Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 2008 (19/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, MORDAZA 19 de octubre de 2008

dinero, conforme lo senalado en los considerandos de la presente Resolucion Articulo Cuarto.- CONSIDERAR DE MORDAZA PROGRESIVO la presente habilitacion MORDAZA, recepcionandose las obras minimas de electrificacion, y que en cuanto a las obras de agua potable y alcantarillado estas seran ejecutadas por Sedapal dentro del "Programa Agua para Todos de Ampliacion y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado Esquema San MORDAZA Macias y anexos" siendo responsabilidad de los administrados tramitar la recepcion de las obras diferidas, dejandose diferidas la ejecucion de las obras faltantes de pavimentacion de pistas y veredas y las rampas para personas con discapacidad, obras que deberan ser ejecutadas en un plazo MORDAZA de 5 anos, contados a partir de la fecha de notificacion de la presente Resolucion; teniendo en cuenta las caracteristicas y especificaciones tecnicas de acuerdo a la siguiente descripcion: PAVIMENTACION, PISTAS y VEREDAS Pavimentos:

plazo de 30 dias contados a partir de su notificacion, la cual estara a cargo de los interesados. Articulo Septimo.- TRANSCRIBIR a la Oficina Registral de MORDAZA y Callao para los efectos de la Inscripcion de la Recepcion de Obras Parcial del MORDAZA de Habilitacion MORDAZA, al Ministerio de Educacion, a la Superintendencia de Bienes Estatales (SBN) y NOTIFICAR a los interesados para su conocimiento conforme lo dispuesto en el articulo 20º de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444, para los fines de ley. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA ECHAZU MORDAZA Gerente General de Desarrollo MORDAZA Gerencia General de Desarrollo MORDAZA

266268-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AYABACA

- Pavimento Flexible: - 1. Sub Rasante:

- 2. Sub Base: C.B.R.= 20 %

Mezcla asfaltica en caliente, e=0.075 m. Suelo estabilizado sin restos organicos, escarificado y mejorado su calidad, mediante la adicion de material granular mezclandose con riego sucesivos y alcanzar al optimo contenido de humedad como minimo el 95% de la densidad MORDAZA modificado para un C.B.R. = 10%. 0.20 m espesor compactado el 95 % de la densidad MORDAZA modificado. HDST, AASHTO T-180

Disponen ejecutar el Acuerdo Nº 0212007-GLM-PFA-"C" referente a la remuneracion de MORDAZA y a dietas de Regidores
ACUERDO MUNICIPAL Nº 094-2008-GLM-PFA-"C" Ayabaca, 12 de agosto del 2008. VISTO: El Acta de Asamblea Extraordinaria Nº 18-2008-GLMPFA-"C" de fecha 18 de MORDAZA de 2008, relacionada con la Aplicacion y/o Ejecucion del Decreto Supremo Nº 025-2007PCM senalados en el Acuerdo Municipal Nº 021-2007-GLMPFA-"C" de fecha 25MAY'07; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de Autonomia Politica, Economica y Administrativa en los asuntos de su competencia, estan sujetos a la Leyes y Disposiciones que, de manera general y de conformidad con nuestra Carta Magna, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Publico. Que, a peticion de los Regidores de la Magna Asamblea Municipal se solicita la ejecucion y cumplimiento del Acuerdo Municipal Nº 021-2007-GLM-PFA-"C" del 25MAY'07 en la que se acordo Fijar la Remuneracion Total del MORDAZA en la suma de S/. 5,850.00 Nuevos Soles y la Dieta de los Regidores en la suma de S/. 1,755.00 Nuevos Soles equivalente al 30% de la Remuneracion Total del MORDAZA por 04 Dietas mensuales a cada Regidor y que por razones propias del conflicto de aplicacion normativa entre el D. S. Nº 025-2007-PCM y la Separata Especial emitida por la Secretaria del Consejo de Ministros - Despacho Presidencial sobre "Proyecciones de Remuneraciones de Alcaldes - A Nivel Distrital (Por Departamento/Provincia/ Distrito)", se habia aceptado indirectamente por parte del Pleno MORDAZA el monto Remuneratorio al MORDAZA en la cifra de S/. 4,225.00 nuevos Soles y a los Regidores la suma de S/, 1,267.50 nuevos soles; pero como quiera que a la fecha se ha aclarado la razon controversial con la aplicacion directa del D. S. Nº 025-2007-PCM, se hace necesario disponer la ejecucion correspondiente de dicho Acuerdo Municipal. Que, verificados el Informe Nº 618-2008-GLPFA-DPP del 18JUL'08 de la Oficina de Planificacion y Presupuesto, informe Nº 222-2007-As. Jur.- MPFA del 29MAY'07 de Asesoria Juridica y el Oficio Nº 032-2008/07-GLPFA/OCI del 18JUL`08 asi como Oficio Nº 757-2008-CG/SGE del 18JUL'08 emitido por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General de la Contraloria General de la Republica; se llega la conclusion que el D. S. Nº 025-2007-PCM tuvo por objeto establecer las disposiciones que permitirian a los Concejos Municipales determinar los ingresos por todo concepto de los Alcaldes Provinciales y Distritales, en el MORDAZA de la Ley Nº 28212 modificada por el Decreto de Urgencia Nº 038-2006. Senala que los ingresos maximos mensuales por todo concepto de los Alcaldes Provinciales y Distritales son Fijados por los Concejos Municipales respectivos, considerando para tal efecto el cuadro que

- 3. Base Granular Triturada: 0.20 m espesor compactado al 100% de la HDST, AASHTO T-180 - 4. Carpeta Asfaltica: 0.075 m espesor compactado colocado en caliente 1 Vc de la gradacion densa.
Veredas: sera de concreto simple de 4 " de espesor con una resistencia a la comprension axial de f¨c.=140 Kg. / cm2, construido sobre una base granular de 4" de espesor compactada al 100% de la densidad seca del MORDAZA estandar . Sardineles: se construira sardineles de 30 cm. de profundidad con mezcla y acabados igual que las aceras y/o veredas. En caso que la acera este en medio de jardines se construira en ambos lados. Se construiran de concreto armado vibrado premezclado debiendo alcanzar una resistencia caracteristica de 175 Kg. /cm2 y el sardinel peraltado de 0.20 m x 0.40 m incluyendo excavacion, encofrado, MORDAZA y eliminacion. Bermas Laterales: las bermas laterales deberan construirse, con un pavimento de las mismas caracteristicas de las calzadas adyacentes. Asi tambien estas quedaran en tierra nivelada compactada. Rampas Peatonales: en los extremos de los abanicos de las aceras, se construiran rampas peatonales, que conectaran los niveles superiores de las aceras y las calzadas, de conformidad con las normas tecnicas NTE U.190 adecuacion urbanistica para personas con discapacidad, aprobadas por R. M. Nº 069-2001-MTC/15.04 de fecha 07 enero del 2001 y del Art. 23 senalado en el D. S. Nº 011-2006-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento Nacional de Edificaciones. Articulo Quinto.- Autorizar la libre venta de los lotes y su inscripcion en el Registro de la Propiedad Inmueble del Callao e incorporar la habilitacion, con la denominacion de Aeroresidencial Faucett, a esta jurisdiccion provincial, con las limitaciones senaladas en las normas, por la cual los compradores estan facultados a exigir al habilitadorvendedor de los lotes cualquiera de las garantias previstas en la legislacion vigente para asegurar la culminacion de las obras de habilitacion ofrecidas y subsiguiente transferencia (articulo 28 del Decreto Supremo Nº 010-2005 VIVIENDA), de no cumplir ello en el plazo establecido, la municipalidad ejecutara las obras pendientes, por lo que el costo de las obras debera ser sufragado por los adquirientes de los lotes, lo que debera ser consignado en las minutas de compra venta (RNE, articulo 17 de la MORDAZA TH 010). Articulo Sexto.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el diario oficial "El Peruano", en el

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