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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE OCTUBRE DEL AÑO 2008 (19/10/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 40

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 19 de octubre de 2008 381810 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE UCO Exoneran de proceso de selección la contratación de persona natural o jurídica para construcción de muro de contención, protector de malla metálica y cerco perimétrico de losa nueva en institución educativa ACUERDO DE CONCEJO Nº 0005-2008-GDU/CM Uco, 16 de octubre del año 2008.EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE UCO. VISTO, en sesión ordinaria de Concejo Municipal de fecha 15 de Octubre de 2008 del presente año, el Informe Técnico Nº 002-2008-JTH el Informe Legal Nº 14-2008-GDU/ALE/CADD; y, CONSIDERANDOQue, de conformidad con el Artículo 141º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM, una de las formas de exoneración del proceso de selección es la situación de Desabastecimiento Inminente; Que, el inciso c) del artículo 19º del Decreto Supremo Nº 083- 2004-PCM, Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en forma textual establece que “están exonerados de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen: …en situación de emergencia o desabastecimiento declaradas de conformidad con la presente Ley”, precisando el artículo 21º de la acotada norma legal que se considera situación de desabastecimiento inminente aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra comprometen en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial; Que, el segundo párrafo del Artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, precisa que la aprobación de la exoneración en virtud de la causal de desabastecimiento inminente no constituye dispensa, exención o liberación de las responsabilidades de los funcionarios o servidores de la entidad cuya conducta hubiese originado la presencia o confi guración de dicha causal, disposición que es recogida por el Artículo 141º del Reglamento de la Ley antes citada; Que, el artículo 146º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, precisa que la resolución o acuerdo que apruebe la exoneración del proceso de selección, requiere necesariamente de uno o más informes previos, que contengan la justifi cación técnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneración; Que, mediante Informe Técnico Nº 002-2008-JTH elaborado por el Ing. Javier Julio Tinoco Henostroza, mediante el cual concluye que las infraestructuras ya construidas de la Instituciòn Educativa “Gorgonio Huamán Osorio de Uco” se verían afectadas sin la construcción de del muro de contención, el protector de malla metálica de la losa y el cerco perimétrico de la losa nueva; poniendo en riesgo la seguridad para los docentes y alumnos de esta institución así como también la estructura misma, recomendando la ejecución inmediata de dicha obra; Que, asimismo, en el informe técnico de la referencia se precisa que actualmente se viene ejecutando la obra: Construcción del Complejo Educativo Gorgonio Huamán Osorio de Uco” con un avance físico del 85%; Que, en el documento antes mencionado, el muro de contención del lado este de la construcción de la Biblioteca, sala de cómputo y laboratorio es de suma importancia para la construcción del cerco perimétrico, siendo necesario la construcción de un muro de contención para que proteja a la construcción de los fenómenos naturales como lluvias, sin la cual la infraestructura sería vulnerable ante los eventos naturales antes descritos; Que, Asimismo, sin la construcción del protector de malla metálica de la losa y cerco perimétrico de la losa nueva no se brindará la seguridad que requiere la institución educativa; Que, el Informe Técnico recomienda la construcción del muro de contención lado este, el protector de malla metálica y el cerco perimétrico de la losa deportiva de inmediato y con carácter de urgencia por ser indispensable puesto que se avecina la época de invierno y por la seguridad que se requiere; Que, mediante el Informe Legal Nº 14-2008-GDU/CEP, se concluye que resulta procedente la aplicación de lo dispuesto en el Artículo 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el Artículo 141º de su Reglamento, y opina que resulta procedente la declaración en situación de desabastecimiento inminente la contratación de la ejecución de la obra: Construcción del Muro de Contención Lado Este, Protector de Malla Metálica y Cerco Perimétrico de la Losa Nueva de la Institución Educativa Gorgonio Huamán Osorio de Uco; Que, el valor referencial del proyecto asciende a la suma de S/. 513,798.73 (QUINIENTOS TRECE MIL, SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO Y 73/100 NUEVOS SOLES), con un plazo de ejecución de ciento veinte días calendario, el mismo que será fi nanciado por la entidad con recursos de Canon Minero; Que, asimismo, de conformidad con el Artículo 73º de la Ley Orgánica de Municipalidades, la educación es un servicio público local y de acuerdo al Artículo 82º de la norma precitada, es competencia municipal la construcción y equipamiento de la infraestructura de los locales educativos de la jurisdicción; Que, conforme a lo expuesto, se puede evidenciar que existen las condiciones establecidas en el Artículo 21º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM, por lo que el Concejo Municipal considera procedente aprobar la declaración de desabastecimiento inminente y autorizar la exoneración del proceso de selección para la contratación de una persona natural o jurídica que realice ejecución de la Obra: Construcción del Muro de Contención Lado Este, Protector de Malla Metálica y Cerco Perimétrico de la Losa Nueva de la Institución Educativa Gorgonio Huamán Osorio de Uco”, prevista en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno Distrital de Uco para el año 2008; Que, en concordancia con las atribuciones establecidas en el Artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y contando con el voto UNANIME del Concejo Municipal; SE ACUERDA:Artículo Primero.- Aprobar la declaración de desabastecimiento inminente la ejecución de la obra: “Construcción del Muro de Contención Lado Este, Protector de Malla Metálica de la Losa y Cerco Perimétrico de la Losa Nueva de la Institución Educativa Gorgonio Huamán Osorio de Uco”, con un Valor Referencial ascendente a S/. 513,798.73 (QUINIENTOS TRECE MIL, SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO Y 73/100 NUEVOS SOLES) y con un plazo de ejecución de 120 días calendario. Artículo Segundo.- Autorizar a la administración municipal la contratación mediante exoneración de una persona natural o jurídica para la ejecución de la obra: “Construcción del Muro de Contención Lado Este, Protector de Malla Metálica de la Losa y Cerco Perimétrico de la Losa Nueva de la Institución Educativa Gorgonio Huamán Osorio de Uco”. Artículo Tercero.- Disponer el inicio de las acciones administrativas de los funcionarios o servidores que hubieran ocasionado la situación de desabastecimiento inminente, conforme lo prevé el Artículo 47º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, remitiéndose los antecedentes a la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Gobierno Distrital de Uco. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano y el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado. Artículo Quinto.- Disponer que la Secretaría General del Gobierno Distrital de Uco remita copias del presente acuerdo, conjuntamente con los Informes Técnico y Legal a la Ofi cina Regional de la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez días hábiles siguientes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.TEODORO TARAZONA PRÍNCIPE Alcalde 266123-1Descargado desde www.elperuano.com.pe