Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 2009 (29/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 29 de MORDAZA de 2009

c) El fortalecimiento del trabajo articulado e integrado multisectorial, en respuesta a eventos que puedan constituir una amenaza de salud publica de interes nacional e internacional. Articulo 3º.- De las Acciones en Puertos y Aeropuertos a) El Capitan de la nave o aeronave que este por arribar a nuestros puertos o aeropuertos en viaje internacional esta obligado a notificar a la Direccion de Sanidad Aerea o Maritima la existencia de cualquier pasajero o tripulante que presente alguna sintomatologia relacionada con las enfermedades consideradas en el Reglamento Sanitario Internacional, el mismo que debera ser informado en las declaraciones de sanidad respectiva, de tal manera que ningun pasajero o tripulante en condicion de enfermo o presumiblemente enfermo podra ser examinado por prestador de salud del MORDAZA sin que previamente MORDAZA sido evaluado por el personal de salud autorizado de las Sanidades Internacionales Maritima o Aerea de la Direccion Regional de Salud del Callao. b) Los administradores de los puntos de entrada internacionales garantizaran que las instalaciones utilizadas por los viajeros se mantengan en buenas condiciones higienicas y libres de MORDAZA de infeccion o contaminacion, incluidos vectores y reservorios. c) Las autoridades regionales en los puntos de entrada internacional de la Region Callao, segun su competencia, supervisaran el equipaje, la carga, los contenedores de transporte, las mercancias, los paquetes postales y los restos humanos que provienen de zonas de riesgo o afectadas, a fin de que se mantengan en tal estado que MORDAZA libres de MORDAZA de infeccion o contaminacion, inclusive por vectores y reservorios. d) Las instituciones que tengan conocimiento de la presencia de equipaje, carga, contenedores de transporte, mercancias, paquetes postales y restos humanos que provienen de zonas de riesgo o afectadas, a los puntos de entrada internacional en la Region Callao, deben comunicar oportunamente a la Direccion Regional de Salud del Callao y a la Direccion Ejecutiva de SENASA Lima-Callao, para que se realice la supervision correspondiente. e) La Direccion Regional de Salud del Callao, supervisara cuando el caso lo amerite las acciones de control, como desratizacion, desinfeccion, desinsectacion o descontaminacion de equipaje, carga, contenedores, medios de transporte, mercancias, paquetes postales, restos humanos, o medidas sanitarias para las personas. f) La Direccion Regional de Salud del Callao en coordinacion con el administrador de los puntos de entrada internacionales informaran a los viajeros y tripulantes de las medidas sanitarias recomendadas por la Organizacion Mundial de la Salud - OMS y adoptadas por el Estado Peruano para la prevencion de la Influenza Aviar, Porcina y otros virus respiratorios. Articulo 4º.- De las coordinaciones con el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA a) La Direccion Regional de Salud del Callao coordinara con la Direccion Ejecutiva de SENASA Lima-Callao, para disponer oportunamente los resultados de la vigilancia de influenza aviar que realiza SENASA en la Region Callao, incluido los resultados de la vigilancia de la crianza de traspatio y los monitoreos en la MORDAZA perihumedal. b) La Direccion Regional de Salud del Callao coordinara con la Direccion Ejecutiva de SENASA LimaCallao, para disponer de la informacion de cualquier evento de mortandad en aves silvestres u otros animales que puedan relacionarse con la aparicion de influenza y realizar la intervencion correspondiente. c) La Direccion Regional de Salud del Callao coordinara con la Direccion Ejecutiva de SENASA LimaCallao, para conocer la informacion del cumplimiento de las prohibiciones nacionales a la importacion de aves MORDAZA, cerdos y productos derivados que entranan riesgo para la salud, procedentes de paises en los que se MORDAZA detectado o confirmado brote de Influenza aviar o porcina. Articulo 5º.- De la conformacion de un Comite Tecnico Regional La Direccion Regional de Salud del Callao convocara

a la Direccion Ejecutiva de SENASA Lima-Callao y otras instituciones relacionadas con la medidas de vigilancia y control de la influenza aviar, porcina y otras infecciones respiratorias para la conformacion de un Comite Tecnico Regional de Prevencion y Control de la Influenza Aviar y Otras Infecciones Respiratorias. DISPOSICION COMPLEMENTARIA Unica.- De las medidas de control Disponer en el Hospital Nacional MORDAZA A. MORDAZA un ambiente apropiado de aislamiento de pacientes, con el objetivo de reducir la transmision de enfermedades con alto potencial epidemico. MORDAZA M. KOURI BUMACHAR Presidente 341719-1

GOBIERNO REGIONAL DE TACNA
Autorizan viaje del Presidente Regional a Brasil para participar en la "Cumbre Fronteriza y Foro Empresarial"
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 010-2009-CR/GOB.REG.TACNA Tacna, 22 de MORDAZA del dos mil nueve. CONSIDERANDO: Que, el articulo 191 de la Constitucion Politica del Estado establece: "Los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia"; Que, el articulo 39 de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales establece: "Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decision de este organo sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interes publico, ciudadano o institucional o declara la voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma". Asimismo el articulo 15 de la misma Ley senala las atribuciones del Consejo Regional: "a) Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; s) Las demas que les corresponda de acuerdo a Ley"; Que, mediante carta OF.RE(OPE-PCO)Nº1-0-F/75 remitida de parte del Vice-Ministerio de Relaciones Exteriores, se cursa invitacion al senor Presidente Regional del Gobierno Regional de Tacna, a participar en la "Cumbre Fronteriza y Foro Empresarial" en Rio MORDAZA, Estado de Acre, Brasil; dicho evento tiene como objetivo principal, promover una mayor integracion economica, particularmente en las areas de comercio, inversiones y turismo entre las regiones peruanas y los estados brasilenos vinculados a la carretera interoceanica ­ eje vial sur ­ que interconectara por via terrestre a ambos paises; Que, mediante Oficio Nº 198-2009-PR/GOB.REG. TACNA del 20 de MORDAZA del 2009,el senor Presidente Regional, pone en conocimiento del Pleno del Consejo Regional, la invitacion cursada, y asistir a la "Cumbre Fronteriza y Foro Empresarial" en Rio MORDAZA, Estado de Acre, Brasil; Por lo expuesto, estando a lo debatido y aprobado por el Pleno en Sesion Extraordinaria de la fecha, en uso a sus atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867 y el articulo 27 del Reglamento Interno del Consejo Regional y demas articulos pertinentes, el Pleno del Consejo Regional; ACUERDA: Articulo Primero.- AUTORIZAR el viaje del senor Presidente Regional Econ. MORDAZA Ordonez MORDAZA, a la MORDAZA de Rio MORDAZA, Estado de Acre, MORDAZA de Brasil, los dias 28 y 29 MORDAZA del 2009, a fin que participe de la

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