Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ABRIL DEL AÑO 2009 (15/04/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 53

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 15 de abril de 2009 394331 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 26 de marzo del 2009, el Ofi cio Nº 001-090-005261, de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria-SAT (en adelante el SAT), adjuntando el expediente de ratifi cación de la Ordenanza Nº 308-MDB, que fi ja los montos por derecho de emisión mecanizada del impuesto predial y arbitrios, correspondiente al ejercicio 2009 en el Distrito de Barranco; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratifi cadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad. Que, en aplicación de lo normado por las Ordenanzas Nos. 1178 y 607 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicadas el 3 de octubre del 2008 y el 24 de marzo del 2004, respectivamente, la Municipalidad Distrital de Barranco aprobó la Ordenanza materia de la ratifi cación, remitiéndola al SAT con carácter de declaración jurada incluyendo sus respectivos informes y documentos sustentatorios, y el SAT en uso de sus competencias y atribuciones, previa revisión y estudio, emitió el Informe Técnico Legal Nº 004-082-00000991, opinando que procede la ratifi cación solicitada, por cumplir con los requisitos exigidos para tal efecto. De acuerdo con lo opinado por el Servicio de Administración Tributaria-SAT y por la Comisión de Asuntos Económicos y de Organización en el Dictamen Nº 077-2009-MML/CMAEO. ACORDÓ: Artículo Primero.- Ratifi car la Ordenanza Nº 308-MDB, que fi ja los montos por derecho de emisión mecanizada del impuesto predial y arbitrios, correspondiente al ejercicio 2009 en el Distrito de Barranco. Artículo Segundo.- Dejar constancia que el presente Acuerdo ratifi catorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicación y del Texto de la Ordenanza Nº 308-MDB, así como del anexo que contiene la última versión del cuadro de la estructura de costos correspondiente, por lo que su aplicación sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital. Asimismo, corresponde precisar que la evaluación realizada se efectuó sobre la base de la información remitida por la Municipalidad Distrital, la cual tiene carácter de declaración jurada conforme lo dispuesto en la Ordenanza Nº 607. Artículo Tercero.- Cumplido el citado requisito de publicación, la Municipalidad Metropolitana de Lima a través de su página web www.munlima.gob.pe hará de conocimiento público el presente Acuerdo, el Dictamen de la Comisión de Asuntos Económicos y Organización y el Informe del SAT. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 335090-1 MUNICIPALIDAD DE BARRANCO Fijan montos por derecho de emisión mecanizada referentes al Impuesto Predial y a los Arbitrios Municipales del Ejercicio 2009 ORDENANZA Nº 308-MDB Barranco, 30 de enero del 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO; Por Cuanto: EL CONCEJO MUNICIPAL DE BARRANCO, en Sesión Ordinaria de la fecha, VISTO: El Memorándum Nº 331-2008-MDB/OPPR, de fecha 10 de diciembre del 2008, emitido por la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, el Informe Nº 01-2009-SGR-GAT/MDB, de fecha, 05 de enero del 2009, emitido por la Subgerencia de Recaudación y Control, y el Informe Nº 02-2009-OAJ/MDB, de fecha 06 de enero del 2009, emitido por la Ofi cina de Asesoría Jurídica, respecto al proyecto de Ordenanza que aprueba el Costo de Emisión de las Cuponeras 2009; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo señalado en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú ,las municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el artículo 40º de la Ley N º 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en concordancia con el numeral 4) del Artículo 200º de la Constitución Política del Perú, establece que las Ordenanzas de las Municipalidades en materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que las municipalidades tienen competencia; Que la Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal , aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, faculta a las municipalidades a brindan el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de tributos, incluido su distribución a domicilio; a cobrar no más del 0.4 % de la U.I.T. vigente al 1 de Enero de cada Ejercicio, en cuyo caso esta valorización sustituye la obligación de presentación de Declaraciones Juradas. Que, mediante Decreto Supremo Nº 169-2008 EF se establece el valor de la U.I.T en S/. 3,550.00 para el ejercicio fi scal 2009. Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto mayoritario de sus miembros y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL COSTO DE EMISION DE CUPONERAS 2009 Artículo Primero.- Fíjese en S/. 4.00 (Cuatro 00/100 Nuevos soles) el monto que deberán abonar los contribuyentes por concepto de derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del impuesto, incluyendo la distribución de la declaración jurada y determinación del Impuesto Predial del ejercicio 2009. Por cada predio adicional se abonará S/ 0.50 (Cincuenta céntimos 00/100 Nuevos Soles) por el derecho mencionado. El monto del derecho se cancelará en forma fraccionada de cuatro cuotas conjuntamente con la del Impuesto Predial del ejercicio 2009. Artículo Segundo.- Establecer en S/. 1.00 (Un 00/100 Nuevos Soles) por cada Trimestre el monto que deberán abonar los contribuyentes o responsables por servicios de emisión mecanizada de determinación de las tasas de Arbitrios Municipales 2009, incluyendo la distribución a domicilio. Artículo Tercero.- Aprobar el Informe Técnico que comprende la estructura de costos y el cuadro de estimación de Ingresos por el servicio de emisión mecanizada de la determinación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2009, la misma que forma parte de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FELIPE ANTONIO MEZARINA TONG Alcalde