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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE OCTUBRE DEL AÑO 2008 (01/10/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 33

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 1 de octubre de 2008 380691 pago adulterados en fecha y/o monto, y e). Duplicidad de Comprobantes de pago que sustentan gastos de hospedaje, los que generaron un perjuicio económico a la entidad por la cantidad de S/. 59 391,77; hechos que constituyen indicios razonables de comisión de los delitos de Peculado y Falsi fi cación de documentos, previstos y penados por los artículos 387º y 427º del Código Penal, respectivamente; Que, asimismo se ha evidenciado que durante el período 2003 – 2004, la entidad entregó dinero con cargo a rendir cuenta a funcionarios y servidores por concepto de viáticos, los cuales han sido rendidos con comprobantes de pago adulterados, no reconocidos por el supuesto emisor, ni reconocidos como válidos por la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, en perjuicio de la entidad; hechos que evidencian la existencia de indicios razonables de comisión de los delitos de Peculado y Falsi fi cación de documentos, previstos y penados por los artículos 387º y 427º del Código Penal, respectivamente; Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso d) artículo 22º de la Ley N° 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos en que en la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño económico o presunción de ilícito penal, correspondiendo autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, y; De conformidad con el inciso d) del artículo 22° de la Ley Nº 27785 – Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, Decreto Ley N° 17537 y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a la señora Procuradora Pública encargada de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndosele para el efecto, los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 258815-5 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Autorizan delegación de funciones registrales a la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado Santa Cruz de la Succha RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 652-2008-JNAC/RENIEC Lima, 19 de setiembre de 2008VISTOS: el Informe Nº 000842-2008/SGGTRC/GRC/ RENIEC emitido por la Sub Gerencia de Gestión Técnica de Registros Civiles y el Informe Nº 000249-2008/GRC/RENIEC emitido por la Gerencia de Registros Civiles;CONSIDERANDO: Que, a través del Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, se aprobó el Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, norma que precisa que el Sistema Registral lo conforma el conjunto de órganos y personas del Registro que tienen a su cargo la ejecución de los procedimientos administrativos de inscripción, y que las O fi cinas Registrales se encuentran encargadas del procesamiento registral y demás funciones inherentes al Registro de Estado Civil, encargándose a la Jefatura Nacional la creación y autorización de las que fueren necesarias; Que, la O fi cina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado a que se refi eren los informes del visto, ha formalizado expediente de regularización de O fi cina Registral en su respectiva localidad, el mismo que se encuentra debidamente visado por la Sub Gerencia de Gestión Técnica de Registros Civiles, por lo que corresponde la aprobación de la delegación de funciones, que establezca la vinculación funcional respectiva; Estando a lo opinado por la Gerencia de Registros Civiles y en uso de las facultades conferidas por la Ley No. 26497 y el Reglamento de Organización y Funciones de la Institución; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, en vía de regularización, la delegación de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, i, l, m, n, o y q del artículo 44º de la Ley Nº 26497; así como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegación a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución, a la O fi cina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado Santa Cruz de la Succha, Distrito de San Juan de Cutervo, Provincia de Cutervo, Departamento de Cajamarca. Artículo 2º.- El Jefe de la O fi cina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado Santa Cruz de la Succha, queda encargado de las funciones registrales cuya delegación se autoriza, así como de las acciones administrativas que correspondan; para llevar adelante la delegación funcional dispuesta, ceñida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervisión y control del RENIEC. Artículo 3º.- El RENIEC, a través de la Sub Gerencia de Gestión Técnica de Registros Civiles, proporcionará los libros de nacimiento, matrimonio y defunción, a la Ofi cina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado Santa Cruz de la Succha, cuya delegación de facultades registrales se aprueba con la presente Resolución; así como también corresponderá a dicha Sub Gerencia, orientar e impartir instrucciones a ésta, a fi n que el procedimiento registral se realice en concordancia con las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros del Estado Civil. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 258370-3 Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comisión de delito contra la fe pública RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 662-2008-JNAC/RENIEC Lima, 25 de setiembre del 2008.VISTOS: Los O fi cios Nº 657, 1364-2008/GP/RENIEC, de la entonces Gerencia de Procesos, actualmente