Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 2009 (29/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, miercoles 29 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

395133

PPL

PELP

PELF

= Precio promedio ponderado de la Potencia de Punta en la Subestacion Base MORDAZA, expresado en S/./kW, obtenido a partir de los contratos firmados via licitaciones. = Precio promedio ponderado de la Energia a Nivel Generacion en Horas de Punta en la Subestacion Base MORDAZA, expresado en centimos de S/./ kW.h, obtenido a partir de los contratos firmados via licitaciones. = Precio promedio ponderado de la Energia a Nivel Generacion en Horas Fuera de Punta en la Subestacion Base MORDAZA, expresado en centimos de S/./ kW.h, obtenido a partir de los contratos firmados via licitaciones.

Articulo 3°.- Aprobar las Transferencias por Saldos Ejecutados Acumulados por Mecanismo de Compensacion correspondiente al mes de MORDAZA de 2009 (en Nuevos Soles), a que se refiere el Articulo 29° de la Ley N° 28832 y el Articulo 3.2° del Reglamento del Mecanismo de Compensacion entre los Usuarios Regulados del MORDAZA, aprobado mediante Decreto Supremo N° 019-2007-EM. Cuadro N° 3
Empresa Aportante Edelnor Empresa Receptora Edecanete 51 111

El factor FA se aplicara en caso que este se incremente o disminuya en mas de 1% respecto al valor del mismo empleado en la MORDAZA actualizacion o en la oportunidad en que se actualicen los Precios en Barra. En estos casos, los nuevos precios entraran en vigencia el MORDAZA dia calendario del mes. Articulo 2°.- Aprobar el Programa Trimestral de Transferencias por Mecanismo de Compensacion correspondiente al periodo MORDAZA 2009 ­ MORDAZA 2009 (en Nuevos Soles), a que se refiere el Articulo 29° de la Ley N° 28832 y el Articulo 3.3° del Reglamento del Mecanismo de Compensacion entre los Usuarios Regulados del MORDAZA, aprobado mediante Decreto Supremo N° 019-2007-EM. Cuadro N° 2
Empresas Receptoras Edelnor Fecha Limite Empresas Aportantes de Coelvisac Seal Electrosur Electronorte Transferencia 15/06/2009 6 353 12 947 288 657 444 218 15/07/2009 6 235 13 054 285 167 442 488 15/08/2009 6 119 13 161 281 719 440 765 Fecha Limite de Transferencia 15/06/2009 15/07/2009 15/08/2009 15/06/2009 15/07/2009 15/08/2009 15/06/2009 15/07/2009 15/08/2009 15/06/2009 15/07/2009 15/08/2009 15/06/2009 15/07/2009 15/08/2009 15/06/2009 15/07/2009 15/08/2009 15/06/2009 15/07/2009 15/08/2009 15/06/2009 15/07/2009 15/08/2009 15/06/2009 15/07/2009 15/08/2009 15/06/2009 15/07/2009 15/08/2009 15/06/2009 15/07/2009 15/08/2009 15/06/2009 15/07/2009 15/08/2009 Empresas Aportantes Hidrandina Electronoroeste 496 264 119 436 498 213 115 461 116 559 496 125 327 341 325 461 323 604 39 648 38 697 37 770 6 101 6 095 6 090 5 922 5 854 5 7 87 3 818 3 824 3 829 3 346 3 319 3 293 2 192 2 205 2 219 466 469 471 216 212 208 186 182 177 157 160 162 -

Articulo 4°.- Las Transferencias por Saldos Ejecutados Acumulados por Mecanismo de Compensacion deberan efectuarse dentro de los quince (15) dias calendario siguientes a la publicacion de la presente resolucion. Articulo 5°.- Incorporese como Anexo a la presente resolucion el Informe N° 0168-2009-GART. Articulo 6°.- La presente Resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y consignada, junto con su Anexo, en la pagina Web de OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 341924-1

Fijan Factores de Ponderacion del Valor Agregado de Distribucion por Sector Tipico y del Valor Agregado de Distribucion de los Sistemas Electricos Rurales
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 063-2009-OS/CD MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2009 VISTOS: El Informe Tecnico N° 149-2009-GART y el Informe Legal 159-2009-GART, elaborados por la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria (en adelante GART). CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion OSINERGMIN N° 3632008-OS/CD se establecieron los Factores de Ponderacion del Valor Agregado de Distribucion (VAD) por empresa de distribucion electrica aplicables al periodo MORDAZA 2008 ­ MORDAZA 2009; Que, el Articulo 4° de la Resolucion OSINERG N° 1572005-OS/CD dispone que los factores de ponderacion correspondientes a cada una de las empresas de distribucion electrica se recalcularan anualmente, de acuerdo a lo establecido en la Resolucion Directoral N° 015-2004 EM/DGE; Que, el Articulo 5° de la Resolucion Directoral N° 015-2004 EM/DGE establece que los Factores de Ponderacion a emplearse para el calculo de los Valores Agregados de Distribucion para cada concesion durante el periodo noviembre 2005 - octubre 2009, seran las ventas de energia de cada sistema electrico en media tension y en baja tension, segun corresponda, durante el periodo anual inmediato anterior a la fecha de aplicacion; Que, segun el Articulo 6° de la Resolucion Directoral citada, corresponde a la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria del OSINERGMIN calcular y fijar los factores de ponderacion a que se refiere el considerando anterior, de acuerdo a lo dispuesto en los articulos 2°, 3°, 4° y 5° de la misma resolucion; Que, de acuerdo a lo dispuesto por la Cuarta Disposicion Transitoria del Reglamento de la Ley General de Electrificacion Rural, aprobado por Decreto

Empresas Receptoras Edelnor Luz del Sur Electro Sur Medio Electrocentro Edecanete Electro Sur Este Electro Ucayali Electro MORDAZA Electro Tocache Chavimochic Emsemsa Adinelsa

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