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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 19 de octubre de 2008 381804 24:00 horas del día 24 de noviembre del presente año, con ocasión de celebrarse la “XVI CUMBRE DE LIDERES DEL FORO DE COOPERACIÓN ECONOMICA ASIA-PACIFICO” – APEC, en nuestra Ciudad Capital. Artículo Segundo.- Los Pabellones Nacionales y Banderas a instalarse en las viviendas, locales comerciales, instituciones públicas y privadas deberán estar en buen estado de conservación. Artículo Tercero.- Disponer que el presente decreto sea publicado en el Diario Ofi cial El Peruano y difundido a través del Portal de la Página Web de la Municipalidad Distrital del Rímac. Artículo Cuarto.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Secretaría General, Unidad de Imagen Institucional, Ofi cina de Administración y Finanzas y, demás unidades orgánicas competentes. Dado en el local de la Municipalidad del Rímac a los dieciséis días del mes de julio del dos mil ocho. Regístrese, comuníquese y cúmplase.VÍCTOR LEYTON DÍAZ Alcalde 266133-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Aprueban regularización de habilitación urbana de terreno RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 589-2008-MPC/GGDU Callao, 16 de setiembre de 2008EL GERENTE GENERAL DE DESARROLLO URBANO Visto, el Expediente de Registro Nº 10522831-A y acumulados presentado por Constructora Continente Sociedad Anónima COCONSA y otros, representado por su gerente general Rómulo Soto Hervias, inscrito en la Partida Electrónica Nº 249564 del Registro de Personas Jurídicas de Lima, por el que solicita Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada respecto al Programa de Vivienda “Aeroresidencial Faucett”, del predio de su propiedad, de 10,731.50 m² ubicado en la parcela 3A lote Nº 02 del Ex fundo La Tabeada - Callao inscrito en la Partida Electrónica Nº 70089661 del Registro de la Propiedad Inmueble del Callao, CONSIDERANDO:Que, mediante expediente de Registro Nº 10522831-A de fecha 29 de mayo de 2006 CONSTRUCTORA CONTINENTE SOCIEDAD ANÓNIMA - COCONSA solicitó la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada, respecto al Programa de Vivienda Aeroresidencial Faucett, del predio de su propiedad de 10,731.50 m² ubicado en la parcela 3A lote Nº 02 del ex Fundo La Taboada- Callao, inscrito en la Partida electrónica Nº 70089661 del Registro de la Propiedad Inmueble del Callao. Que, la empresa recurrente ha cumplido de conformidad con los requisitos establecidos por el Texto Único de Procedimientos Administrativos (T.U.P.A.) de esta corporación municipal para el presente procedimiento, con presentar lo siguiente: 1. Solicitud en Formulario 3 y copia simple del Comprobante de Pago Nº 0959595-30016817 por abono del derecho que el trámite genera (fojas 4 y 5). 2. Copia Literal de la Ficha Nº 50470 con continuación en la Partida Nº 70089661 emitida el 10.05.06 (fojas 37-49), con las que se acredita la copropiedad del inmueble y aceptación del trámite por los demás copropietarios regístrales (fojas 153 y 154). 3. Copia Literal de la Ficha Nº 104855 con continuación en la Partida Nº 249564 emitida el 12.05.06 (fojas 6-17), con la que se acredita la representatividad de don Rómulo Soto Hervias, Gerente General de Constructora Continente S.A., co-propietaria registral con la mayor cantidad de acciones y derechos del inmueble. 4. Plano de Ubicación, Lotización y Memoria Descriptiva conforme a las especifi caciones dispuestas en el T.U.P.A. 5. Declaración Jurada con fi rma legalizada notarialmente de encontrarse incursa en el Artículo 26 del D.S. Nº 010-2005-VIVIENDA en lo que respecta a los aportes reglamentarios (fojas 24) 6. Declaración Jurada con fi rma legalizada notarialmente conforme al Artículo 21º Inciso g) del D.S. Nº 010-2005-VIVIENDA sobre ejecución parcial de obras (fojas 25) 7. Certifi cado de Habilitación de Proyectos Nº 5110343 emitido por el Colegio de Ingenieros del Perú.- Consejo Departamental de Lima (fojas 18) 8. Copia simple de Resolución Jefatural Nº 1468-2008- ED del 20.05.08 del Ministerio de Educación Jefatura de Infraestructura Educativa y copia simple de la Factura Nº 3506 del 27.06.08 (fojas 240-241), de abono défi cit Aporte de Educación. 9. Copia Comprobantes de Pago Nº 1132701- 24050,1161309-30342,1244250-42770,1252147-44497,1284187-49487,1304810-53160,1372786-67275 por concepto de fraccionamiento de redención de aportes de habilitación urbana según Contrato de Fraccionamiento A 07656 y Resolución Gerencial Nº 459-07 del 11-08-07 modifi cando el acotado Contrato (fojas 211, 219-221 y 251-254). Que, mediante Expediente Nº 10616803 - A de fecha 6 de Septiembre de 2006, la Asociación de Propietarios de Vivienda “Aeroresidencial Faucett”, comunica a esta organización municipal, que han decidido separarse de la Comisión Unifi cada pro agua y alcantarillado de los programas de vivienda Alameda Portuaria I - II Etapa - Aeroresidencial Faucett y Portales del Aeropuerto del Callao, y por tanto señalan que proseguirán el tramite de Habilitación Urbana. Que, mediante Informe Técnico Nº 092-2006-MPC-GGDU- GPUC-GOF-EEC del 18-09-06 ampliado mediante informe Nº 135-2006-MPC-GGDU-GPUC-GOF-EEC del 30-11-06, se señaló que de acuerdo al Certifi cado de Zonifi cación y Vías Nº 045-2005-MPC-GGDU-GPUC del 09-09-05, el terreno materia de habilitación urbana se encuentra zonifi cado como Zona Residencial de Densidad Media -RDM (R3-R4) en un 75% y Zona Comercial Local - CL (C1-C2) en el 25% restante, siendo estos últimos los predios con frente a la Av. Elmer Faucett; cuya sección transversal es de 72.00ml; se indicó así mismo que en cuanto a los aportes reglamentarios de Recreación Pública, al Ministerio de Educación, al Servicio de Parques y para Otros Fines, no han sido dejados en terreno, por lo que estando al défi cit de aportes estos serán redimidos en dinero, así mismo de la inspección ocular se verifi có la existencia de viviendas con construcción de material noble de 1 ó 2 pisos en un 52.38% del total de lotes existentes, las cuales cuentan con servicio de alumbrado público y domiciliario, careciendo de servicios de agua y alcantarillado, y no encontrándose ejecutadas las pistas y veredas. Que, mediante informe Técnico Nº 039-2007-MPC- GGDU-GPUC-GOF del 27-06-07, se señala que según Acuerdo Nº 017-2006 adoptado en Sesión Nº 005-2006 del 14 -11 -06 se aprobó la Regularización de la Habilitación Urbana Ejecutada, por la Comisión Técnica Califi cadora de Habilitación Urbana y Subdivisión de Tierras, califi cando la habilitación de acuerdo a su densidad como de Tipo 4 (Norma TH. 010), Artículo 10 del Reglamento Nacional de Edifi caciones- RNE aprobado por D.S. Nº 011-2006 VIVIENDA, señalando que el défi cit de aportes será redimido en dinero, correspondiéndole aportes de Recreación Pública (8%), Educación (2%) y Otros Fines (3%) y, por Acuerdo Nº 3-2007 adoptado en Sesión Nº 1-2007 del 23-02-07 se aprobó la regularización de la habilitación urbana. Que, mediante Convenio de Fraccionamiento Nº A07656 de fecha 4 de mayo de 2007, de la Gerencia de Recaudación de la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas, la administrada Constructora Continente Sociedad Anónima - COCONSA convino en cancelar por concepto de redención de aportes de Recreación Pública, Educación, Servicio de Parques y otros (saneamiento de habilitación urbana) con orden de pago Nº 0000088, la suma de S/. 34,555.43, Expediente Nº 10522831-A Código 0818 de fecha 08-03-07, en seis cuotas, convenio que fuera modifi cado Resolución Gerencial Nº 459-07 del 10 de agosto de 2007, aprobándose la Modifi cación del Convenio de Fraccionamiento, comprendiendo una nueva orden de pago Nº 00000252 del 23 de julio de 2007 por la suma total de S/. 27, 150.58. Que, la administrada mediante expediente Nº 10522831 G de fecha 3 de julio de 2008, ha presentado la Resolución Jefatural Nº 1468-2008-ED de fecha 20 de mayo de 2008, Descargado desde www.elperuano.com.pe