NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (16/09/2008)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 16 de setiembre de 2008 379778 Artículo 5.- Encargar a la Gerencia General Regional, el cumplimiento e implementación de lo dispuesto en la presente Ordenanza Regional. POR TANTO:Mando se registre, comunique y cumpla. ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Presidente 250980-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Regulan el ordenamiento vial en el distrito ORDENANZA Nº 062-2008/MLV La Victoria, 11 de septiembre de 2008El CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIAPOR CUANTO:VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen Conjunto Nº 018-2008-CPDU-CPPPAL/MDLV de las Comisiones de Desarrollo Urbano y de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales, y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, se reconoce a los gobiernos locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las Ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, el artículo 12º del Reglamento de Administración de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC establece que es competencia del Ministerio de Transporte y Comunicaciones otorgar el certifi cado de habilitación técnica de terminales terrestres y estaciones de una ruta del servicio de transporte interprovincial de personas de ámbito nacional y de transporte de mercancías; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 28976 - Ley Marco de Licencias de Funcionamiento- señala que, corresponde a las Municipalidades Distritales evaluar las solicitudes y otorgar las licencias de funcionamiento en concordancia con lo establecido en el numeral 3.6.4 del artículo 79º de la Ley Orgánica de Municipalidades, que señala como función específi ca exclusiva de las Municipalidades Distritales la apertura de establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales de acuerdo con la zonifi cación; Que, la citada norma en el artículo 81º numeral 3.2 en concordancia con el numeral 1.6 de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece como función compartida de las Municipalidades Distritales otorgar licencias para la circulación de vehículos menores y demás; Que, la Compatibilidad de Uso es la evaluación que realiza la entidad competente con el fi n de verifi car si el tipo de actividad económica a ser desarrollada por el interesado resulta o no compatible con la categorización y el espacio geográfi co establecido en la zonifi cación vigente en nuestro distrito; Que, la zonifi cación es el conjunto de normas técnicas urbanísticas por la cual se regula el uso del suelo la misma que se encuentra establecida por la Ley Nº 28976 - Ley Marco de Licencias de Funcionamiento-; Que, de acuerdo con el Plan Vial propuesto para el distrito de La Victoria, el cual ha concluido con la determinación de las Zonas de Confl icto del Tránsito y el Estudio del Programa de Reordenamiento del Transporte Interprovincial de Pasajeros y Carga, es importante dictar medidas que permitan la recuperación de los espacios públicos para mejorar la libre circulación peatonal y vehicular en las vías distritales; Que, es de advertirse que numerosos establecimientos vienen funcionando sin considerar una adecuada instalación y espacio necesario con carácter permanente en el desarrollo de sus actividades económicas, empresariales, utilizando en consecuencia la vía pública, originando un desorden en el sistema vial del distrito; Que, a ello se agrega la necesidad de culminar con la propuesta respecto a la ejecución de las actividades que se viene desarrollando en el marco del proyecto CONTROL DE TRANSITO Y RECUPERACION DEL ESPACIO PUBLICO URBANO EN EL DISTRITO DE LA VICTORIA, siendo la fi nalidad el de proteger la integridad física y patrimonial de los vecinos, garantizar la fl uidez en el desplazamiento vehicular, intervenir las actividades de embarque y desembarque de pasajeros así como la carga y descarga de mercaderías en la vía pública, recuperación del ornato del distrito y áreas de dominio público como vías, áreas verdes, bermas, veredas y calzadas, supervisar y fi scalizar el uso de la vía pública en el distrito; Que, con fecha 21 de agosto de 2008 se aprueba la Ordenanza Nº 059-2008-MLV que regula el ordenamiento vial en el distrito de La Victoria; Que, previo a la publicación de la Ordenanza precitada la Gerencia de Desarrollo Urbano realiza precisiones y mejoras que resultan necesarias adoptarlas para lograr los fi nes que persigue el referido dispositivo, máxime si no se ha efectuado la publicación correspondiente en el diario Ofi cial El Peruano, no surtiendo efecto al no haber entrado en vigencia por lo que corresponde derogarla; Que, la Gerencia de Desarrollo Urbano, mediante Informe Nº 188 -2008-GDU-MDLV, remite la Ordenanza que Aprueba el Ordenamiento Vial en el Distrito de La Victoria, el cual contiene alcances y precisiones que optimizan el proyecto inicial tales como la Ordenanza Nº 1015-MML del 14 de mayo de 2007 y la Ordenanza Nº 1082-MML del 11 de octubre de 2007 que aprueban el reajuste integral de la zonifi cación de los usos del suelo del Distrito de La Victoria, parte del área de tratamiento normativo II de Lima Metropolitana, lo dispuesto por la Ley Nº 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, y la Ley Nº 28996, Ley de Eliminación de Sobrecostos, Trabas y Restricciones a la Inversión Privada, y el Reglamento Nacional de Edifi caciones del 8 de junio de 2006, todos ellos orientados a mejorar el contenido de lo inicialmente aprobado mediante Ordenanza Nº 059-2008/MLV. Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante Informe Nº 590-08-GAJ-MDLV de fecha 9 de septiembre del año en curso, concluye que las últimas modifi caciones y precisiones realizadas por la Gerencia de Desarrollo Urbano respecto del Proyecto de Ordenamiento Vial son viables; Que, mediante Dictamen Conjunto Nº 018-2008- CPDU-CPPPAL/MDLV del 9 de septiembre de 2008, la Comisión Permanente de Desarrollo Urbano y la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales, recomiendan al pleno del Concejo Municipal aprobar la Ordenanza que Aprueba el Ordenamiento Vial en el Distrito de La Victoria, con los alcances y precisiones realizadas conforme a lo reseñado en el Informe Nº 188 -2008-GDU-MDLV y el mediante Informe Nº 590-08-GAJ-MDLV; Descargado desde www.elperuano.com.pe