Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 2009 (29/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, miercoles 29 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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proporcionado la informacion correspondiente, habiendo OSINERGMIN efectuado las observaciones del caso y los calculos correspondientes a cada una de las empresas de distribucion electrica; Que, mediante Resolucion OSINERGMIN N° 3622008-OS/CD se establecieron los Ep aplicables al periodo MORDAZA 2008 ­ MORDAZA 2009, siendo por tanto, necesaria la fijacion del Ep para el periodo MORDAZA 2009 ­ MORDAZA 2010; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, en el Reglamento General del OSINERGMIN aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, en el Decreto Ley N° 25844 Ley de Concesiones Electricas y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar los Factores de Ponderacion del Precio de la Energia (Ep) por empresa de distribucion electrica, aplicables para el calculo del cargo de energia de las opciones tarifarias MT4, BT4, BT5B, BT5C, BT6 y BT7, desde el 01 de MORDAZA de 2009 hasta el 30 de MORDAZA de 2010. Empresa Edelnor Luz del Sur Edecanete Electrocentro Electronorte Hidrandina Electronoroeste Electro Sur Medio Coelvisac Emsemsa Electro Tocache Electrosur Electro Sur Este Electro MORDAZA Seal Electro Ucayali Electro Oriente Sersa Ep 0,250 0,237 0,260 0,297 0,276 0,277 0,276 0,261 0,209 0,287 0,249 0,270 0,322 0,296 0,301 0,245 0,261 0,352

Articulo 2°.- La presente resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y consignada, junto con los informes N° 0154-2009-GART y N° 01582009-GART, en la pagina web del OSINERGMIN. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 342072-1

Punta (en adelante FBP), con el fin de evitar sobre-venta o sub-venta de potencia de punta, de forma tal que exista igualdad entre la potencia ingresada menos las perdidas eficientes y la efectiva potencia de punta vendida; Que, asimismo, quedo establecido que para cada sistema de distribucion electrica se determinara anualmente el FBP que afectara los correspondientes valores agregados de distribucion, debiendo las empresas presentar la informacion sustentatoria de acuerdo a los procedimientos, formatos y medios que se establezcan; Que, mediante Resolucion OSINERG Nº 555-2002OS/CD, se aprobo el documento denominado "Manual de Procedimientos, Formatos y Medios para el Calculo del Factor de Balance de Potencia Coincidente en Horas de Punta (FBP)", de donde se desprende que el FBP se calculara con la informacion correspondiente al periodo anual anterior (enero-diciembre), debiendo tener vigencia a partir del 01 de MORDAZA de cada ano; Que, mediante Resolucion OSINERG Nº 087-2006OS/CD, se aprobaron modificaciones al "Manual de Procedimientos, Formatos y Medios para el Calculo del Factor de Balance de Potencia Coincidente en Hora de Punta (FBP)"; Que, cumpliendo con lo establecido en las resoluciones mencionadas anteriormente, las empresas de distribucion electrica han proporcionado la informacion correspondiente, habiendo OSINERGMIN efectuado las observaciones y los calculos correspondientes a cada una de las empresas de distribucion electrica cuyos sistemas de distribucion electrica tienen una demanda MORDAZA mayor a 12 MW; Que, mediante Resolucion OSINERGMIN Nº 3612008 OS/CD se aprobo el Factor de Balance de Potencia Coincidente en Horas de Punta (FBP) a nivel de empresa aplicable al VADMT y al VADBT de diversos sistemas de distribucion electrica para el periodo MORDAZA 2008 - MORDAZA 2009, siendo por lo tanto necesario la aprobacion del FBP para el periodo MORDAZA 2009 ­ octubre 2009; Que, en virtud del articulo 6º de la Resolucion OSINERG Nº 370-2005-OS/CD, el FBP a fijar tendra vigencia hasta el 31 de octubre de 2009, debido a que a partir de noviembre de 2009 deberan tomarse en cuenta los nuevos factores de caracterizacion de la carga y expansion de perdidas que se estableceran al fijar el Valor Agregado de Distribucion para el periodo noviembre 2009 ­ octubre 2013; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores, en el Reglamento General del OSINERGMIN aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, en el Decreto Ley Nº 25844 Ley de Concesiones Electricas y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Factor de Balance de Potencia Coincidente en Horas de Punta (FBP) a nivel de empresa aplicable al VADMT y VADBT del sistema de distribucion electrica MORDAZA Norte perteneciente a la empresa de distribucion electrica Edelnor vigente desde el 01 de MORDAZA de 2009 hasta el 31 de octubre de 2009.
Empresa Edelnor FBP MT FBP BT Sistema MORDAZA Norte FBP 0,9688 0,9940

Aprueban Factores de Balance de Potencia Coincidente de Horas de Punta a nivel de empresa de sistemas de distribucion electrica para el periodo MORDAZA - octubre de 2009
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 065-2009-OS/CD MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2009 VISTOS: El Informe Tecnico Nº 0159-2009-GART y el Informe Legal Nº 0156-2009-GART elaborados por la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria (en adelante GART). CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en la Resolucion OSINERG Nº 370-2005-OS/CD, las ventas de potencia de los sistemas electricos mayores a 12 MW de demanda MORDAZA, deberan de ajustarse anualmente de conformidad con el Balance de Potencia Coincidente en Horas de

Articulo 2º.- Aprobar el Factor de Balance de Potencia Coincidente en Horas de Punta (FBP) a nivel de empresa aplicable al VADMT y VADBT de los sistemas de distribucion electrica con demanda MORDAZA mayor a 12 MW vigente desde el 01 de MORDAZA de 2009 hasta el 31 de octubre de 2009.
Empresa Edelnor Sistema Huaral-Chancay MORDAZA Supe-Barranca Huancayo Chiclayo Chiclayo Baja Densidad FBP 0,9574 0,9108 0,8668

Electrocentro Electronorte

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