Norma Legal Oficial del día 22 de abril del año 2009 (22/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES
III. BASE LEGAL

El Peruano MORDAZA, miercoles 22 de MORDAZA de 2009

Que, mediante Resolucion Legislativa N° 10709 se aprueba la "Convencion que crea la Organizacion Educacional Cientifica y Cultural de las Naciones Unidas ­ UNESCO", adoptada por el Peru en la Conferencia Educacional y Cultural en Londres el 16 de noviembre de 1945; Que, por Decreto Supremo N° 2032 se aprueba la creacion de la "Comision Nacional Peruana de Cooperacion con la UNESCO" y por Decreto Supremo Nº 037-2002-ED se establece su conformacion adscrita al Ministerio de Educacion; Que, conforme al articulo 3º del Reglamento de la Comision Nacional Peruana de Cooperacion con la UNESCO, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 07822003-ED, la citada Comision se encarga entre otros de fomentar la participacion activa del MORDAZA en los programas y actividades de la UNESCO; Que, con motivo a conmemorarse el 3 de MORDAZA, el "Dia Mundial de la MORDAZA de Prensa", la UNESCO ha programado una serie de actividades con la finalidad de difundir, sensibilizar y movilizar a la comunidad educativa sobre los principios fundamentales de la MORDAZA de prensa y la MORDAZA de expresion y, evaluar el estado de estos derechos en nuestra sociedad; Que, en ese sentido, teniendo en cuenta el documento de Visto y los considerandos precedentes, resulta necesario aprobar la Directiva Nº 001- VMGP-2009 que rige la participacion de los estudiantes y profesores de Educacion Secundaria en las actividades de celebracion por el "Dia Mundial de la MORDAZA de Prensa", a realizarse el 3 de MORDAZA del presente ano; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar la Directiva Nº 001VMGP-2009, que establece las "Normas para orientar el desarrollo de actividades celebrativas por el "Dia Mundial de la MORDAZA de Prensa", en las instituciones educativas del nivel MORDAZA, que como anexo forma parte de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. IDEL VEXLER T. Viceministro de Gestion Pedagogica

· Constitucion Politica del Peru. · Ley N° 28044, Ley General de Educacion. · Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales. · Decreto Supremo N° 006-2006-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion y sus modificatorias. · Resolucion Ministerial N° 0441-2008-ED, que aprueba la Directiva para el Desarrollo del Ano Escolar 2009 en las Instituciones Educativas de Educacion Basica y TecnicoProductiva. · Resolucion Legislativa N° 10709 promulgada el 5 de noviembre de 1946, que aprueba la "Convencion de Constitucion de la Organizacion Educacional Cientifica y Cultural de las Naciones Unidas ­ UNESCO". · Decreto Supremo N° 2032, del 20 de octubre de 1947 que aprueba la creacion de la Comision Nacional Peruana de Cooperacion con la UNESCO. · Decreto Supremo N° 037-2002-ED, que establece la conformacion de la Comision Nacional Peruana de Cooperacion con la UNESCO. · Resolucion Ministerial N° 0782-2003-ED, que aprueba el Reglamento de la Comision Nacional Peruana de Cooperacion con la UNESCO. IV. ALCANCES 1. Direccion General de Educacion Basica Regular. 2. Direcciones Regionales de Educacion. 3. Direcciones de las Unidades de Gestion Educativa Local. 4. Instituciones Educativas Publicas y Privadas. V. DISPOSICIONES GENERALES 5.1. La celebracion del "Dia Mundial de la MORDAZA de Prensa", a consideracion de UNESCO, en el presente ano, se celebrara en las instituciones educativas de todo el MORDAZA con los estudiantes del nivel MORDAZA, para asegurar que la poblacion mas joven MORDAZA conciencia de este derecho humano. 5.2. Las Instituciones Educativas del nivel MORDAZA de Educacion Basica Regular desarrollaran en el presente ano y de manera simultanea en todo el Peru actividades que les permitan estudiar, analizar y reflexionar sobre la importancia de los derechos a la MORDAZA de opinion y de expresion consagrados en la Declaracion de los Derechos. 5.3. Todas las actividades destinadas a sensibilizar la conciencia de los jovenes se circunscriben a la celebracion por el "Dia Mundial de la MORDAZA de Prensa". 5.4. El Ministerio de Educacion, a traves de las Direcciones Regionales de Educacion y las Unidades de Gestion Educativa Local asumiran las responsabilidades de organizacion, difusion, ejecucion y supervision del desarrollo de la celebracion del "Dia Mundial de la MORDAZA de Prensa" en las instituciones educativas de su jurisdiccion. 5.5. La ejecucion de la presente Directiva no alterara el cumplimiento de las horas efectivas de trabajo pedagogico. VI. DISPOSICIONES ESPECIFICAS 6.1. Las Direcciones Regionales de Educacion y las Unidades de Gestion Educativa Local, adecuaran la presente directiva al contexto de su realidad y determinaran los instrumentos normativos complementarios para su cumplimiento en todas las instituciones educativas publicas y privadas de Educacion Basica Regular. 6.2. Las Direcciones Regionales de Educacion y las Unidades de Gestion Educativa Local realizaran las coordinaciones respectivas con los medios masivos de comunicacion (prensa radial, escrita y televisiva) a fin de dar mayor cobertura informativa a la celebracion del "Dia Mundial de la MORDAZA de Prensa". 6.3. Las Direcciones Regionales de Educacion y las Unidades de Gestion Educativa Local efectuaran un monitoreo muestral del "Dia Mundial de la MORDAZA de Prensa" como parte de la funcion de supervision en el cumplimiento de la presente Directiva. 6.4. Las instituciones educativas del nivel MORDAZA de Educacion Basica Regular desarrollaran el MORDAZA

DIRECTIVA N° 001-VMGP-2009 NORMAS PARA ORIENTAR EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES CELEBRATIVAS POR EL "DIA MUNDIAL DE LA MORDAZA DE PRENSA", EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS DEL NIVEL MORDAZA
I. FINALIDAD Establecer las normas para orientar la participacion de los estudiantes y profesores de Educacion Secundaria, en las actividades de celebracion por el "Dia Mundial de la MORDAZA de Prensa", a realizarse el 3 de MORDAZA del presente ano, promovida por la UNESCO, con la finalidad de difundir, sensibilizar y movilizar a la comunidad educativa sobre los principios fundamentales de la MORDAZA de prensa y la MORDAZA de expresion y, evaluar el estado de estos derechos en nuestra sociedad. II. OBJETIVOS 2.1. Promover un espacio educativo de reflexion con los estudiantes, profesores y la comunidad educativa sobre el derecho de todas y cada una de las personas a la MORDAZA de opinion y de expresion, asumiendo el lema: "3 de MORDAZA, Dia Mundial de la MORDAZA de Prensa". 2.2. Contribuir al logro de movilizar a las instituciones educativas de Educacion Secundaria del ambito nacional para que realicen actividades que cuenten con la participacion de estudiantes y docentes, en el MORDAZA de la celebracion del "Dia Mundial de la MORDAZA de Prensa".

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