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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ABRIL DEL AÑO 2009 (15/04/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 58

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 15 de abril de 2009 394336 Distrital del Rímac la función normativa a través de Ordenanzas, las que tienen rango de ley, conforme a las garantías consagradas en el numeral 4) del Artículo 200º de nuestra Carta Magna; Que de conformidad con el Artículo 195º de la norma acotada, los Gobiernos Locales promueven el desarrollo y la economía local, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo, de manera que son competentes para crear, modifi car y suprimir contribuciones, tasas arbitrios, licencias y derechos municipales, conforme a ley, así como también para plantifi car el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonifi cación, urbanismo y el acondicionamiento territorial; y desarrollar y regular actividades y/o servicios en materia de saneamiento, ello concordante con el artículo IV del título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, la Comisión de Desarrollo Urbano y Defensa Civil, ha determinado la necesidad de otorgar el benefi cio de simplifi cación de requisitos para obtener Certifi cado de Posesión y la Visación de Planos en la zona del Centro Histórico del Rímac, para ayudar a resolver el problema de posesión precaria relacionada a los predios que ocupan los habitantes del Centro Histórico, destinado a facilitar el saneamiento de la titularidad sobre los inmuebles; Que, el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 27157, ley de regularización de edifi caciones, del procedimiento para la Declaratoria de Fábrica y del régimen de Unidades inmobiliarias de propiedad exclusiva y de propiedad común D.S. Nº 035-2006-VIVIENDA, establece el trámite notarial de prescripción adquisitiva y títulos supletorios dirigido a simplifi car el proceso de saneamiento de títulos inmuebles; y en este contexto es pertinente que la Municipalidad cumpla un rol facilitador a favor de los administrativos para que puedan iniciar sus respectivos trámites ante las instancias competentes, por lo que es pertinente proceder a simplifi car también el trámite de Visación de Planos para prescripción adquisitiva o Título Supletorio; Que, el Artículo 31º de la Ordenanza Nº 062-MML Reglamento de la Administración del Centro Histórico de Lima indica que por delegación, la Municipalidad Distrital del Rímac, es competente para administrar, controlar y coordinar las acciones de protección, conservación, revalorización y desarrollo del Centro Histórico de Lima, en la parte de su territorio que se encuentra dentro de dicha zona; Que, mediante Informe Nº 051-2009-OAJ-MDR de fecha 13.02.09 la Ofi cina de Asuntos Jurídicos, opina favorablemente por la aprobación del referido proyecto de ordenanza, por considerar que el mismo se encuentra enmarcado dentro de las funciones y competencias exclusivas de la Municipalidad; Que, mediante Ofi cio N° 003-2009-GRDEL-MDR de fecha 10.03.09 la Gerencia de Rentas y Desarrollo Económico Local, opina sobre la viabilidad de aprobar la norma que permita a los vecinos residentes en el Centro Histórico del Rímac, contar con el Certifi cado de Posesión y la Visación de Planos, acorde a los requerimientos de los mismos; Que, en atención al Art. 79° de la Ley Orgánica de Municipalidades, es competencia de las Municipalidades la organización del espacio físico y uso del suelo, correspondiendo al Concejo Municipal aprobar, modifi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto acuerdos, conforme al Artículo 9º inciso 8) de la Ley Nº 27972; Estando a lo expuesto, y de conformidad a lo establecido en el Artículo 9º numeral 8) y 9) y el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el voto unánime de los señores regidores y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta se aprobó lo siguiente: ORDENANZA DENOMINADA: “CREACIÓN DEL TRÁMITE TEMPORAL SIMPLIFICADO PARA EL OTORGAMIENTO DE CERTIFICADO DE POSESIÓN Y VISACIÓN DE PLANOS PARA EL CENTRO HISTÓRICO DEL RÍMAC” Artículo 1º.- La presente Ordenanza tiene por objeto simplifi car los requisitos exigibles para solicitar CERTIFICADO DE POSESIÓN, establecido en el numeral 06.05 y VISACIÓN DE PLANOS PARA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA O TÍTULO SUPLETORIO establecido en el numeral 06.06 del TUPA de la Municipalidad Distrital del Rímac. Artículo 2º.- La presente Ordenanza se sustenta en la siguiente base legal: A. La Constitución Política del Perú, artículos 194º y 195º. B. La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. C. Ley Nº 27157, Ley de Regularización de Edifi caciones del Procedimiento para la Declaratoria de fábrica y del Régimen de Unidades inmobiliarias de propiedad exclusiva y de Propiedad Común y texto Único Ordenado del Reglamento D.S. Nº 035-2006-VIVIENDA . D. Ordenanza Nº 062-MML Reglamento de la Administración del Centro Histórico de Lima. E. Ordenanza Nº 201-MML Plan Maestro del centro de Lima. F. Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Artículo 3º.- Son sujetos benefi ciarios de la presente Ordenanza, los poseedores de predios ubicados en el Centro Histórico Monumental del Rímac, comprendido dentro del Centro Histórico de Lima, conforme a la Ordenanza Nº 201-MML y según el plano de límites que forma parte de la presente ordenanza. Artículo 4º.- De los Requisitos para solicitar Certifi cado de Posesión Las solicitudes de Certifi cado de Posesión sobre predios en el Centro Histórico deberán ser fi rmadas por los poseedores titulares, adjuntando copia de su DNI y los siguientes documentos: - Plano de Ubicación 1/500 fi rmado por profesional ingeniero o arquitecto habilitado. - Comprobante de pagos de arbitrios y/o impuesto predial, de últimos cinco (05) años anteriores al año de presentación o fraccionamiento al día por dicho período o certifi cación de la Gerencia de Rentas de la Municipalidad del Rímac, de que el predio no se encuentra registrado en la base de datos de contribuyentes, en cuyo caso, deberá presentar su Declaración Jurada y Pago del Impuesto conforme a la liquidación que realice la Gerencia de Rentas, quedando registrado el nuevo contribuyente como poseedor. - Carta de 04 vecinos declarando la posesión del recurrente, por el período indicado en su solicitud. - Cualquier otra documentación que demuestre la posesión pública, continúa y pacífi ca, durante el período solicitado (recibos de suministros, partidas del registro civil y otros documentos). - Derecho de pago de S/. 60.00 (1.69 % UIT). Artículo 5º.- De los Requisitos para solicitar Visación de Planos Las solicitudes de Visación de Planos, para Prescripción Adquisitiva o Título Supletorio sobre Predios en el Centro Histórico deberán ser fi rmadas por los poseedores titulares adjuntando copia de su DNI y los siguientes documentos: - Plano de Ubicación 1/500, Perímetro 1/100 y Distribución 1/50; y Memoria Descriptiva del predio matriz y fi rmado por profesional ingeniero o arquitecto habilitado y por los recurrentes. - Documento que sustente Legítimo interés (Constancia de Posesión, Título de Propiedad, contrato Privado o certifi cado Domiciliario, con una antigüedad no mayor a un mes). - Derecho de Pago de S/. 165.00 (4.65% UIT) Artículo 6º.- Los Administrados posesionarios asumen plena responsabilidad de los documentos que presentan ante la Municipalidad Distrital del Rímac, responsabilizándose administrativa, civil y penalmente por la veracidad de la información y documentación proporcionada.