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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE OCTUBRE DEL AÑO 2008 (17/10/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 17

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 17 de octubre de 2008 381663 se restringieron los derechos otorgados a derechos de tercera y cuarta libertad exclusivamente, excluyendo los derechos de quinta libertad anteriormente contemplados y siendo consecuente con la posición del Estado Peruano en dicha negociación, no se considera apropiado otorgar bajo el principio de reciprocidad los derechos de sexta libertad solicitados por la COMPAÑÍA PANAMEÑA DE AVIACIÓN S.A. – COPA AIRLINES; Que, en consecuencia, las oposiciones formuladas por TRANS AMERICAN AIRLINES S.A – TACA PERU y LAN PERU S.A. deben declararse fundadas en tanto el marco bilateral vigente con Panamá contempla solamente derechos de tercera y cuarta libertad del aire conforme se desprende de los referidos informes; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, “la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modifi car, suspender o revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo“, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, verifi cando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar fundadas las oposiciones formuladas por TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. – TACA PERÚ y LAN PERÚ S.A. por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución y en consecuencia, no otorgar a la COMPAÑÍA PANAMEÑA DE AVIACIÓN S.A. – COPA AIRLINES, los derechos de sexta libertad solicitados, quedando sujeto el Permiso de Operación otorgado mediante Resolución Directoral Nº 240-2007-MTC/12 del 04 de diciembre de 2007 a las siguientes características: NATURALEZA DEL SERVICIO:- Aviación Comercial - Servicio de Transporte Aéreo Regular de pasajeros, carga y correo. ÁMBITO DEL SERVICIO:- Internacional.RUTAS, FRECUENCIAS Y DERECHOS AEROCOMERCIALES: CON DERECHOS DE TRÁFICO DE TERCERA Y CUARTA LIBERTAD DEL AIRE: - PANAMA – LIMA Y VV., hasta veintiocho (28) frecuencias semanales. MATERIAL AERONÁUTICO: - BOEING 737-700. - BOEING 737-800.- EMBRAER 190. BASE DE OPERACIONES: - Aeropuerto de Tocumen, Panamá. SUB BASE DE OPERACIONES: - Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, Perú.Artículo 2°.- Los demás términos de la Resolución Directoral Nº 240-2007-MTC/12 del 04 de diciembre de 2007 continúan vigentes.Regístrese, comuníquese y publíquese. ERNESTO LÓPEZ MAREOVICH Director General de Aeronáutica Civil 248711-1 Otorgan renovación y modificación de permiso de operación a Arrow Air, Inc. RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 193-2008-MTC/12 Lima, 6 de octubre del 2008Vista la solicitud de ARROW AIR, INC. sobre Renovación y Modifi cación de Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regular de carga y correo. CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Directoral N° 161-2004- MTC/12 del 12 de Octubre de 2004, modifi cada por Resolución Directoral Nº 010-2005-MTC/12 del 13 de enero del 2005 y Resolución Directoral Nº 057-2005-MTC/12 del 28 de abril del 2005, se otorgó a ARROW AIR, INC., con nombre comercial “ARROW CARGO” la Renovación de su Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Regular Internacional de carga y correo, por el plazo de cuatro (04) años; Que, mediante Documento de Registro Nº 2008- 032532 del 12 de agosto del 2008, ARROW AIR, INC., con nombre comercial “ARROW CARGO”, solicita la Renovación y Modifi cación de Permiso de Operación, respecto a sus rutas autorizadas; Que, según los términos del Memorando N° 916-2008- MTC/12, Informe Nº 088-2008-MTC/12.PIO, Memorando N° 3635-2008-MTC/12.04, Memorando Nº 3806-2008-MTC/12.04, e Informe Nº 027-2008-MTC/12.07.LIC, emitidos por las áreas competentes de la Dirección General de Aeronáutica Civil; se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con lo establecido en la Ley N° 27261 - Ley de Aeronáutica Civil, su Reglamento; y, demás disposiciones legales vigentes; Que, asimismo, según lo establecido en el Artículo 176º del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, procede otorgar la Renovación del permiso de operación cuando la empresa acredite que mantiene las capacidades necesarias para la realización de sus operaciones y que fueron sustento para el otorgamiento del permiso que solicita renovar; Que, el Departamento de Transporte de los Estados Unidos de América – DOT, ha designado a ARROW AIR, INC., para realizar Servicios de Transporte Aéreo Regular Internacional de carga y correo; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, “la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modifi car, suspender o revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo“, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, verifi cando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar a ARROW AIR, INC., con nombre comercial “ARROW CARGO”, conforme al “Acuerdo de Transporte Aéreo entre el Gobierno de Perú y el Gobierno de los Estados Unidos de América”, suscrito el 10 de junio de 1998, la Renovación y Modifi cación de Descargado desde www.elperuano.com.pe