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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (16/09/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 16 de setiembre de 2008 379761 mencionado funcionario diplomático deberá presentar ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores, un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANTERO FLORES-ARÁOZ ESPARZA Ministro de DefensaMinistro (e) del Despacho de Relaciones Exteriores 251747-1 Autorizan viaje de funcionario diplomático a Chile para participar en reunión preparatoria del IV Foro Ministerial sobre la Iniciativa de la Cuenca del Pacífico Latinoamericano RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1070-2008-RE Lima, 15 de setiembre de 2008 CONSIDERANDO: Que, es objetivo de la Política Exterior del Perú promover los intereses del país, en el marco de los foros y mecanismos de integración, con miras a consolidar su presencia regional e internacional y facilitar su proceso de inserción a nivel global en materia económica y comercial; Que, la Iniciativa sobre la Cuenca del Pacífi co Latinoamericano se enmarca en la propuesta peruana para establecer un “Arco del Pacífi co”, con la fi nalidad de consolidar un conjunto de alianzas para que, a partir de la Comunidad Andina de Naciones (CAN), se conforme una “Comunidad del Pacífi co” integrada por Colombia, Ecuador, Perú, Chile (miembro asociado a la CAN), que se extendería a lo largo del continente incorporando a México y Centroamérica; Que, el objetivo principal de esta Iniciativa es identificar acciones conjuntas que permitan una cooperación más dinámica de los países de la Cuenca del Pacífico Latinoamericano entre sí, y conducentes a mayores acercamientos con el Asia-Pacífico en los campos referidos a la facilitación y promoción del comercio; la promoción de inversiones; aprovechamiento de los mercados; y, el mejoramiento de la competitividad; Que, la Iniciativa de la Cuenca del Pacífi co Latinoamericano está liderada conjuntamente por las Cancillerías y por los Ministerios de Comercio de los países latinoamericanos de la Cuenca del Pacífi co; Que, la Cancillería ha venido participando activamente en el I Foro Ministerial sobre la Iniciativa de la Cuenca del Pacífi co Latinoamericano, que se llevó a cabo los días 29 y 30 de enero de 2007, en la ciudad de Cali, República de Colombia, en el II Foro Ministerial que se desarrolló en Lima, República del Perú el 20 y 21 de agosto de 2007, y en el III Foro Ministerial desarrollado el 13 y 14 de abril de 2008 en Cancún, Estados Unidos Mexicanos; Que, el 16 de septiembre se realizará en la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, una reunión preparatoria para comenzar a elaborar la Declaración del IV Foro Ministerial que se llevará a cabo el 03 de octubre de 2008, en la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile; Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores, en su calidad de coordinador del Grupo de Trabajo sobre Cooperación Económica y Técnica para la Competitividad, creado en el II Foro de Lima, deberá presentar en la citada reunión preparatoria el informe sobre los resultados de la segunda Reunión del Grupo de Trabajo sobre Cooperación Económica y Técnica para la Competitividad celebrada el 04 y 05 de septiembre de 2008 en la ciudad de Lima, República del Perú y elaborar los párrafos de la Declaración correspondientes al tema de competitividad; Que, asimismo, conforme lo ofrecido en la reunión del Grupo de Refl exión sobre aspectos institucionales, desarrollada en la República de Panamá el 25 de junio de 2008, el Perú deberá presentar la versión prototipo de página web que ha desarrollado con la colaboración de la Corporación Andina de Fomento; Teniendo en cuenta el Memorándum (SAE) N° SAE0528/ 5008, de la Subsecretaría de Asuntos Económicos, de 09 de septiembre de 2008; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º inciso g) y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; en concordancia con el artículo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, su modificatoria la Ley Nº 28807, que establece que los viajes oficiales al exterior de servidores y funcionarios públicos se realicen en clase económica, su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y el numeral 8.2 del artículo 8º de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Consejero en el Servicio Diplomático de la República Pedro Antonio Bravo Carranza, funcionario de la Subsecretaría de Asuntos Económicos, a la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, el 16 de septiembre de 2008, para participar en representación del Ministerio de Relaciones Exteriores, en la reunión preparatoria del IV Foro Ministerial sobre la Iniciativa de la Cuenca del Pacífi co Latinoamericano. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 19437: Integración Política y Negociaciones Económico-Comerciales Internacionales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes US$Viáticos por día US$Número de díasTotal viáticos US$Tarifa aeropuerto US$ Pedro Antonio Bravo Carranza 790.11 200.00 1+1 400.00 30.25 Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la referida reunión, el mencionado funcionario diplomático deberá presentar ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores, un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTERO FLORES-ARÁOZ ESPARZA Ministro de DefensaMinistro (e) del Despacho de Relaciones Exteriores 251747-2Descargado desde www.elperuano.com.pe