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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 29 de abril de 2009 395148 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO CONSIDERANDO: Que, según lo establecido en el artículo 8º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por D.S. Nº 043-2003-PCM, las entidades están obligadas a brindar información al público, debiendo identifi car al funcionario responsable del cumplimiento de dicho mandato legal; Que, mediante la Resolución de Alcaldía Nº 219-2008- MDB se designó al Secretario General de la Municipalidad Distrital de Barranco como el funcionario responsable de entregar información de acceso al público, y al Jefe de la Unidad de Informática y Estadística como el funcionario responsable de elaborar y actualizar el portal de transparencia de la Municipalidad de Barranco; Que, se ha visto por conveniente que la Ofi cina de Imagen Institucional, Educación y Cultura se encargue de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Barranco, lo cual hace necesario modifi car la Resolución de Alcaldía Nº 219-2008-MDB; De conformidad con el D.S. Nº 043-2003-PCM, Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y ejerciendo las facultades conferidas por el artículo 20º, numeral 6) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y con la visación de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia Municipal; RESUELVE. Artículo Primero.- Modifi car, a partir del 09 de abril del 2009, el Artículo Segundo de la Resolución de Alcaldía Nº 219-2008-MDB, el cual queda redactado de la siguiente manera: “Artículo Segundo.- DESIGNAR al Jefe de la Ofi cina de Imagen Institucional, Educación y Cultura como el funcionario responsable de elaborar y actualizar el Portal de Transparencia de la Municipalidad. Artículo Segundo.- Ratifi car en sus demás términos la Resolución de Alcaldía Nº 219-2008-MDB. Artículo Tercero.- DISPONER que todos los funcionarios de la Municipalidad, sin excepción y bajo responsabilidad, proporcionen a la Ofi cina de Secretaría General y a la Ofi cina de Imagen Institucional, Educación y Cultura, toda la documentación e información que éstas requieran para el cumplimiento de lo encomendado mediante la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase FELIPE ANTONIO MEZARINA TONG Alcalde 341402-1 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Aprueban formatos correspondientes a diversos procedimientos no contenciosos DECRETO DE ALCALDÍA Nº 005-2009 La Molina, 27 de abril del 2009 EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MOLINA CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme a lo dispuesto por el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú; Que, el Artículo 154º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece la posibilidad de utilizar formatos de libre reproducción y distribución gratuita, en los casos que la administración deba atender una serie numerosa de expedientes homogéneos; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades previstas en los Artículos 20º numeral 6) y 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR los formatos que, como anexo, forman parte del presente Decreto de Alcaldía, correspondientes a los siguientes procedimientos no contenciosos: - Formato Nº 201: Declaración Jurada de Actualización de Datos. - Formato Nº 202: Solicitud de Benefi cio de Pensionista. - Formato Nº 203: Suspensión de Benefi cio de Pensionista. - Formato Nº 204: Solicitud de Devolución de Pagos. - Formato Nº 205: Solicitud de Compensación de Pagos. - Formato Nº 206: Solicitud de Transferencia de Pagos. - Formato Nº 207: Solicitud de Constancias de No Adeudo. Los formatos aprobados serán de distribución gratuita y utilización obligatoria en los procedimientos que a cada uno corresponda, debidamente suscritos por el recurrente o su representante legal. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUIS DIBOS VARGAS PRADA Alcalde 341283-1 Sustituyen artículos del Reglamento para el Fraccionamiento de Pago de Deudas Tributarias y No Tributarias DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2009 La Molina, 27 de abril del 2009 EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MOLINA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 022-2006 de fecha 10 de noviembre de 2006, se aprobó el Reglamento para el Fraccionamiento de Pago de Deudas Tributarias y No Tributarias, vigente desde el 01 de diciembre del 2006; Que, es conveniente modifi car el régimen de fraccionamiento de deudas tributarias o no tributarias, con la fi nalidad de actualizarlo y adoptar las medidas que permitan mejorar los procesos de recaudación, asegurando su continuidad y buen funcionamiento; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades previstas en los Artículos 20º numeral 6) y 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- SUSTITÚYANSE los Artículos 7º, 9º, 19º, 31º y 32º del Reglamento para el Fraccionamiento de Pago de Deudas Tributarias y No Tributarias, aprobado por Decreto de Alcaldía Nº 022-2006, por los textos siguientes: “Artículo 7º.- REQUISITOS Son requisitos, para la celebración de los Convenios de Fraccionamiento, los siguientes: a) Copia de Documento de Identidad del solicitante o de la Ficha de Inscripción del Registro Único de Contribuyente, en el caso de personas jurídicas. b) Documento Público o Privado que acredite representación, con fi rma legalizada notarialmente ó autenticada ante fedatario designado por la institución, en los casos que la gestión no la realice el deudor; sin perjuicio de esto, deberá presentarse certifi cado de vigencia de poder, otorgado por Registros Públicos, en los casos de poder otorgado por Escritura Pública con una antigüedad superior a los seis (06) meses.