NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (05/09/2008)
CANTIDAD DE PAGINAS: 56
TEXTO PAGINA: 45
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 5 de setiembre de 2008 379243 6. Un representante de la Subgerencia de Defensa Civil. 7. Un representante del Ministerio Público.8. Un representante del Ministerio de Educación.9. Un representante de la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (DICSCAMEC) del Ministerio del Interior. 10. Un representante de la Sétima Dirección Territorial de la Policía Nacional del Perú. 11. Un representante del Escuadrón de Desactivación de Explosivos (EDEX). 12. Un representante del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI). 13. Un representante del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú. 14. Un representante de la SUNAT–ADUANAS.15. Un representante de La Defensoría del Pueblo”. Artículo Segundo.- Comunicar el presente Acuerdo a la Comisión Multisectorial Permanente de Control de Productos Pirotécnicos de Lima Metropolitana, el cual entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y cúmplase.NORMA YARROW LUMBRERAS Regidora de la MunicipalidadMetropolitana de LimaEncargada de la Alcaldía 246963-1 MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA Autorizan realización del “Segundo Matrimonio Civil Comunitario del Año 2008” ORDENANZA Nº 0171-MDI Independencia, 27 de agosto de 2008EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA; POR CUANTO:El Concejo Municipal en la Sesión Ordinaria de la fecha, el proyecto de Ordenanza que aprueba la realización del “II Matrimonio Civil Comunitario 2008 y Exoneración del Pago de Derecho de Trámite” en el distrito de Independencia, remitido a la Gerencia de Secretaría General mediante Informe Nº 040-2008-RC-GSG/MDI del 13 de junio de 2008 y Nº 052-2008-RC-GSG/MDI del 22 de agosto de 2008, ambos del Área de Registro Civil; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el artículo 195º de la Constitución Política del Perú y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, los Gobiernos Locales a través de las Ordenanzas crean, modifi can, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por Ley. Que, los derechos de pago de trámite de Matrimonio Civil se encuentran establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de Independencia, aprobado mediante Ordenanza Nº 117-MDI de fecha 22 de marzo del 2006. Que, dentro de los derechos sociales y económicos que regula el Capítulo II del Título I de la Constitución Política del Perú, en su artículo 4º se establece que la Comunidad y el Estado protegen a la familia y promueven el matrimonio, reconociéndolos como institutos naturales y fundamentales de la sociedad. Que, las municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972. Que, mediante Informes de vistos el Área de Registro Civil, propone la realización del “II MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2008”, el cual se llevará a cabo el día sábado 25 octubre de 2008. Que, la Unidad de Asesoría Legal mediante Informe Nº 398-2008-UAL/MDI de fecha 30 de junio de 2008, opina que resulta procedente tanto la realización como la exoneración del pago de la tasa por derecho de trámite del “II Matrimonio Civil Comunitario 2008”. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 9º numeral y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 el Concejo Municipal con el voto Unánime de sus miembros hábiles, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta aprobó la siguiente: ORDENANZA REALIZACIÓN DEL II MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2008 Y EXONERACIÓN DE PAGO DE DERECHO DE TRÁMITE Artículo Primero.- AUTORIZAR la celebración de “SEGUNDO MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO DEL AÑO 2008” a llevarse a cabo el día 25 de octubre del 2008 a horas 10:00 antes meridiano, en la explanada de la Alameda de los Incas – Tahuantinsuyo – Independencia. Artículo Segundo.- ESTABLECER la exoneración del pago por Derecho de Trámite de Matrimonio Civil para el Segundo Matrimonio Civil Comunitario 2008, disponiéndose como pago único la suma S/. 60.00 (Sesenta y 00/100 Nuevos Soles) por concepto de Derecho de Trámite. Artículo Tercero.- LOS CONTRAYENTES deberán presentar los requisitos establecidos en los artículos 248º y siguientes del Código Civil y en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Independencia. Artículo Cuarto.- DISPONER que los contrayentes efectúen la publicación del Edicto Matrimonial ESTABLECIENDO la exoneración del plazo legal establecido. Artículo Quinto.- FIJAR como fecha de término para la presentación de expedientes matrimoniales el 22 de octubre del 2008. Artículo Sexto.- ENCARGAR a las gerencias y unidades según corresponda el cumplimiento de la presente Ordenanza y a la Gerencia de Secretaría General disponga su publicación el Diario Ofi cial El Peruano conforme a ley. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.LOVELL YOMOND VARGAS Alcalde 247465-1 Establecen disposiciones para implementar la Estrategia Nacional CRECER en el distrito ORDENANZA Nº 172-MDI Independencia, 29 de agosto de 2008EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA VISTO:En Sesión Ordinaria de la fecha el Memorándum Nº 674-2008-GMDS/MDI, de fecha 30JUL2008 Descargado desde www.elperuano.com.pe