Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 2008 (19/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, MORDAZA 19 de octubre de 2008

de Transporte, la misma que estara integrada de la siguiente manera: - Tres (3) Regidores de la Comision de Desarrollo MORDAZA y Defensa Civil de la Municipalidad Distrital del Rimac. - Un (1) Representante de la Policia Nacional del Peru. - Dos (2) Representantes de las Organizaciones Juridicas que se dedican al transporte publico de vehiculos Menores Motorizados y No Motorizados. Dicha Comision es dirigida por el Regidor que preside la Comision de Desarrollo MORDAZA y Defensa Civil del Concejo Distrital del Rimac; el periodo de mandato es de dos anos. Los integrantes en caso de imposibilidad deberan comunicar con anticipacion a sus reemplazantes interinos. Articulo Primero.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Subgerencia de Obras Publica y Transportes, el cumplimiento de la presente disposicion. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en el Palacio Municipal a los dieciocho dias del mes de setiembre del dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Que, de conformidad con el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, se establece que las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion y supervision de los servicios publicos y las materias por las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, mediante Ordenanza Nº 090 de fecha 14.05.04, se Reglamenta el Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores Motorizados y No Motorizados en el distrito del MORDAZA, estableciendo en su articulo 5º que la Comision Tecnica Mixta de Transporte es el organo competente, segun el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 009-2000-MTC, para velar por el cumplimiento de la presente Ordenanza, asi como para proponer las disposiciones complementarias a favor del ordenamiento del MORDAZA en el distrito del Rimac; Que, asimismo en su articulo 6º senala que la Comision Tecnica Mixta de Transporte estara integrada por: Dos (2) Regidores de la Comision de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad del Rimac; Un (1) representante del Departamento de Transporte quien actuara como asesor tecnico; Un (1) representante de la Policia Nacional del Peru; Un (1) representante de las Organizaciones Juridicas que se dedican al Transporte Publico de Vehiculos Menores Motorizados y No Motorizados (...) Que, mediante Ordenanza Nº 107 de fecha 24-08-2005, se modifica la Ordenanza Nº 090 "Marco del Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores y no Motorizados en el distrito del MORDAZA, estableciendo en su Articulo 4º la modificacion del Articulo 5º de la Ordenanza Nº 090, en los siguientes terminos: "Articulo 5º.- La Comision Tecnica Mixta de Transporte es el organo competente para velar por el cumplimiento de la presente Ordenanza, asi como para proponer las disposiciones complementarias a favor del ordenamiento del MORDAZA en el distrito del MORDAZA (...)"; Que, de conformidad con el Articulo 5º del mismo cuerpo legal MORDAZA citado, establece que se modifique el Articulo 6º de la Ordenanza Nº 090, en el siguiente sentido: "Articulo 5º.Modifiquese el articulo 6º de la Ordenanza Nº 090, conforme al siguiente texto: Articulo 6º.- La Comision Tecnica Mixta de transporte estara integrada por: Cinco (5) Regidores de la Comision de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad del Rimac; Un (1) representante de la Policia Nacional del Peru; Dos (2) representantes de las Organizaciones Juridicas que se dedican al Transporte Publico de Vehiculos Menores Motorizados y No Motorizados. Dicha Comision es dirigida por el Regidor que preside la Comision de Desarrollo MORDAZA del Concejo Distrital del Rimac; el periodo de mandato es de dos anos. Los integrantes en caso de imposibilidad deberan comunicar con anticipacion a sus reemplazantes interinos; Que, mediante Ordenanza Nº 167 de fecha 13-04-2008, se Aprueba el Reglamento Interno del Concejo Distrital del Rimac; la cual modifica la Conformacion de Numero de Miembros de las Comisiones, en el siguiente sentido: Articulo 59º.- Numero de Miembros: Las Comisiones se constituyen con los Regidores que se designen por Acuerdo de Concejo. Cada Comision estara integrada por 3 Regidores. Un regidor no podra participar en mas de tres comisiones permanentes; Que, a la vez dicha Ordenanza Municipal modifica la denominacion de la Comision de Desarrollo MORDAZA, siendo actualmente el nombre correcto el de Desarrollo MORDAZA y Defensa Civil, tal y como lo establece el inciso 7) del Articulo 60º de la Ordenanza Nº 167 de fecha 13-04-2008; Que, mediante Informe Nº 330-2008-OAJ-MDR, la Oficina de Asuntos Juridicos recomienda que, debera emitirse una Ordenanza Municipal que modifique el articulo 5º de la Ordenanza Nº 107; dado que en dicho articulo se establecia que la conformacion del numero de miembros de la Comision Tecnica de Transporte seria de cinco (5) Regidores de la Comision de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad del Rimac; Estando a lo expuesto, y de conformidad a lo establecido en el Articulo 9º numeral 8) y 9) y el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con el MORDAZA mayoritario de los senores Regidores con la dispensa del tramite del Dictamen de la Comision correspondiente y con la dispensa del tramite de aprobacion del Acta se aprobo lo siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL ARTICULO 5º DE LA ORDENANZA Nº 107 Articulo Primero.- Modifiquese el articulo 5º de la Ordenanza Nº 107 respecto de la Comision Tecnica Mixta

266129-1

Crean el Comite Municipal por los Derechos del MORDAZA y del Adolescente COMUDENA
ORDENANZA Nº 180 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL MORDAZA POR CUANTO: . El Concejo Municipal del distrito del MORDAZA, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 25.09.08; el Informe Nº 0132008-GDHSS-MDR de fecha 3.03.08 de la Gerencia de Desarrollo Humano y Servicios Sociales; el Informe Nº 2512008-OAJ-MDR de fecha 2.07.08 de la Oficina de Asuntos Juridicos; el Dictamen Nº 001-2008-CPVBS-SR-MDR de la Comision de Participacion Vecinal y Bienestar Social; y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, se establece que las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion y supervision de los servicios publicos y las materias por las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de Noviembre de 1989, de la cual nuestro MORDAZA es parte signataria, aprobo la Convencion sobre los Derechos del MORDAZA, entendiendose como tal a todo ser humano menor de 18 anos; Que, "La Convencion sobre los Derechos del Nino" CDN, es un instrumento juridico con caracter de MORDAZA constitucional, siendo el Peru un MORDAZA integrante de la Organizacion de las Naciones Unidas, le corresponde el cumplimiento de los acuerdos adoptados por dicho organismo; Que, el articulo VIII del Titulo Preliminar del Codigo del MORDAZA y Adolescente senala: Es deber del Estado, la familia, las instituciones publicas y privadas y las organizaciones de base, promover la correcta aplicacion de los principios, derechos y normas establecidos en el presente Codigo y en la Convencion sobre los Derechos del Nino; Que, el articulo 73º del Codigo del MORDAZA y Adolescente establece que: Los Gobiernos Regionales y Locales dictaran las normas complementarias que esta Ley requiere, estableciendo disposiciones y sanciones administrativas adecuadas a las peculiaridades y especificidades de los ninos y adolescentes de su region o localidad; Que, conforme lo prescribe el articulo 4º de la Constitucion Politica del Peru, son deberes de la comunidad y del Estado,

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