MORDAZA se adjunta el formato y el plano de los lotes para la ejecucion de la respectiva encuesta, remitiendose los mismos a la Sub Gerencia de Participacion Vecinal para la prosecucion del procedimiento; Que, mediante Informe Nº 108-2008-SGPV-GDS/ MDSJL del 01.08.2008, la Sub Gerencia de Participacion Vecinal de este Corporativo Municipal remite los formatos de encuesta concluidos, con lo cual se determina que efectuada la consulta vecinal a los propietarios con frente a la avenida Proceres de la Independencia y calles cercanas y aledanas, que hacen un numero de 99 predios, se obtuvo los siguientes resultados: 83 contestaron estar de acuerdo (83.84%) con la Opinion Favorable para el Cambio de Zonificacion de Comercio Zonal (CZ) y Residencial de Densidad Media (RDM) a Otros Usos (OU) para el funcionamiento del Teatro Municipal; 06 (6.06%) no emitieron ninguna opinion; y, 10 (10.1%) con Opinion Desfavorable para el cambio de zonificacion;

Que, mediante Notificacion Nº 251-2008/SBN-GA-OTD del 13.08.2008 (Registro Nº 48667-S1-2008), la Oficina de Tramite Documentario de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales cumple con poner en conocimiento el texto integro de la Resolucion Nº 100-2008/SBN-GOJAD del 07.08.2008 de la Jefatura de Adjudicaciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, la misma que es emitida en merito a la solicitud formulada por el senor MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho, para la transferencia del inmueble de propiedad del Estado de 1,302.00 m2, ubicado en la avenida Proceres de la Independencia Nº 700 (antes 698) urbanizacion Chacarilla de MORDAZA, distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de MORDAZA, Inscrito en la Partida Nº P02152582 del Registro de Predios de MORDAZA, por lo que, en este contexto se APRUEBA la transferencia de dominio a titulo gratuito a favor de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho del predio en referencia de propiedad del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, de acuerdo a la Partida Registral acotada y registrado en el Asiento Nº 2080 del Sistema de Informacion Nacional de Bienes del Estado ­ SINABIP, correspondiente al departamento de MORDAZA, para que sea destinado al funcionamiento de Teatro Municipal; Que, mediante Informe Nº 177-2008-SGPUC/GDU/ MSJL del 18.08.2008 de la Sub Gerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro de esta Corporacion Municipal se precisa que la Primera Disposicion Final de la Ordenanza Nº 1081-2007-MML publicada con fecha 07.10.07 en el Diario Oficial El Peruano donde se aprueba el Reajuste Integral de la Zonificacion de los Usos del distrito de San MORDAZA de Lurigancho que forma parte del Area de Tratamiento Normativo I de MORDAZA Metropolitana, indica lo siguiente: "Garanticese la estabilidad y vigencia del Plano, Normas de Zonificacion e Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas del distrito que se aprueba mediante la presente Ordenanza, disponiendose que los mismos, dentro de dos anos, MORDAZA evaluados conjuntamente por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho pudiendo ser reajustado en lo pertinente... Durante dicho periodo, se suspenden los Cambios Especificos de Zonificacion, salvo que excepcionalmente se presenten iniciativas de inversion que se califiquen de Interes Local por el Concejo Distrital respectivo o de Interes Metropolitano por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, para lo cual, se seguira el MORDAZA que se precisa en la MORDAZA Disposicion Final..."; Que, la MORDAZA Disposicion Final del referido dispositivo normativo municipal establece lo siguiente: "Establezcase un regimen excepcional de Cambios Especificos de Zonificacion que promueva la inversion publica o privada, debidamente sustentados y declarados de interes local por la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho, cuando corresponda, y de interes metropolitano por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, para lo cual debera cumplirse el siguiente proceso: 1º Los interesados presentaran sus iniciativas a la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho. 2º La Municipalidad Distrital, evaluando tecnicamente el comportamiento de la Zonificacion en el area MORDAZA y tomando en cuenta la opinion de los vecinos directamente afectados (ubicados en ambos frentes de la via en donde se localiza la MORDAZA materia del cambio y, opcionalmente, en el predio posterior y en las manzanas circundantes), estudiara la factibilidad del Cambio Especifico de Zonificacion. El organo competente de las Municipalidades Distritales formulara el Informe Tecnico correspondiente. 3º La Municipalidad Distrital, mediante Acuerdo de Concejo declarara de Interes Local la propuesta de Cambio Especifico de Zonificacion, elevandolo a la Municipalidad Metropolitana de Lima. 4º La Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, evaluara la propuesta y emitira opinion tecnica a traves de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, del Instituto Metropolitano de Planificacion y, de ser el caso, de otros organos especializados en la materia. 5º El Concejo Metropolitano de MORDAZA, de considerarlo conveniente, aprobara el Cambio Especifico de Zonificacion mediante Ordenanza. 6º En el caso de una propuesta de Cambio

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